CABRERA/ALIMENTOS FOOD SOLUTION SPA EN LIQUIDACIÓN CONCURSAL
Rol
O-1723-2024
Fecha
6 de septiembre de 2024
Materia
Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos. Primero: Que compareció ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, don Ángel Antonio Videla Landero, en representación de doña KATERINE ESTEFANIE CABRERA MUÑOZ, ambos domiciliados para estos efectos en, calle Huérfanos 1178, oficina 309, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien ha interpuesto demandada de declaración de relación laboral y cobro de indemnizaciones y prestaciones, en contra de ALIMENTOS FOOD SOLUTION SPA, empresa en procedimiento de liquidación concursal, cuyo liquidador titular es, don Francisco Javier Conejeros Simón, domiciliados en Avenida la Dehesa número 1201, oficina 719, comuna de Lo Barnechea, de la cuidad de Santiago. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 9, 163 Bis, y siguientes, 420, 425, 456 y 459 y demás normas aplicables del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se declara la existencia de la relación laboral entre la demandante KATERINE ESTEFANIE CABRERA MUÑOZ, y la parte demandada ALIMENTOS FOOD SOLUTION SPA, desde el 01 de marzo de 2011 hasta el 25 de agosto de 2023. II.- Que el término del vínculo laboral entre las partes se produjo el 25 de agosto de 2023 por la causal del artículo 163 bis del Código del Trabajo, esto es, por la declaración de sometimiento de la demandada a procedimiento de liquidación concursal, en los autos Rol N° C-7471-2023 seguidos ante el 14° Juzgado Civil de Santiago. III.- Que como consecuencia de lo anterior, se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. Remuneraciones devengadas e insolutas desde el 25 de agosto de 2023 hasta el término del fuero maternal de la actora el 16 de agosto de 2024, por la suma total de $7.583.543, en virtud de lo dispuesto en el artículo 163 bis N° 4 del Código del Trabajo, b. Indemnización por años de servicios, por la suma de $7.109.575 c. Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $646.325 d. Feriado legal, por la suma de $947.936 e. Feria
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 9, 163 Bis, y siguientes, 420, 425, 456 y 459 y demás normas aplicables del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se declara la existencia de la relación laboral entre la demandante KATERINE ESTEFANIE CABRERA MUÑOZ, y la parte demandada ALIMENTOS FOOD SOLUTION SPA, desde el 01 de marzo de 2011 hasta el 25 de agosto de 2023. II.- Que el término del vínculo laboral entre las partes se produjo el 25 de agosto de 2023 por la causal del artículo 163 bis del Código del Trabajo, esto es, por la declaración de sometimiento de la demandada a procedimiento de liquidación concursal, en los autos Rol N° C-7471-2023 seguidos ante el 14° Juzgado Civil de Santiago. III.- Que como consecuencia de lo anterior, se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a. Remuneraciones devengadas e insolutas desde el 25 de agosto de 2023 hasta el término del fuero maternal de la actora el 16 de agosto de 2024, por la suma total de $7.583.543, en virtud de lo dispuesto en el artículo 163 bis N° 4 del Código del Trabajo, b. Indemnización por años de servicios, por la suma de $7.109.575 c. Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $646.325 d. Feriado legal, por la suma de $947.936 e. Feriado proporcional, por la suma de $258.528 f. Remuneraciones mensuales insolutas de octubre a diciembre de 2022, y de enero a julio 2023, por la suma de $6.463.250 g. 25 días de agosto de 2023, por la
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO Procedimiento Ordinario (Audiencia Telemática) FECHA 04/09/2024, Santiago RUC 24-4-0556492-7 RIT O-1723-2024 CARATULADO CABRERA/ALIMENTOS FOOD SOLUTION SPA EN LIQUIDACIÓN CONCURSAL MAGISTRADO CAROLINA DONOSO ORTEGA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CARLOS URZUA TORO HORA DE INICIO 13:07 HORA DE TERMINO 13:36 SALA 6.3
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