1º Juzgado Civil de Concepción

SÁEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION

Rol

C-4989-2023

Fecha

21 de agosto de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, en folio 1, se presenta JUAN ANTONIO SAEZ CARRILLO, comerciante, domiciliado en Veintiuno de Mayo 3225, Centro Comercial Vega Monumental Puesto 18, Concepci n e interpone demanda de prescripci nó ó extintiva de corto tiempo, o en subsidio prescripci n extintiva de largo tiempo deó las acciones de cobro, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCEPCI NÓ , persona jur dica de derecho p blico, representada legalmenteí ú por su alcalde lvaro Ortiz VeraÁ , ignora profesi n u oficio, o a quien o quien loó subrogue o reemplace en el cargo, ambos domiciliados en Bernardo O Higgins’ N mero 525, de la comuna de Concepci n, por los antecedentes que expone. ú ó Funda su demanda se alando que ha desarrollado actividad comercial en elñ Centro Comercial Vega Monumental, puesto 18, Concepci n.ó Refiere que en esa calidad de comerciante, la Ilustre Municipalidad de Concepci n le informa, con fecha de 7 de junio de 2023, que debe pagar losó montos que detalla en el Informe de deuda que acompa a en un otros de suñ í demanda, que tienen su origen en el no pago de patente comercial. A ade que en el referido documento, se indica un total adeudado deñ $1.915.146, suma que incluye las patentes adeudadas, reajustes, multas e intereses. Y que corresponden a cuotas de pago de convenio subscrito, en su oportunidad, con fechas de vencimiento en el mes de diciembre de 2009 y enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2010, haciendo presente, que el origen de la deuda se encuentra en el pago de patentes comerciales anteriores a las fechas descritas. Manifiesta que la Municipalidad, en todo el tiempo en el que ha sido exigible la deuda, no ha realizado gesti n alguna para el cobro de los montosó detallados. Indica que en este caso, y a la fecha las acciones para perseguir el cobro se encuentran prescritas, al haber transcurrido el t rmino de tres a os desde cadaé ñ uno de los giros se alados precedentemente.ñ Código: GXZYXPXBKYM Este documento tiene firma electrónica y su ori

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 .- ° Que de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que la demandante solicita se declare la prescripci n extintiva en su favor, respecto deó deudas por concepto de patente municipal de la cual es titular, con vencimiento desde octubre de 2009 a junio de 2010, debido a que la demandada no ha Código: GXZYXPXBKYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ejercido las acciones de cobro, habi ndose completado el plazo exigido para laé prescripci n de las acciones tendientes a obtener su pago. ó 2 .-° Que, la Municipalidad demandada ha se alado que por ley señ encuentra obligada a impetrar el cobro de las obligaciones que se adeudan a la misma, que la prescripci n debe ser declarada por el tribunal competente.ó 3 .-º Que teniendo presente que la instituci n jur dica de la prescripci nó í ó extintiva parte del supuesto que exista v lidamente una obligaci n, la cual, ante laá ó negligencia de su acreedor para recurrir a los tribunales competentes en tiempo oportuno y reuni ndose los requisitos legales pertinentes, da por extinguida; deé modo que los requisitos para la procedencia de la acci n son: la existencia de unaó obligaci n y la inactividad del acreedor durante un determinado lapso.ó 4 .-º Que, conforme a lo expresado, las deudas que la demandante solicita sean declaradas prescritas, son las impagas que emanan de las patentes municipales con vencimiento del 31 de octubre de 2009 al 30 de junio de 2010. Con la finalidad de acreditar la existencia de las referidas obligaciones, la demandante acompa junto con la demanda, con citaci n y sin objeci n deñó ó ó contrario, el documento consistente en Informe de deuda , emitida el 7 de junio“ ” de 2023, por la Oficina de Patentes y Rentas de la Municipalidad de Concepci n,ó el cual consigna que don Juan Antonio S ez Carrillo, RUT 6.608.267-9 registraá pendiente de pago el detalle de giros que van desde el 31 de octubre de 2009 al 30 de junio de 2010, incluidos reajustes y multas, con un monto total de deuda de $1.915.146. 5 .-º Que, el instrumento se alado precedentemente apreciado en formañ legal, sin objeci n de contrario, permite dar por establecida la existencia de laó obligaci n del demandante para con la Municipalidad de Concepci n, poró ó concepto de patentes municipales por los per odos que se han mencionado. í 6 .-º Que el plazo de prescripci n de las acciones que la Municipalidadó demandada ten a para perseguir el cobro de la deuda que la demandanteí pretende prescrita, es el se alado en el art culo 2.521 del C digo Civil, es decir,ñ í ó tres a os, ya que dicha norma se refiere a las acciones a favor o en contra delñ Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. Ahora bien, conforme lo prescribe el art culo 29 del Decreto Ley N 3.063í ° de 1979, sobre Rentas Municipales, la patente municipal corresponde a la patente de doce meses comprendidos entre el 1 de julio del a o de la d

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, adem s, con lo previsto en losá art culos 1.698, 1.700, 1.702, 1.706, 2.492, 2.493, 2.497, 2.514 y 2.521 delí C digo Civil; 144, 160, 170, 341, 342 y 346 del C digo de Procedimiento Civil; yó ó Decreto Ley N 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales; se declara:° I.- Que, HA LUGAR, a la demanda deducida en lo principal de folio 1, en cuanto se declara extinguida por prescripci n la acci n de cobro de laó ó obligaci n del contribuyente ó Juan Antonio S ez Carrilloá RUT 6.608.267-9, de pagar a la demandada la patente municipal Rol 2-4092, correspondientes a los per odos aludidos en la demanda, cuyos vencimientos se produjeron entre el 31 deí octubre de 2009 al 30 de junio de 2010, ambos inclusive, con sus reajustes, multas e intereses. II.- Que, cada parte habr de pagar sus costas, atendido la naturaleza deá la acci n deducida. ó Reg strese, notif quese por c dula a la demandante y por correo electr nicoí í é ó a la demandada y arch vese en su oportunidad. í Rol C-4989-2023. Código: GXZYXPXBKYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por don FELIPE GABRIEL FICA LVAREZÁ , Juez Suplente del Primer Juzgado Civil de Concepci n.ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Concepci nó , veintiuno de Agosto de dos mil veinticuatro. Código: GXZYXPXBKYM Este documento tiene firma electrónica y su original puede se

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-4989-2023 CARATULADO : S EZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEÁ CONCEPCION Concepci nó , veintiuno de Agosto de dos mil veinticuatro. VISTO: Que, en folio 1, se presenta JUAN ANTONIO SAEZ CARRILLO, comerciante, domiciliado en Veintiuno de Mayo 3225, Centro Comercial Vega Monumental Puesto 18, Concepci n e interpone dem

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