Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

VALLEJOS/SARDINA

Rol

O-1590-2023

Fecha

9 de septiembre de 2024

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones, Subterfugio

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos. El Tribunal hace lugar a la petición de la demandante y procederá a dictar sentencia. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANO:      PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se llevó a efecto audiencia preparatoria de juicio en autos, iniciados mediante demanda por despido indirecto, nulidad del despido, cobro de prestaciones y declaración de un solo empleador para fines laborales y previsionales deducida por SANDRA MAIBEL VALLEJOS MAMANI, boliviana, desempleada, soltera, cédula de identidad boliviana N.° 7.289.378, con domicilio para estos efectos en calle Arturo Prat N.° 461, Oficina 501, Antofagasta, en contra de SANDRA ROSMERY SARDINA ECHAZU, cédula de identidad N.° 24.142.087-6, con domicilio en calle Avenida Almirante Juan José Latorre N.° 2425, Oficina Segundo Piso, Antofagasta, y solidariamente de conformidad al artículo 3°del Código del Trabajo en contra de LEONARDO ARMANDO CONTRERAS PIZARRO, RUT N.° 5.846.903-3, con domicilio en Avenida Almirante Juan José Latorre N.° 2425, Oficina Segundo Piso, Antofagasta. SEGUNDO: Que, las demandadas fueron válidamente notificadas de conformidad al artículo 439 el Código del Trabajo, según consta a folio 58 a 62 del expediente digital. TERCERO: Que, es necesario tener presente, que habiendo sido legalmente notificadas las demandadas y al no haber contestado la demanda ni comparecido a la audiencia preparatoria, se entienden en rebeldía, precluyendo de esta forma su derecho de controvertir los hechos expuestos en el libelo interpuesto en su contra; en virtud de ello y en atención a los Principios de Celeridad y de Tutela Judicial Efectiva que informan nuestra nueva judicatura laboral; se estimó que no existían hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, dando por concluida la audiencia de juicio respectiva y, acto seguido, se procedió a dictar sentencia. CUARTO: Que, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 453 N.º 1 párrafo séptim

Fallo

fallo las menciones a que hace referencia los números 3 y 4 de la misma disposición.      Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7 a 10, 41, 73, 161, 162, 168, 171, 172, 423, 425 a 432, 446, 453 y 459 del Código del Trabajo y 15 y 17 de la Ley N.° 19.728, se resuelve: I.- Que, se acoge demanda interpuesta por ROMINA DANIELA ARCE OLIVARES, cédula de identidad N.° 17.847.144-9, en contra de VIVA MAS SPA. RUT N.° 76.802.344-1, representada legalmente por don Antonio Latorre Neira, y AGE BACK SERVICIOS MEDICOS SPA, RUT N.° 76.537.705-6, todos ya individualizados, en todas sus partes y en consecuencia se declara que las demandadas deben ser consideradas como un solo empleador para fines laborales y previsionales, la nulidad del despido, el despido indirecto ajustado a derecho y se les condena a pagar solidariamente los siguientes valores por el concepto que en cada caso se indica: Nulidad del despido: La suma de $575.000.- desde la fecha del despido indirecto, esto es, desde el día 05 de octubre de 2023 a la fecha que se paguen las cotizaciones adeudadas y se comunique personalmente o mediante carta certificada enviada al domicilio del demandante, acompañando la documentación emitida por las instituciones previsionales correspondiente en que conste la recepción de dicho pago. Además, se ordena el pago de: 1. Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $575.000.- 2. Feriado proporcional por 10 días por la suma de $191.660.- 3. Las horas extraordinari

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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA PREPARATORIA DE JUICIO ORAL FECHA Antofagasta, seis de Septiembre del año dos mil veinticuatro. MAGISTRADO CARLOS CAMPILLAY ROBLEDO INICIO 11:30 HORAS TERMINO 11:45 HORAS ENCARGADO DE ACTA Igor Luza Yutronic SALA 5 RUC 23-4-0527196-6 RIT O-1590-2023 REGISTRO DE AUDIO N° 2340527196-6-1335 PARTES INDIVIDUALIZ

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