2º Juzgado Civil de Talcahuano

OLATE/

Rol

V-74-2023

Fecha

12 de agosto de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Solicitud presentada. En folio 1, compareció Tahia Scarlett Olate Flores, estudiante, RUN N°20.439.389-3, soltera, domiciliada en calle N°3, 1682 Brisas del Mar, comuna de Talcahuano, formulando solicitud de cambio de su apellido paterno para quedar en definitiva como Tahia Scarlett Parada Flores. Argumenta su accionar, en el hecho de que desde los 3 años no ha tenido contacto con su padre biológico, ni emocional ni económicamente, siendo el cónyuge de su madre, Rene Alejandro Parada Inostroza, quien ha suplido el rol de padre haciéndose cargo de todas y cada una de sus necesidades, aun en su estado de enfermedad (leucemia). Sostiene, que desde hace más de 5 años que se ha presentado en sociedad con el apellido Parada, y que la utilización del apellido Olate le causa un profundo dolor y menos cabo moral. En cuanto a derecho ampara su petición en el artículo 1º letra b) de la Ley Nº17.344. Por lo anterior, pide, en definitiva, se acoja su solicitud de cambio de su apellido paterno Olate por Parada para quedar en definitiva como Tahia Scarlett Parada Flores. SEGUNDO: Análisis de los antecedentes y razonamiento para resolver. 1) En primer término, conforme a las argumentaciones de hecho expuestas se colige que el solicitante se ampara en lo establecido en la letra b) del artículo 1° de la Ley N°17.344. 2) Así, a folio 1, acompaña su certificado de nacimiento, en que consta su inscripción bajo el N°2.217, Registro S del año 2000 del Servicio de Registro Civil e Identificación, circunscripción Presidente Ríos. 3) En el mismo folio precedente, también acompañó: Certificado de matrimonio, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, de René Alejandro Parada Inostroza y Priscila Elizabeth Flores Fica. Código: DULMXPBKVJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4) A su vez, a folios 8, 13 y 16, rolan oficios de Fiscalía Nacional de Chile Carabineros de Chile y Policía de Investigaciones de Chile, respectivamente, los cuales dan cuenta que la solicitante no se encuentra procesada o formalizada, ni tiene condenas pendientes u órdenes de arresto o detención pendientes. 5) Luego, consta a folio 19 que se efectuó publicación en el Diario Oficial, como lo ordena el artículo 2 de la ley 17.344, sin que, dentro del término de treinta días contados desde la fecha de publicación del aviso indicado, alguna persona se haya opuesto a la solicitud de cambio de nombre, según consta de certificación de folio 35. 6) Luego, a folio 28, en la prueba de información sumaria de testigos, se da cuenta de la comparecencia de Gisela del Pilar Cisternas Ramos y María Angélica Fica Álvarez, quienes afirmaron de forma conteste que, por conocer desde pequeña a la solicitante, les consta que hace más de 5 años ella se ha presentado y ha sido conocida con el apellido Parada, y que ha sido el cónyuge de su madre, Rene Alejandro Parada Inostroza, quien ha ejercido en su vida el

Texto Completo (Preview)

FOJA: 45 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Talcahuano CAUSA ROL : V-74-2023 CARATULADO : OLATE/ Talcahuano, doce de Agosto de dos mil veinticuatro VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Solicitud presentada. En folio 1, compareció Tahia Scarlett Olate Flores, estudiante, RUN N°20.439.389-3, soltera, domiciliada en calle N°3, 1682 Brisas del Mar, comuna de Talcahuano, for

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