1º Juzgado Civil de Temuco

BECKER/BANCO DE CHILE

Rol

C-3584-2024

Fecha

14 de agosto de 2024

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece OSCAR WILIBALDO BECKER WEISSER, chileno, casado, contador, cédula de identidad de N°5.934.263-0, domiciliado en calle Doña Enriqueta N°2886, comuna de Temuco, demandando la declaración de prescripción extintiva de la acción de cobro en contra de BANCO DE CHILE S.A., del giro de su denominación, representada legalmente por doña ANNAI ELENA MORALES CEA, , ambos domiciliados para estos efectos en calle Antonio Varas N°818, comuna de Temuco. Explica que con fecha 14 de abril del año 1998, CORPORACIÓN FINANCIERA ATLAS S.A., interpuso una demanda especial hipotecaria en su contra, indicándose el seguimiento de la normativa correspondiente al título XIII del DFL 3 del año 1997 y la Ley General de Bancos. En dicha demanda se expone como fundamento que, mediante escritura pública de fecha 26 de abril del año 1996 otorgada ante Notario Público de la comuna de Temuco, don FRANCISCO JAVIER SOLÍS GERMANI, CORPORACIÓN FINANCIERA ATLAS S.A., dio en mutuo a su persona la cantidad de 810 unidades de fomento, procediendo a señalar fechas en las que se suscribieron letras de crédito nominales al efecto y las tasas de interés a las que dicho monto estaría afecto. Informa que, mediante dicho instrumento, en forma de garantía de las obligaciones nacidas de dicho contrato de mutuo, constituyó en favor de la demandada, en primer lugar, hipoteca de primer grado respecto al inmueble ubicado en calle Enriqueta N°2886, sitio N°60 del plano de loteo “MARTIN HIRIART” de la comuna de Temuco, inscrita a fojas 3.742 vuelta N°3.799 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Dicha hipoteca se encuentra inscrita a fojas 2.510 vuelta N°2.050 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Temuco. En segundo lugar, constituyó hipoteca de segundo grado en favor de la demandada, con cláusula de garantía general, inscrita a fojas 2.511 N°2.051 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Temuco.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, teniendo presente que estos autos ha existido allanamiento total de la demandada en relación a lo propuesto por la demandante, se dará aplicación a lo dispuesto en el artiuclo 313 del Codigo de Procedimiento Civil, es decir,

Fallo

se falla ha lugar al incidente de abandono del procedimiento, declarándose que han pasado más de tres años contados desde la última gestión útil por parte del ejecutante, dando ello fe a la larga data de la deuda señalada en autos. Aquello culmina en fecha 03 de junio del año 2024, mediante resolución emitida por el Primer Juzgado Civil de Temuco en la cual se certifica que dicha sentencia interlocutoria se encuentra firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. Que, desarrollado ya lo anterior, cabe señalar que la deuda que lo persigue se encuentra completamente prescrita. La primera vez que dejó de pagar la cuota del mutuo pactado, haciéndose completamente exigible el crédito e iniciando su acción hipotecaria la entonces acreedora CORPORACIÓN FINANCIERA ATLAS S.A., fue durante el año 1998, hace ya 26 años. Habiendo transcurrido esa cantidad de tiempo sin que la hoy demandada hiciese valer y buscase activamente el cobro de su crédito mediante el procedimiento existente y hoy abandonado, no permite más que concluir que corresponde la prescripción extintiva de la acción de cobro de la deuda habida, la cual no puede concebirse siga activa después de 26 años de desarrollo judicial infructuoso. Invoca los artículos 2514, 2515, 2516, 1567, 2503 del Código Civil y solicita, se declare prescrita la acción ordinaria del mutuo hipotecario, se ordene la cancelación de la garantía hipotecaria y de la prohibición de enajenar inscritas en el Primer Conservador de Bienes Raíces de T

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C-3584-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : C-3584-2024 CARATULADO : BECKER/BANCO DE CHILE Temuco, catorce de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 comparece OSCAR WILIBALDO BECKER WEISSER, chileno, casado, contador, cédula de identidad de N°5.934.263-0, domiciliado en calle Doña Enriqueta N°2886, comuna de Temuco, demandando la declaraci

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