24º Juzgado Civil de Santiago

GONZÁLEZ/

Rol

V-151-2023

Fecha

21 de agosto de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y argumentos de derecho, ya descritos, en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que, después de haberse efectuado la publicación legal de la solicitud de rectificación de partida, no hubo constancia en autos de haberse producido oposición de terceros, dentro del plazo legal. TERCERO: Que, al folio 1 junto a la gestión, se acompañó al proceso como antecedentes documentales: 1.- Certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, a nombre de la solicitante, doña Roxana Del Carmen González Janet, número de inscripción 3857, del año 1972 de la circunscripción de Quinta Normal; 2.- Certificado de antecedentes emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, a nombre de Roxana Del Carmen González Janet, Run N°11.974.948- 4; 3.- Certificado de atención psicológica de doña Roxana del Carmen González Janet, C.I 11.974.948-4, emitida por el Psicólogo Luis Felipe Salgado Pérez. CUARTO: Que bajo el folio 6 y con fecha 05 de junio de 2023, se rindió la información sumaria por los testigos Marco Antonio González Janet y Cristian Delgado Arenas. El primero indicó conocer a Roxana del Carmen, por ser su hermano mayor, conoce las razones del cambio de nombre de su hermana, quien fue víctima de discriminación en la niñez y adolescencia, especialmente por familiares, amigos y compañeros de colegio, quienes se burlaban por su segundo nombre, aludiendo a “Carmencita”, “Carmela” lo que le provocaba rabia e impotencia y se ponía a llorar; y, en algunas ocasiones en que estuvo presente, tuvo que intervenir para que dejaran de molestarla, ya adulta ha presenciado por parte de familiares que la siguen nombrando por “Carmen”, “Carmencita” y no “Roxana”, provocando molestia e incomodidad hacia su persona, afectando su autoestima, dado que para ella, su nombre es “Roxana”, pero las demás personas insisten en usar su segundo nombre. Código: BLFJXPGXKXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://v

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: BLFJXPGXKXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que, comparece doña Roxana del Carmen González Janet, solicitando se rectifique su partida de nacimiento, en el sentido de cambiar el orden de sus apellidos de “González Janet” a “Janet González” y reemplazar el segundo nombre de “Del Carmen” por “Alizée”, para quedar en definitiva como “ROXANA ALIZÉE JANET GONZÁLEZ”. Funda su pretensión, en los hechos y argumentos de derecho, ya descritos, en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que, después de haberse efectuado la publicación legal de la solicitud de rectificación de partida, no hubo constancia en autos de haberse producido oposición de terceros, dentro del plazo legal. TERCERO: Que, al folio 1 junto a la gestión, se acompañó al proceso como antecedentes documentales: 1.- Certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, a nombre de la solicitante, doña Roxana Del Carmen González Janet, número de inscripción 3857, del año 1972 de la circunscripción de Quinta Normal; 2.- Certificado de antecedentes emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, a nombre de Roxana Del Carmen González Janet, Run N°11.974.948- 4; 3.- Certificado de atención psicológica de doña Roxana del Carmen González Janet, C.I 11.974.948-4, emitida por el Psicólogo Luis Felipe Salgado Pérez. CUARTO: Que bajo el folio 6 y con fecha 05 de junio de 2023, se rindió la información sumaria por los testigos Marco Antonio González Janet y Cristian Delgado Arenas. El primero indicó conocer a Roxana del Carmen, por ser su hermano mayor, conoce las razones del cambio de nombre de su hermana, quien fue víctima de discriminación en la niñez y adolescencia, especialmente por familiares, amigos y compañeros de colegio, quienes se burlaban por su segundo nombre, aludiendo a “Carmencita”, “Carmela” lo que le provocaba rabia e impotencia y se ponía a llorar; y, en algunas ocasiones en que estuvo presente, tuvo que intervenir para que dejaran de molestarla, ya adulta ha presenciado por parte de familiares que la siguen nombrando por “Carmen”, “Carmencita” y no “Roxana”, provocando molestia e incomodidad hacia su persona, afectando su autoestima, dado que para ella, su nombre es “Roxana”, pero las demás personas insisten en usar su segundo nombre. Código: BLFJXPGXKXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Precisó que para su hermana llevar el segundo nombre “Del Carmen” que hace mención a la Virgen de la Religión Católica que no profesa, ya que en la actualidad ella es miembro activo de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, en la cual no se venera a la Virgen, pero si, se respeta como tal, por lo tanto, no se identifica con el nombre “Del Carmen”, nombre que tiene un alto contenido religioso y que su hermana no comulga con dichas creencias, lo qu

Fallo

se declara: Que, se acoge la solicitud de lo principal del escrito de 05 de mayo de 2023, al folio 1, por lo cual se ordena el cambio de nombre de la solicitante, actualmente Roxana Del Carmen González Janet por Roxana Alizée Janet González. Código: BLFJXPGXKXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 En consecuencia, se ordena la rectificación de la inscripción de nacimiento N°3857 del año 1972 de la circunscripción de Quinta Normal, correspondiente a doña Roxana Del Carmen González Janet, R.U.N 11.974.948-4, en el sentido de establecer que el nombre de la inscrita es ROXANA ALIZÉE JANET GONZÁLEZ, mismo RUN. Dese copias autorizadas en su oportunidad. Anótese, regístrese y notifíquese. Rol V-151-2023. Pronunciada por doña Mónica Isabel Cortés Rosso, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Agosto de dos mil veinticuatro Código: BLFJXPGXKXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-21T16:37:38-0400

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Foja: 1 FOJA: 36 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-151-2023 CARATULADO : GONZ LEZ/Á Santiago, veintiuno de Agosto de dos mil veinticuatro V I ST O S: A folio 1, comparece doña ROXANA DEL CARMEN GONZÁLEZ JANET, casada de profesión contadora auditora, cédula de identidad N°11.974.948-4, con domicilio en calle Lo Bascuñán N°343, Conjunto Jardí

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