GUERRA/
Rol
V-101-2024
Fecha
21 de agosto de 2024
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Que, con fecha 02 de mayo de 2024 comparece don lvaro JavierÁ Monsalve Gonz lez, chileno, divorciado, abogado, C dula de Identidad Ná é ° 8.539.873-3, en representaci n judicial de do a ó ñ Paula Susana Guerra Torres, chilena, casado y separada totalmente de bienes, dise adora, c dulañ é nacional de identidad n mero 11.227.081-7, ambos domiciliados para estosú efectos en Avenida Alonso de C rdova N 2860, oficina 402, comuna deó º Vitacura, y solicita se declare el extrav o del t tulo correspondiente alí í dep sito a plazo N ó ° 191-1300100-034695-1 endosable, tomado ante el Banco de Chile, oficina Av. Bilbao 4541, con fecha 10 de diciembre del a oñ 2020, por un monto original de $ 2.481.936.- (dos millones cuatrocientos ochenta y un mil novecientos treinta y seis pesos) por un concepto de capital, a una tasa de 0,68267% y con vencimiento al 02 de enero 2024. Refiere que dicho documento se encuentra extraviado por lo que viene en solicitar se declare su extrav o y, que en definitiva se autorice a suí representada para ejercer los derechos en calidad de portador de dicho documento, todo ello en conformidad con el art culo 88 y siguientes de laí Ley N 18.092.º Con fecha 28 de junio de 2024 comparece do a ñ MAR A ESTHERÍ L PEZ DI RUBBA, Ó abogado, Rut: 8.699.277-3, mandatario judicial del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, ambos domiciliados enó Ahumada 251, piso 3, Santiago, quien se opone a la solicitud de extrav o,í toda vez que el monto inicial de capital por el cual fue tomado el documento se alado, no corresponde al manifestado en la solicitud. ñ Código: BTJYXPYEVRM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En efecto, de acuerdo con los registros del Banco de Chile, y como consta del documento que acompa a, el dep sito a plazo N 191-1300100-ñ ó ° 034695-1, fue tomado el 10 de diciembre de 2020 por una cantidad de capital inicial de $2.100.000.-. Evacuando el traslado conferido, el solicit
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el art culo 88 de la ley 18.092 indica que í El portador“ de una letra extraviada podr solicitar que se declare el extrav o de sta yá í é que se le autorice para ejercer los derechos que le correspondan como portador del documento. Ser tribunal competente para conocer de estaá gesti n el Juez de Letras en lo Civil de turno del domicilio del peticionario.ó La solicitud deber indicar los elementos necesarios para identificar laá letra.” A su vez el art culo 91 del mismo cuerpo legal mandata que í La“ oposici n que se dedujere por los obligados, por el librado o por quien seó pretenda portador leg timo de la letra, se tramitar como incidente.í á Habi ndose deducido oposici n, podr el tribunal ordenar de oficioé ó á las medidas probatorias que estime conducentes. Cualquiera cuesti n que se promoviere en el curso de esteó procedimiento, ser resuelta en sentencia definitiva.á ” Segundo: Que la solicitante a fin de acreditar sus asertos ha acompa ado copia del cliente del anuncio de bloqueo con motivo delñ Código: BTJYXPYEVRM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl extravi del dep sito a plazo, y a su vez el banco emisor y oponente haó ó acompa ado memor ndum RE 968 de Banco de Chile donde consta queñ á – el dep sito de cuyo extrav o se trata se tom el 10 de diciembre por unó í ó capital inicial de $2.100.000. En definitiva el conflicto radica en la validez de ambos documentos, y en este sentido, del an lisis de aquellos a la luz de lo prescrito en á el art culoí 346 del c digo de procedimiento civil en relaci n al art culo 1702 deló ó í c digo civil, aquel acompa ado por la actora es validado por Yasnaó ñ Gamboa Figueroa, Jefe de Plataforma Personas de la Oficina de Bilbao del Banco de Chile y por Francisco Alveal Garrido, Jefe de Plataforma Servicio al Cliente, de la misma oficia y Banco, encontr ndose tales firmasá autorizadas ante la notario Evelyn S nchez Tapia con fecha 22 de enero deá 2024, en tanto que el instrumento acompa ado por la incidentista no refiereñ firma alguna de quien lo expide, rest ndole m rito probatorio ená é consecuencia. Corolario de lo anterior, la oposici n habr de ser rechazada.ó á Con el m rito de los anté ecedentes, constancia de fecha 01 junio de 2024 de haberse efectuado la publicaci n legal correspondiente en laó Edici n del Diario Oficial de la misma fecha, atestado de fecha 24 de junioó de 2024 que da cuenta de la notificaci n de la solicitud al Banco de Chile, yó no existiendo constancia de oposici n a la solicitud de autos, y visto,ó adem s, lo dispuesto por los art culos 88 y siguientes de la Ley N 18.092 yá í ° Ley N 18.552, °
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se rechaza la oposici n formulada por el Banco de Chile conó fecha 28 de junio de 2024.- II.- El extrav o í del N ° 191-1300100-034695-1 endosable, tomado ante el Banco de Chile, oficina Av. Bilbao 4541, con fecha 10 de diciembre del a o 2020, por un monto original de $ 2.481.936.- (dos millonesñ cuatrocientos ochenta y un mil novecientos treinta y seis pesos) por un concepto de capital, a una tasa de 0,68267% y con vencimiento al 02 de Código: BTJYXPYEVRM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl enero 2024, y se autoriza a do a ñ Paula Susana Guerra Torres, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dise adora, c dula nacional deñ é identidad n mero 11.227.081-7, domiciliada para estos efectos en Avenidaú Alonso de C rdova N 2860, oficina 402, comuna de Vitacura, en calidadó º de tomador, para ejercer los derechos que como titular del documento singularizado le correspondan. Reg streseí , notif quese y arch vese en su oportunidad.í í Rol V 101 - 2024– Pronunciada por don lvaro Cayuqueo Pichic n, Juez Suplente.Á ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Agosto de dos mil veinticuatro Código: BTJYXPYEVRM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-21T12:18:37-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-101-2024 CARATULADO : GUERRA/ Santiago, veintiuno de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS Que, con fecha 02 de mayo de 2024 comparece don lvaro JavierÁ Monsalve Gonz lez, chileno, divorciado, abogado, C dula de Identidad Ná é ° 8.539.873-3, en representaci n judicial de do a ó ñ Paula Susana Guerr
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica