2º Juzgado Civil de Puerto Montt

BEYER/HEIN

Rol

C-1986-2024

Fecha

19 de agosto de 2024

Materia

CHEQUE, NOTIFICACIÓN PROTESTO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, la presente causa Rol C-1986-2024, fue presentada a tramitación con fecha 29 de abril de 2024 (Folio 1), por doña ISABEL ALEJANDRA URIBE MALDONADO, abogada, cédula nacional de identidad N°17.631.698-5 domiciliada en calle O´higgins N°167, Edificio Plaza, Oficina 706, de la comuna y ciudad de Puerto Montt, en representación de Doña PALOMA BELÉN BEYER PÉREZ, cédula nacional de identidad N°18.460.497-3, chilena, abogada, soltera, domiciliada en calle O´higgins N°167, Edificio plaza, oficina 706, de la comuna y ciudad de Puerto Montt, y, en lo principal expone: Que, en la representación que inviste, interpone demanda ejecutiva en contra de Don FRANCISCO JAVIER HEIN MEIER, ignora actividad y/o profesión, domiciliado en Condominio Terrazas de Angelmo, Casa N°109, de la comuna y ciudad de Puerto Montt, con domicilio laboral en calle Benavente N°260, de la comuna y ciudad de Puerto Montt, con el objeto de llevar a cabo la notificación según lo establecido por Ley, de los siguientes cheques: a) SERIE 18701030 NÚMERO 0604396 MONTO $1.000.000; b) SERIE 18701030 NÚMERO 0604397 MONTO $1.000.000. Todos girados en contra del BANCO BICE, oficina de Puerto Montt, a nombre de Don Francisco Javier Hein Meier, cuyo domicilio registrado en el banco es Condominio Terrazas de Angelmo, Casa N°109, comuna de Puerto Montt, según consta en gestión preparatoria, cuya notificación se realizó en dicho domicilio a folio 9. Aduce que, presentados los documentos para su cobro fueron protestados por el Banco librado, según consta en los documentos que acompaña, por ORDEN DE NO PAGO. Añade que la Beneficiaria de dicho documentos es PALOMA BELÉN BEYER PÉREZ, Abogada, chilena, soltera, cédula nacional de identidad N°17.631.698-5 domiciliada en calle O´higgins N°167, oficina 706, de la comuna y ciudad de Puerto Montt y en gestión preparatoria ante este Tribunal, ROL C-1986-2024 el demandado fue legalmente notificado a folio 9. A su vez, en folio 12 se certifica que el demandado no opuso tac

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a la ejecución iniciada en su contra por doña PALOMA BELÉN BEYER PÉREZ, don FRANCISCO JAVIER HEIN MEIER opuso una excepción a la ejecución, en lo principal del escrito de fecha 02 de agosto de 2024 (Folio 10). QUINTO: Que, la excepción opuesta por la parte ejecutada es la del Código: GGCPXPHKXQL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl artículo 464 N°9 del Código de Procedimiento Civil, esto es, excepción de pago de la deuda, en los siguientes términos: Refiere que, encontrándose dentro de plazo, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 459 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, opone excepción de pago total de la deuda a la ejecución, solicitando desde ya que esta sea acogida íntegramente, rechazando con ello la demanda ejecutiva de autos. Señala que funda su excepción, en virtud de que, con fecha de su presentación (02 de agosto de 2024) y según acreditará, ha efectuado el pago por consignación en la cuenta corriente de este tribunal, a fin de cubrir el monto demandado en la acción ejecutiva de autos, ascendente a la suma de $2.000.000.- (dos millones de pesos), a fin de poner fin al litigio. En virtud de lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 459 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas legales pertinentes, pide tener por opuesta la excepción de pago de la deuda ya indicada respecto de la ejecución, admitirla a tramitación y, en definitiva, acogerla íntegramente, declarando que no se hace lugar a la demanda ejecutiva interpuesta, sin solicitar condena en costas. SEXTO : Que, en escrito de fecha 17 de agosto de 2024 (Folio 14), comparece el ejecutante evacuando el traslado conferido respecto de la excepción opuesta, allanándose a la oposición deducida por su contraria. SÉPTIMO : Que, el tribunal tiene a la vista, la gestión preparatoria de notificación de protesto de cheque, que incide en la presente causa ejecutiva, y los cheques acompañados a ella, que se encuentran guardados en custodia con el N° 1384-2024. En dicha gestión preparatoria se solicitó que se ponga en conocimiento mediante notificación judicial a FRANCISCO JAVIER HEIN MEIER, de los siguientes cheques: a) SERIE 18701030 NÚMERO 0604396 Banco BICE MONTO Sucursal: Puerto Montt; Monto: $1.000.000; Fecha Protesto: 06 de marzo de 2024; con timbre “ORDEN DE NO PAGO”; b) SERIE 18701030 NÚMERO 0604397 Banco BICE MONTO Sucursal: Puerto Montt; Monto: $1.000.000; Fecha Protesto: 06 de marzo de 2024; con timbre “ORDEN DE NO PAGO”; Que a su vez, la gestión preparatoria en referencia, fue notificada en conformidad al artículo 41 de la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques con fecha 03 de abril de 2024 a don FRANCISCO JAVIER HEIN MEIER (Folio 9-Cuaderno 1 Gestión Preparatoria); certificándose con fecha 12 de abril de 2024 (Folio 12-Cuaderno 1 Gestión Preparatoria), por la Sra. Secretaria Subrogante del Tribunal, que la parte demandada no ha consignado

Fallo

se resuelve: I.- Que, se ACOGE la excepción del artículo 464 N°9 del Código de Procedimiento Civil, esto es, el pago de la deuda formulada en lo principal escrito de fecha 02 de agosto de 2024 (Folio 10) por el ejecutado don FRANCISCO JAVIER HEIN MEIER. III.- Que, atendido lo resuelto precedentemente, se RECHAZA en todas sus partes la demanda presentada con fecha 29 de abril de 2024 (Folio 1), por doña PALOMA BELÉN BEYER PÉREZ en contra de don FRANCISCO JAVIER HEIN MEIER. IV.- Que, en virtud de lo establecido en el artículo 471 del Código de Procedimiento Civil, considerando la fecha de la consignación de fondos por el ejecutado, cada parte pagará sus costas. ANÓTESE, REGÍSTRESE y ARCHÍVESE oportunamente. ROL C-1986-2024 Dictada por doña JACQUELINE ALEJANDRA GUERRA VARGAS, Jueza Titular del Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puerto Montt, diecinueve de Agosto de dos mil veinticuatro. Código: GGCPXPHKXQL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-19T16:38:23-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Puerto Montt CAUSA ROL : C-1986-2024 CARATULADO : BEYER/HEIN Puerto Montt, diecinueve de Agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, la presente causa Rol C-1986-2024, fue presentada a tramitación con fecha 29 de abril de 2024 (Folio 1), por doña ISABEL ALEJANDRA URIBE MALDONADO, abogada, cédula nacional de identidad N°17.631.698-5 do

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