3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

LARA/

Rol

V-651-2022

Fecha

22 de agosto de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, según consta en folio 1 del SITCI, comparece don Marcelo Alvial Lillo, Cédula Nacional de Identidad N°14.429.609-5, don Luis Morales Santana, Cédula Nacional de Identidad N°12.800.976-0, don Jaime Urrea Garcia, Cédula Nacional de Identidad N°9.986.174-6, don Daniel Aguirre Aguirre, Cédula Nacional de Identidad N°13.012.959-7 todos abogados de la Corporación de Asistencia Judicial, consultorio Jurídico centro, domiciliado para estos efectos en Pasaje Argomedo N°250, comuna de Antofagasta, en representación de doña Yestzabelth Carolina Lara Tapia, chilena, casada, asistente de furgón escolar, Cédula Nacional de Identidad N°16.134.192-4, domiciliado en pasaje Infante N°1468 población 21 de mayo, comuna y ciudad de Antofagasta. Solicita conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 17.344, que autoriza el cambio de nombres y apellidos en los casos que indica y modifica la Ley 4.808 sobre el Registro Civil, modificados por la Ley 19.585; el cambio de nombre a favor de los hijos de su representada, David Alejandro Anthuan Ardiles, Lara por David Alejandro Anthuan Canales Lara y Alejandro David Dhoriam Ardiles Lara por Alejandro David Dhoriam Canales Lara, de acuerdo con los siguientes fundamentos de hecho y derecho. Según consta de los certificados de nacimientos que se acompañan, nació a la vida civil en la Circunscripción de Antofagasta, con el nombre de David Alejandro Anthuán Ardiles Lara, Cédula Nacional de Identidad N°22.215.468-5, fecha de Código: MEWRXPVUDRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl nacimiento el día 14 de septiembre de 2006 y que así figura en el Registro Civil de Antofagasta con el número de inscripción 2.458 Registro: año 2006 y también nació a la vida civil en la Circunscripción de Antofagasta, con el nombre de Alejandro David Dhoriam Ardiles Lara, Cédula Nacional de Identidad N°22.889.259-9, fecha de nacimiento el día 3 de diciembre de 2008 y que así figura en el Registro Civil de Antofagasta con el número de inscripción 1.150 Registro: S año 2008. Son hijos de don Cristian Enrique Ardiles Cortes y de doña Yestzabelth Carolina Lara. Pues bien, ambos hermanos fueron criados desde su niñez por don Carlos Jose Canales Ortega, actual marido de su madre doña Yestzabelth Lara Tapia, es así que don Carlos, formo y forma parte fundamental del núcleo familiar de ambos menores, asumiendo los deberes de socorro, crianza, educación y establecimiento, junto a su madre, desde la niñez de ambos hijos de su representada, han sido individualizados y presentados, tanto dentro del grupo familiar, como para terceros como David Alejandro Anthuan Canales Lara y Alejandro David Dhoriam Canales Lara. Señala su representada que, así tanto sus familiares como sus amigos del colegio y terceros ajenos, reconocen a ambos hermanos bajo los apellidos “Canales Lara”, en vez de “Ardiles Lara”, además han sido conocidos hace más de 5 años. SEGUNDO: Que, en fo

Fallo

se resuelve que: I.- Se hace lugar a la solicitud de cambio de nombre, de folio 1 Sitci, y, en consecuencia, se ordena al competente Oficial del Registro Civil, rectificar la partida de nacimiento: a) Número 2.458 Registro: correspondiente al año 2006, Circunscripción de Antofagasta, correspondiente a David Alejandro Anthuán Ardiles Lara, en el sentido de fijar y reemplazar su primer apellido, quedando inscrito en definitiva como “DAVID ALEJANDRO ANTHUÁN CANALES LARA”, Cédula Nacional de Identidad Nº22.215.468-5.- B) Número 1.150 Registro: S correspondiente al año 2008, Circunscripción de Antofagasta, correspondiente a Alejandro David Dhoriam Ardiles Lara, en el sentido de fijar y reemplazar su primer apellido, quedando inscrito en definitiva como “ALEJANDRO DAVID DHORIAM CANALES LARA”, Cédula Nacional de Identidad Nº22.889.259-9.- Notifíquese, regístrese, ejecutoriada la presente sentencia, déjese constancia de lo resuelto en las partidas de nacimientos ya referidas, para tal efecto, obténgase copia autorizada por la interesada directamente de la Oficina Judicial Virtual, según lo dispuesto en el Auto Acordado N°71.216 de fecha 17 de junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación con la Ley 20.886, artículo 4°, inciso final. Sentencia pronunciada por don Jordán Campillay Fernández, Juez Titular. Código: MEWRXPVUDRN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En Antofagasta, a veintidós de Agosto de dos mil ve

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NOMENCLATURA : 1. [40]SENTENCIA JUZGADO : 3º JUZGADO CIVIL DE ANTOFAGASTA CAUSA ROL : V-651-2022 SOLICITANTE : LARA TAPIA YESTZABELTH MATERIA : CAMBIO DE NOMBRE Antofagasta, veintidós de agosto de dos mil veinticuatro VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, según consta en folio 1 del SITCI, comparece don Marcelo Alvial Lillo, Cédula Nacional de Identidad N°14.429.609-5, don Luis Morales Santana, Cédu

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