JUAN DÁVILA COMPAÑÍA LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
C-6824-2024
Fecha
20 de agosto de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A fojas 1, comparece Gema De Las Mercedes D vila Lastraá , en representaci n deó la sociedad JUAN DAVILA Y COMPA A LIMITADA, con domicilio en calle ElÑÍ Refugio 17.176 El Arrayan, comuna de Lo Barnechea, e interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n extintiva en contra ó de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, representada legalmente por su alcalde Crist bal Lira Ib ez, ambosó áñ domiciliados en Av. El Rodeo N 12.777, Lo Barnechea° . Funda su acci n en la circunstancia, que seg n consta en el certificado emitidoó ú por el Departamento de Permisos de Circulaci n de la Ilustre Municipalidad de Loó Barnechea, de marzo de 2024, el veh culo que se identifica con la placa nica í ú YR5503- 6, marca Ford, a o 2005, modelo ñ C-2631, numero de motor 30528621, numero de chasis 5BB47439, de su propiedad, mantiene una deuda vigente con la Municipalidad de Lo Barneceha, desde el a o 2016 al a o 2023.ñ ñ A ade que lñ a deuda total que consta en dicho certificado asciende a la suma de $2.662.113, incluyendo reajustes y multas, hasta la fecha de emisi n del certificadoó correspondiente. Indica que como se ha se alado antes, dichos montos se encuentran mayormenteñ prescritos, puesto que las acciones para el cobro de las patentes vencidas desde el a oñ 2016, hasta el 2020, con los respectivos intereses y multas, se han extinguido en virtud de la prescripci n extintiva.ó En cuanto al derecho cita los art culos 2514, 2521, 2492 y 2493 del C digo Civil,í ó agregando que la demandada Municipalidad de Lo Barnechea no ha ejercido oportunamente las acciones correspondientes para hacer valer su derecho, de modo que a la fecha se encuentran extinguidas las acciones para el cobro de las patentes vencidas Código: XUMMXPJXCHM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6824-2024 Foja: 1 desde el a o 2016 y hasta el a o 2020, lo que genera a su vez la extinci n de losñ ñ ó reajustes e intereses correspondientes a
Fundamentos
CONSIDERANDO: I. EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de que las acciones emanadas de la deuda referida se encuentran prescritas, y conforme dispone el art culo 1698 delí C digo Civil, el demandante acompa , sin ser objetado de contrario: ó ñó Copia simple de Certificado de deuda emitido por el Departamento de Permisos de Circulaci n de laó Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, del a o 2024 y Certificado de inscripci n delñ ó registro de veh culos motorizados, del veh culo placa patente í í YR5503-6, de 2024. Que, los documentos acompa ados, apreciados legalmente, dan cuenta de unañ deuda por concepto de permiso de circulaci n, por el periodo comprendido entre el a oó ñ 2016 y el a o 2023, ascendente a la suma de $ñ 2.662.112, respecto del placa nicaú YR5503-6, marca Ford, a o 2005, modelo ñ C-2631, numero de motor 30528621, numero de chasis 5BB47439, de propiedad de la demandante. Código: XUMMXPJXCHM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6824-2024 Foja: 1 SEGUNDO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades (anuales) de la obligaci n que invoca la demandante respecto del permisoó de circulaci n, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento, 31 deó marzo de cada a o, inici ndose desde esa poca, y para cada una de ellas, el lapso deñ á é inactividad del acreedor necesario para la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó QUINTO: Que, en este contexto, y atendido que a la fecha de la notificaci n deó la presente demanda, 28 de junio de 2024, es dable establecer que ha transcurrido el plazo de prescripci n que establece el art culo 2521 del C digo Civil, respecto de losó í ó permisos de circulaci n correspondientes al ó placa nica ú YR5503-6, marca Ford, a oñ 2005, modelo C-2631, numero de motor 30528621, numero de chasis 5BB47439, por los per odos comprendidos entre el a o 2016 y el a o 2020, ambos inclusive; y teniendoí ñ ñ presente adem s el allanamiento de la parte demandada, s lo cabe acoger la acci ná ó ó incoada como se dir en lo resolutivo de este fallo.á II. EN CUANTO A LA DEMANDA RECONVENCIONAL: SEXTO: en cuanto al cobro demandado por el demandante reconvencional por los periodos comprendidos entre los a os 2021 y 2023, y teniendo presente lo razonadoñ precedentemente en el considerando quinto, y atendido el allanamiento del demandado reconvencional, respecto de dichos periodos, se a
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales, y visto adem s lo dispuesto en los 2492,á 2514, 2515 y 2521 y siguientes del C digo Civil, art culo 12,13 y siguientes del D.L.ó í 3063 y art culo 253 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara:í ó I. Que se acoge la demanda de folio 1, en cuanto se declara que las acciones para perseguir el cumplimiento del pago de las cuotas por concepto de permiso de circulaci n correspondiente al ó placa nica ú YR5503-6, marca Ford, a o 2005, modelo ñ C-2631, numero de motor 30528621, numero de chasis 5BB47439, adeudados por la demandante a la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea, por el per odo comprendido entre el a oí ñ 2016 y el a o 2020, ambos inclusive, se encuentran prescritos, incluyendoñ Código: XUMMXPJXCHM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6824-2024 Foja: 1 adem s reajustes, intereses y multas respecto de dichos per odos.á í Elim nense dichas cuotas del estado de deuda por concepto de permisos deí circulaci n por parte de la demandada de autos, ejecutoriada que sea laó presente sentencia. II. Que, se acoge la demanda reconvencional deducida en autos, en cuanto se condena al demandado reconvencional al pago de los periodos correspondientes entre el a o 202ñ 1 y 2023, ambos inclusive, sumas que deber n ser pagadas debidamente reajustadas conforme a la variaci ná ó experimentada por el ndice de Precios al Consumidor, entre el mesÍ anterior a aquel en que
Texto Completo (Preview)
C-6824-2024 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6824-2024 CARATULADO : Juan D vila compa a limitada/ILUSTREá ñí MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA Santiago, veinte de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: A fojas 1, comparece Gema De Las Mercedes D vila Lastraá , en representaci n deó la sociedad JUAN DAVILA Y COMPA A LIMITADA, co
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica