Juzgado de Letras y Gar. de Taltal

MINERA PAMPA FENIX S.C.M./

Rol

V-91-2024

Fecha

19 de agosto de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS 1º Que con fecha 28 de febrero de 2024 (Folio 1), compareció MINERA PAMPA FÉNIX S.C.M, RUT 76.140.173-4, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en calle General Manuel Baquedano N° 239, oficina 711, Antofagasta, debidamente representada por el abogado JUAN ESTEBAN POBLETE NEWMAN, cédula nacional de identidad Nº 10.742.018-5, con mismo domicilio. Solicitó la aprobación de la renuncia parcial de las siguientes pertenencias mineras: “MARGARITA 61, 1”; “MARGARITA 61, 2”; “MARGARITA 61, 3”; “MARGARITA 61, 4”; “MARGARITA 61, 5”; “MARGARITA 61, 6”; “MARGARITA 61, 7A”; “MARGARITA 61, 7B”; “MARGARITA 61, 16”; “MARGARITA 61, 17”; “MARGARITA 61, 18”; “MARGARITA 61, 19”; “MARGARITA 61, 20”; “MARGARITA 61, 21A”, todas del grupo de pertenencias MARGARITA 61, 1 AL 30, y que se ordene la cancelación de la inscripción de sentencia constitutiva y acta de mensura en relación con las pertenencias renunciadas, como asimismo la cancelación de todas las inscripciones derivadas de ella y posteriormente se proceda al derribo de los respectivos hitos. Fundamentó su solicitud en que actualmente es dueña del grupo de pertenencias MARGARITA 61, 1 AL 30, y que la renuncia es parcial y consta en escritura pública, además acompañó los documentos que acreditan que la concesión minera indicada no está afecto a gravámenes, prohibiciones e interdicciones que afecten derechos de terceros. Agregó que el grupo de pertenencias referido se dividió físicamente, según escritura pública que acompañó en folio 1, la que fue aprobada judicialmente e inscrita a fojas 1069, número 314 del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Minas de Taltal. 2º Que con fecha 13 de junio de 2024 (Folio 4), la solicitante acompañó publicación de la presentación de renuncia y su proveído en el Diario Oficial, sección Boletín Oficial de Minería, en la edición N° 43.798 de fecha 11 de marzo de 2024. 3º Que con fecha 18 de junio de 2024 (Folio 6), se certificó en la causa que no existe constancia q

Fundamentos

CONSIDERANDO Código: NXPXPZZJLL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRMERO: Que, con fecha 28 de febrero de 2024, compareció debidamente representada MINERA PAMPA FÉNIX S.C.M, RUT 76.140.173-4, sociedad del giro de su denominación y solicitó la aprobación de la renuncia parcial de las siguientes pertenencias mineras: “MARGARITA 61, 1”; “MARGARITA 61, 2”; “MARGARITA 61, 3”; “MARGARITA 61, 4”; “MARGARITA 61, 5”; “MARGARITA 61, 6”; “MARGARITA 61, 7A”; “MARGARITA 61, 7B”; “MARGARITA 61, 16”; “MARGARITA 61, 17”; “MARGARITA 61, 18”; “MARGARITA 61, 19”; “MARGARITA 61, 20”; “MARGARITA 61, 21A”, todas del grupo de pertenencias MARGARITA 61, 1 AL 30 y que se ordene la cancelación de la inscripción de sentencia constitutiva y acta de mensura en relación con las pertenencias renunciadas, como asimismo la cancelación de todas las inscripciones derivadas de ella y posteriormente se proceda al derribo de los respectivos hitos. SEGUNDO: Que, para acreditar los fundamentos de su petición, la solicitante acompañó los siguientes antecedentes: 1- Certificado de dominio vigente a nombre de Minera Pampa Fénix S.C.M. de la concesión minera de explotación MARGARITA 61, 1 AL 30, inscrita a fojas 1069, número 314 del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Minas de Taltal, la que se encuentra dividida físicamente y cuya sentencia constitutiva y acta de mensura está inscrita a fojas 659 vuelta, número 113 del Registro de Propiedad del año 1993 del Conservador de Minas de Taltal. Certificado emitido con fecha 22 de febrero de 2024. 2- Certificado de hipotecas y gravámenes respecto de la concesión minera de explotación MARGARITA 61, 1 AL 30, a nombre de Minera Pampa Fénix S.C.M. inscrita a fojas 1069, número 314 del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Minas de Taltal, emitido con fecha 22 de febrero de 2024. 3- Certificado de prohibiciones e interdicciones respecto del dominio de la concesión minera de explotación MARGARITA 61, 1 AL 30, inscrita a fojas 1069, número 314 del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Minas de Taltal, emitida con fecha 22 de febrero de 2024. 4- Copia autorizada de Inscripción de dominio respecto de la concesión minera de explotación MARGARITA 61, 1 AL 30, a nombre de MINERA PAMPA FENIX SCM, inscrita a fojas 490 número 179 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Minas de Taltal. Copia otorgada con fecha 28 de noviembre de 2018 por el Conservador de Minas de Taltal. 5-Copia autorizada de División Minera de concesión de explotación MARGARITA 61, 1 AL 30 de Minera Pampa Fénix S.C.M. inscrita a fojas 1069, número 314 del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Minas de Taltal. Copia otorgada con fecha 6 de febrero de 2024 por el Conservador de Minas de Taltal. 6- Copia autorizada de inscripción de sentencia constitutiva y acta de mensura de las pertenencias mineras MARGARITA 61, 1 AL 30 de fecha 17 de se

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se APRUEBA Y ACEPTA la renuncia parcial solicitada por MINERA PAMPA FÉNIX S.C.M, RUT 76.140.173-4, respecto de las pertenencias mineras: “MARGARITA 61, 1”; “MARGARITA 61, 2”; “MARGARITA 61, 3”; “MARGARITA 61, 4”; “MARGARITA 61, 5”; “MARGARITA 61, 6”; “MARGARITA 61, 7A”; “MARGARITA 61, 7B”; “MARGARITA 61, 16”; “MARGARITA 61, 17”; “MARGARITA 61, 18”; “MARGARITA 61, 19”; “MARGARITA 61, 20”; “MARGARITA 61, 21A”, todas del grupo de pertenencias MARGARITA 61, 1 AL 30, inscrita a nombre del solicitante a fojas 1069, número 314 del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Minas de Taltal, la que se encuentra dividida según misma inscripción y cuya sentencia constitutiva y acta de mensura está inscrita a fojas 659 vuelta, número 113 del Registro de Propiedad del año 1993 del Conservador de Minas de Taltal. II.- Que se ordena la cancelación de las inscripciones relativas a las pertenencias mineras antes individualizadas, la que deberá materializarse en el Conservador de Minas de Taltal, y su eliminación del Rol Nacional correspondiente por parte del Servicio Nacional de Geología y Minería, debiendo obtenerse por el interesado, mediante el Portal Judicial, copias autorizadas de la presente sentencia, para dar cumplimiento a lo ordenado. III.- Derríbense en su oportunidad los hitos respectivos de las pertenencias mineras singularizados, afectas a la renuncia aprobada y aceptada, conforme lo Código: NXPXPZZJLL Este documento tiene firma electrónica y su

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-91-2024 CARATULADO : MINERA PAMPA FENIX S.C.M./ Taltal, diecinueve de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS 1º Que con fecha 28 de febrero de 2024 (Folio 1), compareció MINERA PAMPA FÉNIX S.C.M, RUT 76.140.173-4, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en calle General Manuel Baquedano N° 239, ofic

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