1º Juzgado Civil de Viña del Mar

CLINICA CIUDAD DEL MAR S.A/CID

Rol

C-5626-2023

Fecha

13 de agosto de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, con fecha 22 de noviembre de 2023, se ha iniciado este proceso Rol N°C-5626-2023, por demanda ejecutiva interpuesta por In s Eugenia Roblesé Carrasco, Run N°17.559.911-8, abogada, en representaci n convencional comoó mandataria judicial de CLINICA CIUDAD DEL MAR S.A., Rut 96.885.950-1, del giro de su denominaci n, representada legalmente por don ó Victor Valle Rohde, Ingeniero Biom dico, todos domiciliados, para estos efectos, en é Avenida Err zurizá 1178, Edificio Olivari, Piso 7, Oficina 74, Valpara soí , en contra de do a ñ AMEDY ANABELLA CID FERN NDEZÁ , Run N° 8.416.379-1, cuya profesi n u oficioó desconoce, en calidad de suscriptora, con domicilio en Pasaje Don Jos 931,é comuna de Villa Alemana. Que, con fecha 01 de diciembre de 2023, a folio 8, se le notificó personalmente la demanda de autos a la ejecutada. Que con fecha 11 de diciembre de 2023, folio 9, la ejecutada opuso las excepciones consagradas en los numerales 7 y 11 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil. Que con fecha 18 de diciembre de 2023, a folio 14, la parte demandante evacu el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas.ó Que con fecha 22 de diciembre de 2023, folio 15, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Que con fecha 17 de julio de 2024, folio 23, se cit a las partes para o ró í sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: DSRXXPXMDXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Primero: Demanda ejecutiva. Que con fecha 22 de noviembre de 2023, a folio 1, comparece do a In s Eugenia Robles Carrasco, Run N°17.559.911-8,ñ é abogada, en representaci n convencional como mandataria judicial de ó CLINICA CIUDAD DEL MAR S.A., Rut 96.885.950-1, del giro de su denominaci n,ó representada legalmente por don V ctor Valle Rohde, ya individualizados, í interpone demanda ejecutiva en contra de do a ñ AMEDY ANABELLA CID FERN NDEZÁ , ya individualizada, en virtud de las siguientes consideraciones de hecho y derecho. Explica que su representada es due a del Pagar Nº 0141778, suscrito porñ é do a Amedy Anabella Cid Fernandez, ya individualizada, que el referido Pagarñ é fue suscrito originalmente por la suma de $22.674.825 (Veintid s millonesó seiscientos setenta y cuatro mil ochocientos veinticinco pesos), con sus intereses incluidos, que debi ser pagado en una nica cuota, teniendo fijada como fecha deó ú pago el d a 16 de octubre del a o 2023.í ñ Refiere que se estipul que en caso de mora o simple retardo en el pago deó todo o parte del capital, dar derecho a su patrocinada, para exigir de inmediatoá como si fuere plazo vencido el total de la obligaci n que estuviere pendiente.ó Sucediendo que el presente pagar devengar a contar de la fecha de inicio de laé á mora hasta su completo y efectivo pago, el inter s m ximo convencional queé á corresponda. Recalca que, la firma de la suscriptora fue autorizada ante Notario P blico,ú raz n por la cual el Pagar tiene m rito ejecutivo en contra de esta; y que laó é é obligaci n es l quida, actualmente exigible, el t tulo es ejecutivo y la acci n no seó í í ó encuentra prescrita.

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Que con fecha 17 de julio de 2024, folio 23, se cit a las partes para o ró í sentencia. CONSIDERANDO: Código: DSRXXPXMDXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Primero: Demanda ejecutiva. Que con fecha 22 de noviembre de 2023, a folio 1, comparece do a In s Eugenia Robles Carrasco, Run N°17.559.911-8,ñ é abogada, en representaci n convencional como mandataria judicial de ó CLINICA CIUDAD DEL MAR S.A., Rut 96.885.950-1, del giro de su denominaci n,ó representada legalmente por don V ctor Valle Rohde, ya individualizados, í interpone demanda ejecutiva en contra de do a ñ AMEDY ANABELLA CID FERN NDEZÁ , ya individualizada, en virtud de las siguientes consideraciones de hecho y derecho. Explica que su representada es due a del Pagar Nº 0141778, suscrito porñ é do a Amedy Anabella Cid Fernandez, ya individualizada, que el referido Pagarñ é fue suscrito originalmente por la suma de $22.674.825 (Veintid s millonesó seiscientos setenta y cuatro mil ochocientos veinticinco pesos), con sus intereses incluidos, que debi ser pagado en una nica cuota, teniendo fijada como fecha deó ú pago el d a 16 de octubre del a o 2023.í ñ Refiere que se estipul que en caso de mora o simple retardo en el pago deó todo o parte del capital, dar derecho a su patrocinada, para exigir de inmediatoá como si fuere plazo vencido el total de la obligaci n que estuvi

Texto Completo (Preview)

FOJA: 18 .- dieciocho .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-5626-2023 CARATULADO : CLINICA CIUDAD DEL MAR S.A/CID Vi a del Marñ , trece de Agosto de dos mil veinticuatro VISTO: Que, con fecha 22 de noviembre de 2023, se ha iniciado este proceso Rol N°C-5626-2023, por demanda ejecutiva interpuesta por In s Eugenia Roblesé Carrasco, Run N°17.559

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