CARABINEROS DE CHILE ¿ DIRECCIÓN DE BIENESTAR/MORENO
Rol
C-1995-2024
Fecha
20 de agosto de 2024
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 05 de febrero de 2024, comparece do a ñ CAMILA CECILIA MERINO BADIOLA, abogada, chilena, c dula de identidadé N 18.754.336-3, por la Direcci n de Bienestar de Carabineros de Chile,° ó ambos domiciliados en Amun tegui N 519, Piso 11, Santiago, e interponeá ° demanda de termino de arrendamiento y restituci n de inmueble fiscal enó contra de don RAFAEL IV N MORENO REYES, Á sargento 1 en retiro° de Carabineros, domiciliado en SAN FRANCISCO N 1491, DEPTO.° 410, COMUNA DE SANTIAGO. Se ala al efecto que con ñ fecha 06 de diciembre de 2004, la Direcci n de Bienestar de Carabineros de Chile, en uso de las facultadesó estatutarias que le otorga el D.F.L. N 2 de 1968, Estatuto del Personal deº Carabineros, actual D.F.L. N 412 de 1992, arrend , asign y entreg elº ó ó ó inmueble antes singularizado al funcionario de Carabineros de Chile, don Rafael Moreno, ya individualizado, mientras reuniere y cumpliere con las exigencias establecidas en el Decreto con Fuerza de Ley N 412, de 1992,º Estatuto del personal de Carabineros, relativas a la ocupaci n de viviendasó fiscales o proporcionadas por el Fisco para el personal de Carabineros de Chile, seg n consta del m rito del ú é acta de entrega de vivienda fiscal , suscrito al efecto por el Jefe del Departamento Gesti n Inmobiliaria (B.2.),ó que gestiona las necesidades habitacionales y poblacionales de Carabineros de Chile. Refiere que en dicho instrumento se estipulan obligaciones para el Sr. Rafael Moreno, en compensaci n al beneficio que se le otorg ; entre ellas,ó ó aportar mediante un descuento mensual un porcentaje de su sueldo, respetar Código: QCZXXPBRQGM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1995-2024 las disposiciones legales y reglamentarias, indic ndose expresamente que elá demandado ocupar la vivienda fiscal mientras re na y cumpla con lasá ú exigencias para la ocupaci n de viviendas fiscales o proporcionadas por eló Fisco para el person
Fundamentos
fundamentos de la acci n intentada, corresponde a la actora, deó conformidad a lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil, el acreditarí ó la totalidad de los hechos en que funda su pretensi n, esto es, 1) Que asignó ó el inmueble fiscal al demandado en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en el caso de marras, en arriendo; 2) Que haya acaecido la causal que habilitara el t rmino de ocupaci n de la vivienda fiscal delé ó Código: QCZXXPBRQGM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1995-2024 demandado; y al demandado corresponde acreditar que ha restituido la propiedad. CUARTO: Que en orden a acreditar sus dichos la parte demandante acompa con la debida ritualidad procesal, los siguientes documentosñó inobjetados: 1 Copia simple de la Resoluci n Exenta N 645, de 13.08.2021, de laó ° Prefectura Santiago Central, por medio de la cual concede el retiro absoluto del exfuncionario, con citaci n. ó 2 Acta de Notificación al ex funcionario de 16.08.2021, bajo apercibimiento del art culo 346 N 3 del CPC. í ° 3 . Copia simple de la carta certificada remitida el 09.06.2020, con citaci n. ó 4 . Copia simple del Acta de Entrega de Vivienda Fiscal, bajo apercibimiento del art culo 346 N 3 del CPC. í ° 5 . Copia simple de inscripci n de la propiedad, inscrita a fojas 3023ó n mero 5652 correspondiente al Registro de Propiedad del a o 1908 delú ñ Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, con citaci n. í ó QUINTO: Que la demandada sin perjuicio de no contestar la demanda en tiempo y forma, pues a la fecha de presentaci n de su escritoó de contestaci n no contaba con el patrocinio y poder correspondiente,ó acompa la siguiente instrumental:ñó 1.- Set de fotos de liquidaciones de sueldo como personal en retiro de carabineros de chile. ( 15 ). 2.- Resoluci n exenta N 645 que concede el retiro absoluto retiro deló ° demandado de fecha 13 de agosto 2021. 3.- Certificados de estudios y de notas del hijo del demandado. 4.- Cartola del banco estado de chile, pago de desahucio con fecha 30.06.2022. SEXTO: Que el art culo 57 del D.F.L. N 412 de 1992, dispone loí ° siguiente El beneficio que concede el art culo anterior a los miembros de“ í Carabineros de Chile, lo gozan s lo en raz n de los cargos que desempe anó ó ñ como funcionarios y, en consecuencia, estar n obligados a restituirá oportunamente las viviendas que se les hubiere proporcionado a la misma autoridad que les hizo entrega de ellas. Esta obligaci n deber ser cumplidaó á Código: QCZXXPBRQGM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1995-2024 dentro de los sesenta d as siguientes a la notificaci n del interesado porí ó parte de Carabineros, de la resoluci n o decreto que dispone nuevaó destinaci n, o cese de funciones por cualquier causa. En caso deó fallecimiento del beneficiario, la obligaci n de restituir la vivienda recaeró á sobre las personas, ya sean familiares
Fallo
por tanto, de acuerdo con lo prescrito en el contrato de arrendamiento, lo dispuesto en el art culo 57 del D.F.L. (I) N 2, del Ministerio del Interior, delí ° a o 1968, refundido por el Decreto N 412, del Ministerio de Defensañ ° Nacional del a o 1992, del Ministerio de Defensa Nacional del a o 1992,ñ ñ estar obligado a restituir oportunamente la vivienda a la autoridadá que le hizo entrega de esta, dentro de 60 d as siguientes a la notificaci ní ó por parte de Carabineros de Chile, de la Resoluci n o Decreto que disponeó el cese de funciones por cualquier causa, por tanto el demandado de autos se encontraba en la obligaci n de restituir la vivienda a la autoridad deó Carabineros de Chile, dentro de los 60 d as siguientes de la fecha en que seí curs su retiro absoluto de las filas de la Instituci n, ya que sta implic eló ó é ó cese de sus funciones en la Instituci n Policial, plazo que expir eló ó 15.10.2021, circunstancia que hasta la fecha no ha materializado, estando vencido el plazo con creces. Agrega que la Autoridad Institucional, como medida adicional, notific al demandado de la necesidad de hacer devoluci n de la viviendaó ó fiscal, mediante carta remitida el 13.09.2022, indic ndole que el plazo paraá restituir el inmueble de autos se encontraba vencido, sin que hasta la fecha tal restituci n haya sido efectuada, debiendo en consecuencia requer rseleó í judicialmente el cumplimiento de tal obligaci n. ó Finalmente y previas citas legales, solicita que se tenga por in
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C-1995-2024 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1995-2024 CARATULADO : CARABINEROS DE CHILE DIRECCI N DEÓ BIENESTAR/MORENO Santiago, veinte de Agosto de dos mil veinticuatro Vistos: Con fecha 05 de febrero de 2024, comparece do a ñ CAMILA CECILIA MERINO BADIOLA, abogada, chilena, c dula de identidadé N 18.754.336-3, por la Direcci n
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