SEPÚLVEDA/WALMART CHILE MAYORISTA LTDA.
Rol
O-291-2024
Fecha
12 de septiembre de 2024
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
hechos coetáneos al término de la relación individual de trabajo. Con fecha 30 de abril de 2024, la Sub-Gerente de Tienda Central Mayorista, de propiedad de la demandada Walmart Chile Mayorista Ltda, le comunicó que su contrato terminará con esa misma fecha, siendo notificado de su despido personalmente y por escrito, aplicándosele el artículo 161 inciso 2° del Código del Trabajo, "Desahucio". Falta de fundamentación de la causal opuesta a su persona. En la carta, no se señala de forma alguna la hipótesis legal que se aplica a su persona, es decir, si el despido se funda en: a.- Trabajadores que tengan poder para representar al empleador, tales como gerentes, subgerentes, agentes o apoderados, siempre que, en todos estos casos, estén dotados, a lo menos, de facultades generales de administración; b.- Cargos o empleos de la exclusiva confianza del empleador, cuyo carácter de tales emane de la naturaleza de los mismos. Señalará que esta parte está de acuerdo en que la causal invocada, no requiere de hechos a fundamentar, pues el desahucio es por esencia sin expresión de causa, pero caso contrario es que la misma norma del inciso 2° del artículo 161 establece tres hipótesis de aplicación del desahucio, o tres categorías de trabajadores a los que se les aplica; y por ello la carta debe indicar a cuál de ellos se refiere, en especial a aquellos que no son trabajadores de casa particular, como es el caso de la especie, respecto de su persona. La parte demandada no explicita en su carta, cual de dichas hipótesis le era aplicable al actor, por lo que esta parte estará impedida de efectuar una correcta defensa, debiendo adivinar o especular y hacer un análisis de todas las hipótesis legales que señala la norma, afectando el derecho a la correcta defensa. Inaplicabilidad respecto de su persona de las hipótesis señaladas en la norma del artículo 161 inciso 2° del Código del Trabajo. Como se ha indicado en la norma señalada y lo que implica a este caso concreto, su perso
Fundamentos
Considerando que la demandada me pagó la cantidad total de $36.722.587, por concepto de Indemnización por once años de servicios, mi ex - empleador Walmart Chile Mayorista Ltda., deberá ser condenado al recargo legal establecido en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, por el 30% de la indemnización por los años de servicios, equivalentes a $11.016.776. c.- Reajustes e intereses de las indemnizaciones legales: El demandado Walmart Chile Mayorista Ltda., debe, además, ser condenada al pago de los reajustes; y hecho lo anterior, aplicar el interés legal, según se expone el artículo 173 del Código del Trabajo o la suma de se estime pertinente según el mérito de autos. d.- Cobro por descuento indebido de aporte empleador AFC: Tal como se ha sostenido, su ex - empleador Walmart Chile Mayorista Ltda., le adeuda, por concepto de descuento indebido del aporte del empleador por Seguro de Cesantía, la cantidad de $1.474.872, lo anterior debido al descuento efectuado a su persona. e.- Todo lo anterior, con expresa condenación en costas. Tercero: Contestación de la demanda. La demandada estando legalmente notificada no contestó la demanda. Cuarto: Actuaciones procesales. El 17 de julio de 2024 se llevó a efecto la audiencia preparatoria, en la que, llamadas las partes en gesto de conciliación, esta no se produjo. Acto seguido se recibió la causa a prueba dictándose el correspondiente auto de prueba. El 21 de agosto de 2024 se llevó a efecto la audiencia de juicio, incorporándose la prueba rendida por las partes, quedando la causa en estado de fallo. Se fijó el día 12 de septiembre de 2024 para la actuación de notificación de la sentencia. Quinto: Prueba de la parte demandante. Que la parte demandante en la audiencia de juicio incorporó en forma legal los siguientes medios de prueba. Prueba documental. 1. Carta de Despido. Prueba testimonial. 1.- Compareció don Marcelo Eduardo Zambrano Levanchini, quien legalmente interrogado, manifestó. Conoce al demandante, fueron colegas en Walmart. Él también fue gerente de tienda hasta abril de 2023. Estuvo en diferentes tiendas y la última fue en Talca. Ejercía las mismas funciones que el demandante. Trabajaban en un holding que tiene un directorio, luego gerente general, luego las gerencias de recursos humanos, informática, etc., luego los gerentes de formatos: Líder, A Cuenta, etc., luego los gerentes de operaciones, los gerentes de mercado y por último los gerentes de tiendas, que eran ellos. La jefatura directa de ellos era el gerente de mercado, los que eran como 10 y ellos dependían de uno de ellos. Todo estaba reglamentado y bajaba de la central de Santiago, tanto en el área de operaciones, como de mercado. No tenían autonomía. Los sindicatos negociaban directamente con el área de recursos humanos. Las contrataciones venían de la central y los despidos igual. Carecían de poder bancario, todo estaba centralizado en Santiago. El poder de decisión de ellos estaba en abrir y cerrar el local.
Fallo
se resuelve: I.- Que se acoge la demanda de despido injustificado deducida por don Guillermo Fabián Sepúlveda González, en contra de su ex - empleador Walmart Chile Mayorista Ltda., representada por doña Paula Carrasco González, ya individualizados, declarándose que el despido del demandante es improcedente, por lo que la demandada le deberá pagar las siguientes prestaciones: a.- Incremento legal del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, la suma de $11.016.776. b.- Deberá restituir lo descontado por concepto de seguro de cesantía, la suma de $1.474.872. Las sumas ordenadas pagar deberán intereses y reajustes en la forma que los disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Se condena en costas a la parte demandada por haber perdido totalmente en juicio. Se regulan las costas personales en la suma de $1.200.000. Tásense las costas procesales si las hubiere. Notifíquese, regístrese, remítase copia de la sentencia vía correo electrónico y archívese en su oportunidad. RIT O-291-2024 RUC N° 24-4-0579633-K Dictó don JUAN MARCELO BRUNA PARADA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca. Talca, doce de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia que antecede. 1
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Causa Ruc 24-4-0579633-K Rit O-291-2024 Materia Despido injustificado Procedimiento Aplicación general Demandante Guillermo Fabián Sepúlveda González C.I. 13.376.064-4 Abogados Fernando Mauricio Maureira Orellana C.I. 12.520.585-2 Demandado Walmart Chile Mayorista Ltda. Rut 76.232.647-7 Abogados Guillermo Alejandro Carmona Polden Carolina Isabel Araya López Consuelo Del Pilar
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