TEXTIL LONIA LIMITADA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE
Rol
I-226-2024
Fecha
6 de septiembre de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Victor Espinoza Martinez, Cédula de Identidad N° 9.292.209-K, abogado, domiciliado en la ciudad de Santiago, Avenida Isidora Goyenechea N° 3.120 Piso 16°, Comuna de Las Condes, en representación, según se acreditará, de la sociedad TEXTIL LONIA LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada del giro que indica su razón social, 2 representada por don Alvaro Enrique Pérez Hernández, abogado, ambos domiciliados en la ciudad de Santiago, Av. Presidente Kennedy N° 5413, local N° 483, comuna de Las Condes, Santiago, a US respetuosamente digo: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, vengo en interponer reclamo judicial en contra de la Resolución 6377/24/18 dictada con fecha 2 de Febrero de 2024, por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Oriente, representada por doña Gabriela Olave Rodríguez, funcionaria pública, ambas domiciliadas en esta ciudad, Avenida Vitacura N° 3.900, de la comuna de Vitacura. Explica que la reclamada aplicó una multa con el Número 1, ascendente a 40 UTM o $2.573.720 por infringir el Artículo 54 bis inciso tercero en relación al Artículo 506 del Código del Trabajo, consistente en: NO CONTENER LAS LIQUIDACIONES DE REMUNERACIONES UN ANEXO, QUE CONSTITUYE PARTE INTEGRANTE DE LAS MISMAS, LOS MONTOS DE LAS COMISIONES QUE RECIBE EL TRABAJADOR, JUNTO AL DETALLE DE CADA OPERACIÓN QUE LE DIO ORIGEN Y LA FORMA EMPLEADA PARA SU CÁLCULO, SEGÚN EL SIGUIENTE DETALLE: DEL PERIODO DE AGOSTO 2023 A DICIEMBRE 2023 EMPLEADOR EXHIBE LIQUIDACIONES DE SUELDO CON RESPECTO A LOS TRABAJADORES DON DIEGO ACEVEDO ESPINOZA RUT: 16.811.845-7, DON ALBERTO DAVILA GUARATA RUT: 26.130.571-2, DON SALVADOR SEPULVEDA PALMA RUT: 20.680.273-1 Y DON DARWIN LUJAN SANCHEZ RUT: 23.458.336-0, CONSTATANDO QUE PERCIBEN BONO VARIABLE, EL CUAL SE ENCUENTRA DENOMINADO COMO "COMISIÓN VENDEDOR" EN LAS RESPECTIVAS LIQUIDACIONES DE SUELDO, NO HACIENDO ENTREGA LA EMPRESA DEL ANEXO DE CÓMO SE DETERMINARON DICHOS BONOS. Solicita dejarla sin efecto puesto que si bien es efectivo lo indicado por la fiscalizadora, en cuanto a que no se exhibieron los cálculos de comisiones anexos a cada liquidación mensual en formato papel, el empleador cumple con dicha obligación de forma alternativa, manteniendo la plataforma virtual https//Krem.kpmg.com, en la que se encuentran detalladas en forma pormenorizada todas las ventas que dan lugar a las comisiones del trabajador, y los cálculos de dichas comisiones, a los que este accede en cualquier tiempo y con total libertad, con una clave o contraseña privada, lo que le permite revisar y reclamar si esta disconforme, lo que nunca se produjo en este caso, ya que los trabajadores nunca estuvieron disconformes con sus comisiones ni lo manifestaron así al empleador. Indica que debido al volumen de la información este es un sistema amable con ambos usuarios y ambientalmente sustentable, que ha generado una relación apropiada con los trabajadores comisionistas, no registrando l
Fallo
Por tanto, y conforme lo establecido en los artículos 1, 3, 5, 54, 55, 58, 415, 420, 423 456, 452, 496, 503, 505, 506 y demás procedentes del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE PARCIALMENTE, la reclamación de la resolución de multa Resolución 6377/24/18 dictada con fecha 2 de Febrero de 2024, solo en aquella parte en que se fija como multa la suma de 40 UTM; rebajándose prudencialmente por las razones expuestas, a una multa de 10 UTM (diez unidades tributarias mensuales), por la infracción constatada. II. Que, atendido a lo resuelto, cada parte se hará cargo de sus costas. Notifíquese por correo electrónico, regístrese y comuníquese. RIT I-226-2024 RUC 24- 4-0560419-8 Dictada por Antonieta NUÑEZ OLAVE, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, seis de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Victor Espinoza Martinez, Cédula de Identidad N° 9.292.209-K, abogado, domiciliado en la ciudad de Santiago, Avenida Isidora Goyenechea N° 3.120 Piso 16°, Comuna de Las Condes, en representación, según se acreditará, de la sociedad TEXTIL LONIA LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada del gir
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