1º Juzgado Civil de Rancagua

CASTILLO/

Rol

V-158-2024

Fecha

20 de agosto de 2024

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, el 14 de junio de 2024, comparece do a ñ LORENA EUGENIA CASTILLO ALIAGA, labores de hogar, domiciliada en Pasaje Los Arc ngeles N 1420, Villa Don Mateo III, comuna de Rancaguaá º , quien atendido lo dispuesto en el art culo 4 de la Ley 18.600, solicita se declare la interdicci n definitiva,í º ó respecto de su hermana MAGALY ALEJANDRA CASTILLO ALIAGA, c dulaé nacional de identidad N 12.366.976-2º , con domicilio en Gaspar Mar n N 0655,í º Poblaci n Manuel Rodr guez, comuna de Rancaguaó í , y a su vez se la declare su curadora. Se ala que su hermana padece una discapacidad cuyo origen principal es mentalñ ps quico de retraso mental, sobrelleva una discapacidad Ps quica o Mental de uní í 67,00%, por lo que se encuentra inscrito en el respectivo Registro Nacional de Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó Indica que, con el objeto de administrar adecuadamente los bienes de su padre, solicita se declare la interdicci n definitiva y a su vez, solicita ser nombrada curadora, aó fin de velar por su persona y bienes. Todo esto conforme lo establecido en el art culo 4í de la Ley 18.600. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar los hechos expuestos se acompa en elñó folio 1 los siguientes documentos: 1. Certificado de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n de fecha 10 de junio del a o 2024, a nomó ñ bre de do a MAGALYñ ALEJANDRA CASTILLO ALIAGA. 2. Copia Simple credencial de discapacidad de do a MAGALY ALEJANDRAñ CASTILLO ALIAGA. 3. Certificado de nacimiento de do a MAGALY ALEJANDRA CASTILLOñ ALIAGA, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Chile, con fechaó 10 de junio del a o 2024.ñ 4. Certificado de nacimiento de la solicitante, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Chile, con fecha 10 de junio del a o 2024.ó ñ 5. Certificados de residencia de la solicitante y de do a MAGALY ALEJANDRAñ CASTILLO ALIAGA. 6. Certificado m dico de do a MAGALY ALEJANDRA CASTIL

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 160, 170, 25í 4, 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil; 443, 447, 456, 1698 del C digo Civil, yó ó dem s normas pertinentes, se declara:á I.- Que, se hace lugar a la solicitud y, en consecuencia, se declara la interdicci n definitiva por demencia de la d discapacitada do a MAGALYó ñ ALEJANDRA CASTILLO ALIAGA, c dula nacional de é identidad N 12.366.976-2,º quedando privada de la libre administraci n de sus bienes.ó Código: YFQHXPTXCGM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL V 158-2024 II.- Que se nombra curadora definitiva de la persona y bienes de la interdicta, a do a ñ LORENA EUGENIA CASTILLO ALIAGA, c dula nacional de identidadé N 17.136.332-2.° III.- Que se exime a la curadora de rendir fianza, en conformidad a lo dispuesto en el art culo 375 del C digo Civil.í ó IV.- Que la curadora deber confeccionar inventario en conformidad a loá regulado en el art culo 380 del C digo Civil, consistente en una minuta privada firmadaí ó por la curadora, que se acompa ar a la causa.ñ á V.- Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento. VI.- Acepte la curadora designada el cargo mediante presentaci n poró escrito en la causa. VII.- Dese cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 447 del C digo Civil eí ó inscr base la presente sentencia en el registro respectivo del Conservador de Bienesí Ra ces de Rancagua y c mplase con las publica

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ROL V 158-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-158-2024 CARATULADO : CASTILLO/ Rancagua, veinte de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: PRIMERO: Que, el 14 de junio de 2024, comparece do a ñ LORENA EUGENIA CASTILLO ALIAGA, labores de hogar, domiciliada en Pasaje Los Arc ngeles N 1420, Villa Don Mateo III, comuna de Rancaguaá º , quien atendido

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