SILVA/MORA
Rol
C-3079-2023
Fecha
21 de agosto de 2024
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, a folio 1, con fecha 02 de octubre de 2023, comparece do a Katherineñ Alicia Silva Mora, chilena, casada, c dula nacional de identidad N 16.588.758-1,é ° domiciliada para estos efectos en calle Padre Hurtado N 680, comuna de Curic , en° ó representaci n de do a ó ñ Nancy del Carmen Mora Ibarra, chilena, viuda, asistente social, Rut: 9.442.405-4, con domicilio en calle Padre Hurtado N 680, Curic , quienº ó interpuso demanda de cese de uso gratuito de cosa en com n a uno de los herederos deú la sucesi n del padre de su mandante don Carlos del Carmen Mora Guajardo, do aó ñ Mar a Alicia Mora Ibarraí , chilena, casada, due a de casa, RUT: 9.442.404-6,ñ domiciliada en Calle Pe a N 138, Curic .- ñ º ó Funda su presentaci n se alando que a ra z del fallecimiento del padre de suó ñ í mandante, don Carlos del Carmen Mora Guajardo, la actora forma parte de una comunidad donde recaen derechos sobre el bien ra z urbano, y de los bienes mueblesí que la guarnecen, que consta de casa habitaci n y sitio ubicado en calle Pe a N 138 deó ñ º la comuna de Curic ; mide 12,00 metros de frente, por 30,00 metros de fondo y tieneó los siguientes deslindes: NORTE, V ctor Vega; SUR, Herminda Morales de Miranda;í ORIENTE, don Nicol s Olivá os Vargas; y PONIENTE, calle de su ubicaci n.- el t tuloó í de dominio es la inscripci n a fojas 3.122 N 2.914 del Registro de Propiedad deló º Conservador de Bienes Ra ces de Curic del a o 1993.- Figura en el ROL N 104-8 deí ó ñ º la comuna de Curic , con un aval o total de $48.843.882, seg n consta en certificado deó ú ú aval o fiscal de fecha 29 de septiembre de 2023.ú Indica que dicha propiedad est inscrita en el Repertorio de Herencia 12683á N 4.392, fjs 8252 del a o 2014 del Conservador de Bienes Ra ces de Curic y los dem sº ñ í ó á herederos son las dos hermanas de su mandante, do a Mar a Alicia Mora Ibarra y do añ í ñ Isabel Antonieta Mora Ibarra, adem s de la sucesi n del hermano de la demandante,á ó don Carlos Miguel Mora Ibarra, compues
Fundamentos
considerando a este respecto la plusval aó í del inmueble, no solo por tratarse de una propiedad bien equipada y amplia, sino que, adem s, por estar ubicada en el sector c ntrico de Curic , a pasos del mall, colegios,á é ó locomoci n colectiva, entre otros servicios, lo que, sin duda, hace que sus actualesó ocupantes habiten un inmueble con amplias y variadas comodidades. Asimismo, de no acogerse lo anterior, pide que dicho bien inmueble sea deshabitado por do a Mar añ í Alicia Mora Ibarra y dem s personas que lo habiten, para que ste pueda ser arrendadoá é y/o vendido; tanto el bien ra z como los bienes muebles que la guarnecen.í Al respecto, cita jurisprudencia relacionada, la que por econom a procesal se tieneí por reproducida, y adem s pretende el pago retroactivo de canon de arriendo por suá contraria durante todo el tiempo en que ha tenido el uso y goce gratuito del bien inmueble y sus frutos, debiendo aplicarse a este respecto lo normado por el art culo 1338í regla tercera del C digo Civil, debiendo en este caso la demandada hace el pago a laó sucesi n por los nueve a os que ha tenido el goce gratuito del inmueble y sus frutos,ó ñ impidiendo que la actora hubiese podido ejercer sus derechos sobre el mismo, cuyo monto asciende a la suma de $162.000.000 (ciento sesenta y dos millones de pesos). Por lo expresado y conforme la normativa citada, pide se tenga por interpuesta reclamaci n por goce gratuito del bien com n en contra de do a Mar a Alicia Moraó ú ñ í Ibarra, ya individualizada, sin perjuicio de afectar a otros en la misma situaci n, acogerlaó a tr mite y declarar terminado dicho goce gratuito, fijando canon de arriendo a pagar ená la suma de $1.500.000 (un mill n quinientos mil pesos) reajustables por variaci n positivaó ó de IPC, con efecto retroactivo, esto es, condenar a que la demandada realice el pago a la sucesi n por los nueve a os que ha tenido el goce gratuito del inmueble y sus frutos,ó ñ impidiendo que la demandante hubiese podido ejercer sus derechos sobre el mismo, cuyo monto asciende a la suma de $162.000.000 (ciento sesenta y dos millones de pesos), o un monto que este Tribunal estime razonable al caso expuesto, con expresa condena en costas. Que, a folio 8, con fecha 23 de octubre de 2023, rola estampe receptorial que da cuenta de la notificaci n por c dula practica a do a Mar a Alicia Mora Ibarraó é ñ í con fecha 20 de octubre de 2023.- Que, a folio 12, con fecha 26 de octubre de 2023, rola acta de audiencia de contestaci n y conciliaci n la que se llev a cabo con la asistencia de los abogados de laó ó ó parte demandante y demandada. Seguidamente, la parte actora ratific la demanda enó todas sus partes con expresa condena en costas y se reserv el derecho de poder ejerceró acciones futuras. Código: CGXZXPVMSUM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Por su parte, la demandada contest la demanda incoada en su contra por medioó de minuta esc
Fallo
por tanto de imparcialidad. - SEXTO: Que, la parte demandada evacu el traslado conferido, solicitando eló rechazo de la incidencia promovida, con costas, se alando en lo medular que una merañ cordialidad entre el deponente y la parte demandada no son una relaci n de causalidadó o conexi n suficiente para establecer un v nculo afectivo. Luego, una cosa es ser parejaó í de la hija de la demandada y otra cosa es tener un v nculo cercano o afectivo con sta,í é afirmando el testigo por lo dem s que solo existe un trato cordial y respetuoso, noá existiendo por tanto antecedente que d cuenta de la falta de imparcialidad por parte delé testigo. S PTIMO:É Que, debiendo tener presente que en la especie se ha hecho valer la causal contemplada en el numeral 6 del art culo 358 del C digo de Procedimiento° í ó Civil, se reiterar que para que esta se configure se requiere que el testigo hayaá manifestado de alg n modo que posee inter s en las resultas del juicio, el que por loú é dem s, debe ser de actual y de ndole patrimonial. á í Luego, aun cuando el testigo ha indicado conocer a la demandada, lo cierto es que el v nculo que este mantiene es con la hija de esta, sin embargo, contrario a loí afirmado por el incidentista, el testigo fue claro en se alar que no tiene inter s en lasñ é resultas de este juicio. Por lo dem s, aun cuando se considerara que la relaci n queá ó mantiene el testigo con la hija de do a Mar a Alicia afecta su imparcialidad, lo cierto esñ í que tampoco existe anteced
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 88 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-3079-2023 CARATULADO : SILVA/MORA Curico, veintiuno de Agosto de dos mil veinticuatro VISTO: Que, a folio 1, con fecha 02 de octubre de 2023, comparece do a Katherineñ Alicia Silva Mora, chilena, casada, c dula nacional de identidad N 16.588.758-1,é ° domiciliada para estos efectos
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