Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno

CÁRDENAS/MY TRAINER LIMITADA

Rol

T-50-2024

Fecha

10 de septiembre de 2024

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 485 inciso 3º CT, Bonos, Comisiones, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones, Sueldo

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y reclamar la sobre carga laboral, el demandado le hace firmar el nuevo contrato de trabajo donde si bien se cambiaban sus funciones a la de “Jefa de Gestión Operacional” con una remuneración diferente y mejor, desde ese mismo mes deja de pagar su remuneración, indicándole que no estaba bien económicamente y que debía aguantar y ayudar al Gimnasio para que se le pueda pagar la remuneración. Es así como en el mes de diciembre de 2023, llega a trabajar don Cristian Merino, quien asume el cargo de “Administrador” y comienza un hostigamiento y acoso laboral junto al representante legal, que se evidencia en por ejemplo, cambiar claves de acceso al computador de su uso laboral, prohibirle el acceso a planillas e información que debía manejar para el ejercicio de sus funciones, indicarle que “fuera a tomar aire” y dejarle sin reales funciones, todo esto sumado a que pese a su insistencia en el pago de sus remuneraciones, ambos le indicaban que “no exagere” y que se preocupe de “trabajar”. Esto, la tenía muy mal, ya que no sólo el ambiente laboral se tornó intolerable sino que además no tenía dinero para pagar sus gastos básicos y el de su hija, dejó de pagar su arriendo mensual por su hogar, por lo que en el mes de diciembre le notifican del término de su contrato de arriendo lo que le tenía muy mal a nivel emocional, repercutiendo en su salud. Por lo anterior, con fecha 4 de diciembre concurro a la Clínica Alemana ya que no se sentía muy bien, pensando que se trataba del estado “ansioso y estresante” en que se encontraba, sin embargo, descubre que se encontraba embarazada con 6 semanas. Por otra parte descubre que su Isapre ya no cubría su salud, ya que se encontraban impagas sus cotizaciones previsionales, por lo que tuvo que pedir dinero prestado y pagar de manera particular exámenes, consulta médica y ecografía. Esto fue notificado de manera inmediata a su empleador, sin embargo, desde ese momento comienza a colocarse más hostil el ambiente, le enviaban a ha

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Denuncia. Doña NATALY CONSTANZA CÁRDENAS LÓPEZ, chilena, soltera, educadora diferencial, cédula de identidad N° 17.197.644-8, con domicilio para estos efectos en calle Manuel Bulnes N° 557, oficina 1, comuna y ciudad de Osorno, Región de Los Lagos, interpone denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleadora MY TRAINER LIMITADA, rol único tributario N° 77.220.303-9, representado legalmente por don ROBERTO CUSTODIO MUÑOZ VALDOVINO, cédula de identidad N° 15.267.947-5, o todos aquellos que hagan las veces de representante legal, conforme lo establece el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio para estos efectos en calle Lord Cochrane N° 1373, comuna de Osorno, Región de Los Lagos; solicitando se dé lugar a ella en todas sus partes, con costas. A tal efecto se ampara en las siguientes circunstancias fácticas y normas de derecho que, pasa a exponer: I LOS HECHOS. ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN LABORAL Con fecha 29 de agosto de 2022, suscribió contrato de trabajo con la empresa demandada, MY TRAINER LIMITADA. En él, su labor consistía en “Asistente Deportivo Comercial y Administrativa”. Tras ello y distintas modificaciones, se suscribe un nuevo contrato de trabajo con la misma empresa demandada de fecha 2 de octubre de 2023, en el cual sus funciones cambian a “Jefa de Gestión Operacional”, y donde además en su numeral 10 se reconoce que la relación laboral comenzó con el primer contrato de trabajo, del año 2022 antes indicado toda vez que no se hizo un finiquito de trabajo y según indicó el demandado, para mayor orden, se hizo un contrato de trabajo nuevo. Estas labores debía desempeñarlas en calle Lord Cochrane N°1373 de la ciudad de Osorno, Región de Los Lagos. Desde el primer contrato referido en el punto 1, hasta el último del año 2023, su contrato fue a plazo indefinido, por lo tanto sus labores las desarrolló durante 1 año y 4 meses y 11 días. En cuanto a su remuneración esta era variable, para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 inciso 2° del Código del Trabajo, el promedio de lo que debieron ser sus últimas tres remuneraciones ascienden a “$706.780”. Este monto es obtenido con base a las liquidaciones de sueldo que se acompañan en un otrosí, y el contrato de trabajo vigente, en el que se estableció un sueldo base de $460.000.- (cuatrocientos sesenta mil pesos) con incrementos por cumplimiento de metas. Estas remuneraciones, si bien fueron ingresadas en el sistema, por lo que arrojó el cálculo de pago, no fueron entregadas ni pagadas. A la época del despido pudo constatar que su ex empleador no procedía al pago de las cotizaciones previsionales correspondientes. En efecto, sus cotizaciones en AFP HABITAT, FONASA y AFC Chile no fueron pagadas durante parte de la vigencia de la relación laboral, esto es, desde el mayo del año 2023 a enero de 2024. Al tener facultades de administración, se

Fallo

POR TANTO, conforme a los expuesto, disposiciones legales citadas y a lo dispuesto en los artículos, 3°, 5°, 7°, 42°, 63°, 161, 162, 168, 170, 172 y 173, y arts.485, 489, 499 y siguientes del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes, SOLICITA tener por interpuesta dentro de plazo legal denuncia en procedimiento de Vulneración de Derechos Fundamentales con ocasión de despido, nulidad del despido, cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleador, MY TRAINER LIMITADA, acogerla a tramitación y, en definitiva, declarar: �. Que entre las partes existió una relación laboral; �. Que el despido ha sido nulo; �. Que, el despido del cual fue víctima el 12 de enero de 2024, fue atentatorio contra su garantía de indemnidad e integridad física y síquica por el acoso laboral sufrido. �. Que el despido del cual fue objeto es injustificado, indebido e improcedente �. Que la demandada deberá pagarle las indemnizaciones y prestaciones referidas en el numerando III de esta demanda, o lo que se determine en mérito del proceso �. Que las sumas adeudadas deberán pagársele con reajustes e intereses legales y, �. Que la demandada deberá pagar las costas de la causa. En subsidio, demanda por despido indebido y/o injustificado, y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleadora, MY TRAINER LIMITADA, rol único tributario N° 77.220.303-9, representado legalmente por don ROBERTO CUSTODIO MUÑOZ VALDOVINO, cédula de identidad N° 15.267.9

Texto Completo (Preview)

Osorno, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Denuncia. Doña NATALY CONSTANZA CÁRDENAS LÓPEZ, chilena, soltera, educadora diferencial, cédula de identidad N° 17.197.644-8, con domicilio para estos efectos en calle Manuel Bulnes N° 557, oficina 1, comuna y ciudad de Osorno, Región de Los Lagos, interpone denuncia por vulneración de derechos fundamental

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