BARRAZA/
Rol
V-102-2023
Fecha
13 de agosto de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1° Que con fecha 29 de diciembre de 2023 a las 17:35 horas, comparece don LUIS HUMBERTO BARRAZA MUÑOZ, cédula de identidad N°9.296.457-4, Chileno, casado, empleado, domiciliado en Gregorio Cordovez 672 Oficina 391-B, La Serena, en representación de la CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, Empresa del Estado, minera, industrial y comercial creada por Decreto Ley 1.350, publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de Febrero de 1976, del mismo domicilio, quien expone que por orden y encargo de la Corporación Nacional del Cobre de Chile, Codelco-Chile solicita constituir una concesión minera de exploración de sustancias concesibles en terrenos fiscales, abiertos e incultos, señalando que en terrenos ubicados en la comuna de Andacollo, Provincia de Elqui, Cuarta Región de Coquimbo, se encuentra el punto medio de la superficie que solicita, acotando que las coordenadas U.T.M., son: Norte 6.636.500,00 metros y Este 295.500,00 metros. Agrega, que el terreno que pretende explorar tiene la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros y Este-Oeste U.T.M. medirán 3.000 metros. Señala que la concesión de exploración abarcará una superficie de 300 hectáreas y que la denominará “JADABA J 6”. 2° Que, con fecha 29 de enero de 2024, se inscribió el pedimento a fojas 08, bajo el número 04, Repertorio N°08-2024, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Andacollo correspondiente al año 2024, según consta en presentación de fecha 23 de marzo de 2024, folio N°6. 3° Que, con fecha 08 de febrero de 2024 se publicó el pedimento así inscrito, en el Boletín Oficial de Minería Nº43.771 Así mismo, con fecha 12 de enero de 2024 se enteró la tasa correspondiente al pedimento, en tanto que consta en autos que con fecha 12 de marzo de 2024, se pagó la patente proporcional referida en el artículo 144 del Código de Minería, acompañando, además, los planos respectivos. Código: XVTDXPUYZFJ Este docume
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, del estudio de los antecedentes especificados, se desprende que no existen ilegalidades o faltas sobre las que el Tribunal deba pronunciarse, de conformidad a lo prescrito por el artículo 57 del Código de Minería. Código: XVTDXPUYZFJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, asimismo, se advierte que no se ha incurrido en la tramitación en vicios procesales o adjetivos, que resten valor al procedimiento, ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que, en consecuencia, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas por la ley minera, tanto en tiempo como en forma. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería; artículos 1, 2, 42, y 43 de su Reglamento y artículos 1, 2, 5 y 10 de Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras,
Fallo
SE RESUELVE: I. Que se declara constituida la concesión minera de exploración denominada “JADABA J 6”, en favor de de la CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE, CODELCO-CHILE, cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio son: Norte 6.636.500,00 metros y Este 295.500,00., pedimento comprendido dentro de un rectángulo, que mide 1.000 metros con orientación Norte a Sur U.T.M. y 3.000 metros con orientación Este-Oeste U.T.M, con una superficie total de 300 hectáreas, ubicadas en comuna de Andacollo, Provincia de Elqui, Región de Coquimbo, siendo las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración, las indicadas precedentemente, y la relación entre el punto medio (PM) y el vértice V1, las indicadas en el numeral 4° de la parte expositiva de este fallo. II. Que se aprueba el plano acompañado en autos con fecha 23 de marzo de 2024. III. Extráctese la presente sentencia constitutiva por el Señor Secretario Subrogante del Tribunal, o quien la reemplace en sus funciones, en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería. IV. Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Andacollo y archívese una copia del plano respectivo. V. Remítase por el interesado, el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Rol V-102-2023.
Texto Completo (Preview)
FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de letras y garantía de Andacollo CAUSA ROL : V-102-2023 CARATULADO : BARRAZA/ Andacollo, trece de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: 1° Que con fecha 29 de diciembre de 2023 a las 17:35 horas, comparece don LUIS HUMBERTO BARRAZA MUÑOZ, cédula de identidad N°9.296.457-4, Chileno, casado, empleado, domiciliado en Gregorio Cordovez
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