Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua

MEDINA CON CODELCO CHILE

Rol

S-9-2022

Fecha

10 de septiembre de 2024

Materia

Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Recargos, Reincorporación, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que en esta causa RIT S-9-2022, CARLOS ALBERTO MEDINA CISTERNA, cédula de identidad N° 15.126.045-4, trabajador, domiciliado en Tupanes N° 1297, Villa Los Arcángeles, Rancagua, interpone demanda por haber sido ejecutado su despido en represalia de su participación en la negociación colectiva no reglada verificada en julio y agosto de 2022, conforme el artículo 294, demanda por despido vulneratorio de su derecho a no ser discriminado por razones de sindicación, conforme a los artículos 2 y 489, y libertad de emitir opinión, según el artículo 485, todos del Código del Trabajo, en contra de CODELCO CHILE DIVISIÓN EL TENIENTE, Rut N° 61.704.000-K, representada por Andrés Music Garrido, cédula de identidad N° 14.119.532-8, ingeniero civil, ambos domiciliados en Millán N° 1020, Rancagua. Funda su demanda señalando que ingresó a trabajar para la demandada con fecha 16 de diciembre de 2010, para ejecutar labores de Operador Plazo Fijo en la Unidad Diablo Regimiento, siendo asignado al grupo 2; luego, es capacitado para ejecutar funciones en Planta de Chancado, de minicargador, Trame (explosivos), equipos LHD y Rikotus; que por su desempeño laboral se le otorgaron ascensos de escala los años 2013, Escala 4, y 2014, escala 5, siendo reemplazante de Líder de Cuadrilla de Reducción Secundaria; que en el año 2018, debido a la baja en la ley del Diablo Regimiento, se cambia a la Unidad Esmeralda, sección Teniente 6 Acarreo, siendo capacitado en el área de Buzones/Palanqueo, operador Telecomando y operador de camiones, y en noviembre de 2019 se le otorga la escala 6, reemplazando a fines de 2020 al Líder de Telecomando Buzones, y en marzo de 2021 es nombrado Líder titular, debiendo coordinar y agilizar carguíos de trenes y camiones, en trabajo conjunto con el Jefe de Turno del Nivel Producción, siempre recibiendo felicitaciones por su labor tanto de mi jefatura directa como de mis pares; que a pesar de lo anterior, no recibía un pago por el reemplazo, aun cuando lo solicit

Fundamentos

considerando que trabaja 24 días en un mes, su valor mensual asciende a $120.000.-, pues se trata de un beneficio avaluable en dinero según el artículo 172 del Código del Trabajo; además, la suma contempla el sobretiempo por su carácter permanente, formando parte de la jornada normal de trabajo, pues no se verifican las circunstancias especiales establecidas en los artículos 29 y 32 del Código del Trabajo. Que se desempeñó en las funciones descritas, aportando ideas de mejoras continuas, y en diferentes ocasiones a través de los años recibió cartas de reconocimiento por su trabajo, teniendo notas por desempeño que reflejan su buen desempeño laboral, teniendo siempre una participación sindical activa, ya que se instruía de los temas sindicales que le competían. Que en cuanto al despido, el día 07 de octubre de 2021, a eso de las 09:30 horas y mientras se encontraba ejecutando sus labores de coordinación, su jefe C. Cisterna lo llama, citándolo a una reunión a Colón, donde es notificado de su despido por Rodrigo Durán, Superintendente de Mina Central, quien le precede a entregar la carta de despido por la causal de necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, contemplada en el inciso 1° del artículo 161 del Código del Trabajo; acto seguido, fue escoltado por un trabajador Protección Planta, quien provisto de un arma de fuego lo lleva a su casillero para retirar sus pertenencias y ser trasladado a su domicilio. Que la carta de despido indica lo siguiente: “Como es de su conocimiento, Codelco es una empresa del Estado, cuyo giro principal es explorar, desarrollar y explotar recursos mineros, procesarlos para producir cobre refinado y subproductos, y luego comercializarlos a clientes en todo el mundo, con el objetivo de generar excedentes para el Estado de Chile. Pues bien, en el escenario económico y social que atraviesa el país luego del peak de la pandemia generada por la propagación del Covid-19, Codelco se ha comprometido a incrementar sus excedentes, para lo cual hemos debido profundizar el proceso de transformación de la Corporación, cuyo principal objetivo es convertirla en una de las compañías más rentables y sustentables de la industria minera. En este contexto, División El Teniente, en adelante también “la División”, se encuentra en una compleja situación. En efecto, desde el año 2018 ha tenido una caída sostenida en sus niveles de producción de aproximadamente un 4,7% (desde 465 mil toneladas métricas finas de cobre comercial en 2018 a 443 mil toneladas en 2020), esto derivado de un descenso en las leyes del mineral. Este fenómeno se acentuará en los años venideros, aumentando la caída en un 10% adicional al anteriormente nombrado. Conjuntamente, se proyecta un aumento en los costos de operación de un 20% respecto de 2020, como también crecientes requerimientos tanto comunitarios, ambientales y/o normativos. Todo lo anterior, hace necesario, perentoriamente, un aumento de la productividad para mitigar parcialmente la degradaci

Fallo

se acuerda una asamblea presencial para el día siguiente, para discutir última la oferta. Que en la asamblea del día 17, realizada a eso de las 11:00 horas en la sala de conferencias del sindicato y donde concurrieron aproximadamente 32 socios, fue presidida por el presidente Julio Jalil y asistieron Enrique Aballay, Luis Aravena y el director Claudio Flores; luego que se expuso nuevamente los principales aspectos de la negociación, donde cada dirigente expuso los puntos asociados a sus comisiones, es importante destacar lo opinado por el dirigente Claudio Flores, quien expuso “ Si me pregunta a mí, esta negociación es mala, en la comisión que estoy yo, no hay un recorrido claro para el tránsito de los buses”, para luego dar un ejemplo de una ruta tentativa de los buses, señalando “hay viejos que viven en Los Arcángeles y van a tener que caminar mucho más y nadie piensa en la seguridad”; que ante esto, le comenta que precisamente él vivo en ese lugar, entonces Claudio Flores le pide que le envíe su dirección para usarla de ejemplo, lo cual realizó, tomando a continuación la palabra otros dirigentes. Que a continuación, se dio la palabra a los socios del sindicato, en donde tuvo una participación importante, ya que junto al socio Pablo Reyes Miranda, quien estaba sentado a su derecha, fueron los dos trabajadores que más hicieron uso de la palabra en contra de la propuesta de Codelco, pues muchos puntos estaban con la frase se revisará o se estudiará, lo cual daba la impresión

Texto Completo (Preview)

Rancagua, diez de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que en esta causa RIT S-9-2022, CARLOS ALBERTO MEDINA CISTERNA, cédula de identidad N° 15.126.045-4, trabajador, domiciliado en Tupanes N° 1297, Villa Los Arcángeles, Rancagua, interpone demanda por haber sido ejecutado su despido en represalia de su participación en la negociación colectiva no reglada verificada en julio y agosto de 2

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