3º Juzgado de Letras de la Serena

ZEPEDA/

Rol

V-88-2024

Fecha

12 de agosto de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 02 de mayo deó 2024, comparece Camila Raquel Alfaro Cazaux, abogada, domiciliada en Avda. Juan Cisternas 2283, Local 2ª, Edificio Atrium, La Serena, en representaci n convencional de don ó Manuel Zepeda Albarnez, jubilado, domiciliado en Camilo Henr quez S/N Chungungo, La Higuera;í solicitando autorizaci n judicial para suplir la autorizaci n de do a Aidaó ó ñ Deidamia Arancibia Morgado, chilena, casada, labores de hogar, cedula de identidad n mero 4.028.684-5, domiciliada en Camilo Henr quez S/Nú í Chungungo, La Higuera; en la enajenaci n del bien ra z ubicado enó í Pasaje M rmol n mero dos mil quinientos ochenta y dos, queá ú corresponde al Sitio 1 de la Manzana D del Conjunto Habitacional Santo Domingo, Compa a Alta La Serena, y que corresponde a lañí Sociedad Conyugal existente con el solicitante, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 1749 siguientes del C digo Civil; conforme aí ó los argumentos de hecho y derecho que expone. Se ala que con fecha 03 de noviembre de 1954 su representadoñ don Manuel Zepeda Albarnez y do a Aida Deidamia Arancibiañ Morgado contrajeron matrimonio, seg n consta en la inscripci n deú ó Código: MUKQXPBXWHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Matrimonio N°43 del a o 1954 de la circunscripci n de La Higuera,ñ ó bajo el r gimen de Sociedad Conyugal.é Refiere que con fecha 13 de abril del a o 2005, don Manuelñ Zepeda Albarnez, adquiri la propiedad ubicada en pasaje M rmoló á N°2.582, que corresponde al Sitio N°1 de la Manzana del Conjunto Habitacional Santo Domingo, del plano de loteo que se encuentra agregado bajo el numero doscientos setenta y dos del a o dos milñ cuatro y numero cincuenta tres del a o dos mil cinco, al final delñ Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de La Serena;í cuyo deslindes son los siguientes: AL NORTE, en catorce coma cinco metros con sitio n meros dos de la manzan

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en apoyo a la solicitud, se acompa aron enñ autos los siguientes documentos, individualizados como: Código: MUKQXPBXWHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 1. Certificado de Matrimonio de Aida Deidamia Arancibia Morgado. 2. Certificado de discapacidad de do a Aida Deidamia Arancibiañ Morgado. 3. Sentencia definitiva dictada por el Tercer Juzgado de Letras de La Serena, en causa voluntaria N° de Rol V-21-2024, caratulada “Solic/ Zepeda Arancibia Benilda Alicia // Interd/Arancibia Morgado Aida Deidamia”, en donde

Fallo

se declara la interdicci n definitiva por demencia de do a Aidaó ñ Deidamia Arancibia Morgado, c dula nacional de identidad n meroé ú 4.028.684-5, con domicilio en la comuna de La Higuera; y se le priva de la administraci n de sus bienes, design ndose como su curadoró á definitivo a su hija Benilda Alicia Zepeda Arancibia, c dula nacional deé identidad N° 8.257.636-3. Expresa que dicha declaraci n de interdicci n se encuentraó ó inscrita en el Registro de Prohibiciones del Conservador de Bienes Ra ces de La Serena a fojas 2054 n mero 1125 del a o 2024.í ú ñ Refiere que el art culo 1749 del C digo Civil, referente a laí ó administraci n de la Sociedad Conyugal y en el caso que nos ocupaó referente a la autorizaci n de la mujer para la enajenaci n de losó ó bienes sociales, dispone en su inciso final, lo siguiente, cito “La autorizaci n a que se refiere el presente art culo podr ser suplida poró í á el juez, previa audiencia a la que ser citada la mujer, si sta laá é negare sin justo motivo. Podr asimismo ser suplida por el juez en casoá de alg n impedimento de la mujer, como demencia, ausencia real oú aparente u otro, y de la demora se siguiere perjuicio. Pero no podrá suplirse dicha autorizaci n si la mujer se opusiere a la donaci n de losó ó bienes sociales”. Destaca que en el caso concreto do a Aida Arancibia Morgado señ encuentra declarada interdicta por causa de demencia, no pudiendo manifestar su voluntad por s misma, debiendo ser suplida por elí tribunal, para efectos

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Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-88-2024 CARATULADO : ZEPEDA/ La Serena, doce de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 02 de mayo deó 2024, comparece Camila Raquel Alfaro Cazaux, abogada, domiciliada en Avda. Juan Cisternas 2283, Local 2ª, Edificio Atrium, La Serena, en repre

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