CÁCERES/
Rol
V-91-2024
Fecha
21 de agosto de 2024
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A lo principal del folio 01, comparece doña María Elena Cáceres Castillo, labores de casa, domiciliada en sitio N° 4, El Porvenir, Santa Fe, Los Ángeles, quién deduce una solicitud para que se le nombre curadora de su hermano don Nelson Eduardo Beltrán Beltrán. Señala que éste se encuentra en interdicción según da cuenta la causa Rol C 2237/2013 del Segundo Juzgado de esta ciudad, y que la curadora que fue nombrada en aquella oportunidad se encuentra actualmente fallecida. Se desarrolló la audiencia de parientes y rola el informe favorable del Defensor Público. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, en parte de prueba de su petición, la solicitante agregó los siguientes antecedentes: 1. Copia de inscripción de fs. 8867, N° 2932, del Registro de Prohibiciones de 2013, en donde se inscribió la interdicción definitiva de Nelson Eduardo Beltrán Beltrán. 2. Certificado de Defunción de la anterior curadora. 3. Certificado de Nacimiento del interdicto. 4. Certificado de Nacimiento y de Antecedentes de la solicitante. 5. Certificado de defunción de Jerardo Beltrán, de Manuel Beltrán, de Luis Beltrán, de Hernán Beltrán. 6. Certificado de matrimonio de María Cáceres. 7. Informe Social del interdicto. Código: DHUTXPXXZTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 8. Certificado del Cesfam. 9. Audiencia de parientes en donde compareció don Misael Ariel Rivas Quezada. 10. Información sumaria de los siguientes testigos: Ana María Figueroa Riquelme, Isaac Claudio Gallardo Gálvez, Mirella Ester Gallardo Beltrán y Mónica Silvana Ramírez Herrera. 11.Informe favorable del Defensor Público de esta ciudad, de folio 16. Segundo: Que, el tenor de la solicitud; copia autorizada de la inscripción de interdicción; los certificados de nacimiento que acreditan que la solicitante es hermana del interdicto; el tenor de las declaraciones de los familiares de la solicitante, quienes están contestes en afirmar la conveniencia que se nombre como su curadora a la solicitante; el informe favorable emitido al respecto por el Sr. Defensor Público, y lo establecido en los artículos 456 y siguientes del Código Civil, 839, 843 y demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil, resuelvo: 1. Que se acoge la solicitud del folio 01. 2. Que se nombra curadora de don Nelson Eduardo Beltrán Beltrán, cédula de identidad N° 6.705.300-1, a doña María Elena Cáceres Castillo, cédula de identidad N° 11.579.888-K, quién asumirá la representación de la primera para todos los efectos legales. 3. Que se releva a la nombrada de la obligación de rendir fianza, de reducir el discernimiento a escritura pública y de practicar inventario solemne de los bienes del interdicto. 4. Que deberá confeccionar un inventario simple de los bienes y derechos del interdicto, y deberá presentarlo en esta causa dentro del plazo de 30 días de asumido el cargo. Código: DHUTXPXXZTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Angeles, veintiuno de Agosto de dos mil veinticuatro. Código: DHUTXPXXZTM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-21T13:41:11-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-91-2024 CARATULADO : CÁCERES/ Los Angeles, veintiuno de Agosto de dos mil veinticuatro Visto: A lo principal del folio 01, comparece doña María Elena Cáceres Castillo, labores de casa, domiciliada en sitio N° 4, El Porvenir, Santa Fe, Los Ángeles, quién deduce una solicitud para que se le nombre curadora de
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