Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

MINERA PAMPA FENIX S.C.M./

Rol

V-35-2024

Fecha

20 de agosto de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS : 1º Que, con fecha 6 de febrero de 2024 (Folio 1), compareció MINERA PAMPA FÉNIX S.C.M, RUT 76.140.173-4, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en calle General Manuel Baquedano N° 239, oficina 711, Antofagasta, debidamente representada por el abogado JUAN ESTEBAN POBLETE NEWMAN, cédula nacional de identidad Nº 10.742.018-5, con mismo domicilio. Solicitó la aprobación de la renuncia parcial de las siguientes pertenencias mineras: “JULIA 69, 1”; “JULIA 69, 2”; “JULIA 69, 3”; “JULIA 69, 4A”; “JULIA 69, 4B”; “JULIA 69, 5A”; “JULIA 69, 6A”; “JULIA 69, 7A”; “JULIA 69, 8A”; “JULIA 69, 9A”; “JULIA 69, 10A”; “JULIA 69, 11A”; “JULIA 69, 12A”; “JULIA 69, 13B”; “JULIA 69, 14B”; “JULIA 69, 15B”; “JULIA 69, 16”; “JULIA 69, 17”; “JULIA 69, 18B”; “JULIA 69, 19B”; “JULIA 69, 19C”; “JULIA 69, 20A”; “JULIA 69, 20C”; “JULIA 69, 21C”; “JULIA 69, 21D”; “JULIA 69, 22B”; “JULIA 69, 23C”; “JULIA 69, 23D”; “JULIA 69, 24B”; “JULIA 69, 25B”; “JULIA 69, 26”; “JULIA 69, 27”; “JULIA 69, 28”; “JULIA 69, 29”; “JULIA 69, 30”, todas del grupo de pertenencias JULIA 69, 1 AL 30 y que se ordene la cancelación de la inscripción de sentencia constitutiva y acta de mensura en relación con las pertenencias renunciadas, como asimismo la cancelación de todas las inscripciones derivadas de ella, y posteriormente se proceda al derribo de los respectivos hitos. Fundamentó su solicitud en que actualmente es dueña del grupo de pertenencias mineras JULIA 69, 1 AL 30, y que la renuncia es parcial y consta en escritura pública, además acompañó los documentos que acreditan que la concesión minera indicada no está afecto a gravámenes, prohibiciones, interdicciones y litigios que afecten derechos de terceros. Agregó que el grupo de pertenencias referido se dividió físicamente, según escritura pública que acompañó en folio 1, la que fue aprobada judicialmente e inscrita a fojas 378, número 139 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Minas de Taltal. 2º Que con fecha 13 de junio d

Fundamentos

CONSIDERANDO PRMERO: Que, con fecha 6 de febrero de 2024, compareció debidamente representada MINERA PAMPA FÉNIX S.C.M, RUT 76.140.173-4, sociedad del giro de su denominación y solicitó la aprobación de la renuncia parcial de las siguientes pertenencias mineras: “JULIA 69, 1”; “JULIA 69, 2”; “JULIA 69, 3”; “JULIA 69, 4A”; “JULIA 69, 4B”; “JULIA 69, 5A”; “JULIA 69, 6A”; “JULIA 69, 7A”; “JULIA 69, 8A”; “JULIA 69, 9A”; “JULIA 69, 10A”; “JULIA 69, 11A”; “JULIA 69, 12A”; “JULIA 69, 13B”; “JULIA 69, 14B”; “JULIA 69, 15B”; “JULIA 69, 16”; “JULIA 69, 17”; “JULIA 69, 18B”; “JULIA 69, 19B”; “JULIA 69, 19C”; “JULIA 69, 20A”; “JULIA 69, 20C”; “JULIA 69, 21C”; “JULIA 69, 21D”; “JULIA 69, 22B”; “JULIA 69, 23C”; “JULIA 69, 23D”; “JULIA 69, 24B”; “JULIA 69, 25B”; “JULIA 69, 26”; “JULIA 69, 27”; “JULIA 69, 28”; “JULIA 69, 29”; “JULIA 69, 30”, todas del grupo de pertenencias JULIA 69, 1 AL 30, y que se ordene la cancelación de la inscripción de sentencia constitutiva y acta de mensura en relación con las pertenencias renunciadas, como asimismo la cancelación de todas las inscripciones derivadas de ella y posteriormente se proceda al derribo de los respectivos hitos. SEGUNDO: Que, para acreditar los fundamentos de su petición, la solicitante acompañó los siguientes antecedentes: 1- Certificado de dominio vigente a nombre de Minera Pampa Fénix S.C.M. de la concesión minera de explotación JULIA 69, 1 AL 30, inscrita a fojas 378, número 139 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Minas de Taltal, la que se encuentra dividida físicamente según la inscripción y cuya sentencia constitutiva y acta de mensura está inscrita a fojas 83, número 17, del Registro de Propiedad del año 1999 del Conservador de Minas de Taltal. Certificado emitido con fecha 25 de enero de 2024, 2- Certificado de hipotecas y gravámenes respecto de la concesión minera de explotación JULIA 69, 1 AL 30, a nombre de Minera Pampa Fénix S.C.M. inscrita a fojas 378, número 139 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Minas de Taltal, emitida con fecha 25 de enero de 2024. 3- Certificado de Litigio respecto del dominio sobre la concesión minera de explotación JULIA 69, 1 AL 30, inscrita a fojas 378, número 139 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Minas de Taltal, emitida con fecha 25 de enero de 2024. 4- Certificado de prohibiciones e interdicciones respecto del dominio de la concesión minera de explotación JULIA 69, 1 AL 30, inscrita a fojas 378, número 139 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Minas de Taltal, emitida con fecha 25 de enero de 2024. 5- Copia autorizada de Inscripción de dominio respecto de la concesión minera de explotación JULIA 69, 1 AL 30, a nombre de MINERA PAMPA FENIX SCM, inscrita a fojas 510 número 199 del Registro de Propiedad del año 2011, del Conservador de Minas de Taltal. Copia otorgada con fecha 28 de noviembre de 2018 por el Conservador de Minas de Taltal. 6- Copia autorizada de División Minera d

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se APRUEBA Y ACEPTA la renuncia parcial solicitada por MINERA PAMPA FÉNIX S.C.M, RUT 76.140.173-4, respecto de las pertenencias mineras: Código: WDQXXPCBVYL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 “JULIA 69, 1”; “JULIA 69, 2”; “JULIA 69, 3”; “JULIA 69, 4A”; “JULIA 69, 4B”; “JULIA 69, 5A”; “JULIA 69, 6A”; “JULIA 69, 7A”; “JULIA 69, 8A”; “JULIA 69, 9A”; “JULIA 69, 10A”; “JULIA 69, 11A”; “JULIA 69, 12A”; “JULIA 69, 13B”; “JULIA 69, 14B”; “JULIA 69, 15B”; “JULIA 69, 16”; “JULIA 69, 17”; “JULIA 69, 18B”; “JULIA 69, 19B”; “JULIA 69, 19C”; “JULIA 69, 20A”; “JULIA 69, 20C”; “JULIA 69, 21C”; “JULIA 69, 21D”; “JULIA 69, 22B”; “JULIA 69, 23C”; “JULIA 69, 23D”; “JULIA 69, 24B”; “JULIA 69, 25B”; “JULIA 69, 26”; “JULIA 69, 27”; “JULIA 69, 28”; “JULIA 69, 29”; “JULIA 69, 30”, todas del grupo de pertenencias JULIA 69, 1 AL 30, inscrita a nombre del solicitante a fojas 378, número 139 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Minas de Taltal, la que se encuentra dividida según misma inscripción y cuya sentencia constitutiva y acta de mensura está inscrita fojas 83, número 17 del Registro de Propiedad del año 1999 del Conservador de Minas de Taltal. II.- Que se ordena la cancelación de las inscripciones relativas a las pertenencias mineras antes individualizadas, la que deberá materializarse en el Conservador de Minas de Taltal, y su eliminación del Rol Nacional correspondiente por parte

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-35-2024 CARATULADO : mINERA PAMPA FENIX S.C.M./ Taltal, veinte de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS : 1º Que, con fecha 6 de febrero de 2024 (Folio 1), compareció MINERA PAMPA FÉNIX S.C.M, RUT 76.140.173-4, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en calle General Manuel Baquedano N° 239

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica