4º Juzgado Civil de Valparaíso

CANALES/CANALES

Rol

C-1905-2022

Fecha

12 de agosto de 2024

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: En lo principal del folio 1, rectificado a folio 21, comparece Fernando Rodolfo Mart nez Olmos, abogado en representaci n de don í ó JORGE BERNARDO CANALES GUERRERO, c dula de identidad Né º 8.253.411-3, chileno, soltero, pensionado, con domicilio en Avenida Armando Celis N 2200, El Tabo. Valpara so, quien interpone de demandaº í de nulidad absoluta de contrato por simulaci n, en juicio ordinario deó mayor cuant a en contra de don í FERNANDO ALEJO CANALES GUERRERO, c dula de identidad N 8.708.720-4, con domicilio en Calleé º Condell N 38, departamento 403, Recreo, Vi a Del Mar, a fin que seº ñ declare la nulidad absoluta del contrato de compraventa de 17 de febrero del a o 2015, por falta de causa y simulaci n, aparentemente celebradoñ ó entre don Jos Manuel Canales Sotelo, como vendedor y don Fernandoé Canales Guerrero, como comprador que recay sobre el inmueble ubicadoó en calle Doctor Guillermo M nich N 391, Valpara so, y en consecuencia,ú º í que se cancele la inscripci n de dominio a nombre de Fernando Alejoó Canales Guerrero rolante a fojas 2708 vuelta n mero 723 correspondienteú al Registro de Propiedad del a o 2015 del Conservador de Bienes Ra ces deñ í Valpara so.í A folio 23, mediante presentaci n de 13 de junio de 2023, eló demandado contest la demanda solicitando su total rechazo, con costas.ó A folio 25, mediante presentaci n de 20 de junio de 2023, la parteó demandante evacu el tr mite de la r plica.ó á é A folio 27, mediante presentaci n de 29 de junio de 2023, eló demandado evacu el tr mite de la d plica.ó á ú Ley 20426 Art. 1 Nº 1 D.O. 20.03.2010 Código: JKEVXPKJZKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl javascript:window.parent.NavegarNorma(%221011882%22,%228900643%22,%222010-03-20%22,%22%22,false,%22_blank%22) javascript:window.parent.NavegarNorma(%221011882%22,%228900643%22,%222010-03-20%22,%22%22,false,%22_blank%22) javascript:window.parent.NavegarNorma(%221011882%22,%22890064

Fundamentos

Considerando: Primero. De la demanda: Que se ha deducido demanda de nulidad absoluta de contrato de compraventa por don Fernando Rodolfo Mart nezí Olmos, abogado, en representaci n de don ó JORGE BERNARDO CANALES GUERRERO en contra de FERNANDO ALEJO CANALES GUERRERO, todos ya individualizados. Funda su demanda se alando que por escritura p blica de fecha 17ñ ú de febrero del a o 2015, Repertorio N 518-2015, ante el notario p blicoñ ° ú don Manuel Placencio Pe aloza, notario suplente de notario titular donñ Ricardo Maure Gallardo, el demandado y su padre celebraron contrato de compraventa de derechos de la propiedad ubicada en el cerro Alegre, Valpara so, en calle Doctor Guillermo M nich 391, que corresponde alí ú chalet n mero doce del plano agregado con el n mero 1.235 al registro deú ú documentos del a o 1.965 del Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so,ñ í í Rol de Avalu N 3085-8, actuando como vendedor don Jos Manueló º é Oniva Canales Sotelo, su padre, y como comprador don Fernando Alejo Canales Guerrero, cuyo t tulo de la compraventa de Derechos quedoí inscrita a fojas 2708 vuelta, n mero 723 en el Registro de Propiedades delú Conservador de Bienes Ra ces de Valpara so del a o 2015. La propiedad ení í ñ cuesti n antes de la compra simulada de derechos, se ala por sucesi nó ñ ó hereditaria como copropietarios a don Jos Manuel Oniva Canales Sotelo,é Código: JKEVXPKJZKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1905-2022 Carlos Jos Canales Guerrero, Sof a Cecilia Canales Guerrero, Jorgeé í Bernardo Canales Guerrero y Fernando Alejo Canales Guerrero. Se ala que el contrato de compra de derechos mencionada, fueñ celebrado entre su padre Jos Manuel Oniva Canales Sotelo y su hermanoé Fernando Alejo Canales Guerrero, el demandado en autos. Indica que, su padre a su hermano, dolosamente simul vender susó derechos, acordando un precio menor por los derechos que a l leé pertenec an, quien gozaba del porcentaje como c nyuge sobreviviente uní ó 16,666%, seg n orden de sucesi n de herencia de la posesi n efectiva folioú ó ó 00172667495 de su difunta madre do a Sof a Emperatriz Guerreroñ í Valenzuela, m s el 50% que le correspond a del patrimonio del matrimonio,á í lo que hacen un total de 66.666%, con el prop sito de evitar que losó derechos que le pertenec an a su padre fueran repartidos equitativamenteí con sus dem s hijos. En el caso de la compraventa de derechosá individualizada en el punto 1, tuvo un precio simulado de $8.000.000, siendo que el precio de venta solo de los derechos de su padre a la fecha de celebraci n en atenci n a su porcentaje sucesorio, debi ser al menos deó ó ó $16.692.391, esto es el doble de lo que se acord entre su padre y eló demandado, que no pag , debido que el aval o fiscal al a o 2015 es deó ú ñ $25.038.837, el valor pagado no alcanza a cubrir ni siquiera el porcentaje que le corresponder a del avalu fiscal a la fecha de la compra, siní ó mencionar que e

Fallo

se declara en la escritura en su cl usulaá á TERCERA que el comprador ha pagado al vendedor en dinero y en“ diversas cuotas anteriores a la fecha de la celebraci n del contrato deó compraventa de derechos”, sin precisar el monto de las cuotas o el n meroú de ellas. Adem s, el valor, seg n el avalu fiscal del inmueble a la fecha deá ú ó Código: JKEVXPKJZKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1905-2022 la celebraci n de la compra de derechos es de $25.038.837, como seó acredita con el avalu fiscal del primer semestre del a o 2015. Asimismo, eló ñ comprador es hijo del vendedor, su hermano, no existiendo registro alguno de dep sitos pagados a su padre sea en dinero en cuotas o en efectivo,ó siendo su padre un hombre muy ordenado con sus documentos, una vez fallecido no se encontr vestigio alguno de tal cumplimiento. Asimismo, eló comprador a la fecha de la compra no ten a la capacidad econ mica paraí ó comprar los derechos, viv a en la misma propiedad, si bien en aquelí entonces ten a 55 a os, no contaba con un trabajo que le permitiera pagarí ñ cuotas para cubrir una deuda de $8.000.000 Denuncia que existe un acto simulado y no la supuesta compra de derechos se alada por las partes, y como este es un acto simulado, cabeñ entonces observar cual es la voluntad real de las partes, la que mediante este acto trataban nicamente de sacar del patrimonio de su padre el bienú inmueble, buscando solamente perjudicar su po

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C-1905-2022 FOJA: 89 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-1905-2022 CARATULADO : CANALES/CANALES Valpara soí , doce de Agosto de dos mil veinticuatro Visto: En lo principal del folio 1, rectificado a folio 21, comparece Fernando Rodolfo Mart nez Olmos, abogado en representaci n de don í ó JORGE BERNARDO CANALES GUERRERO, c dula de identidad

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