REYES/HOME ASSISTANCE CONSULTORES EN RRHH LTDA.
Rol
M-36-2023
Fecha
4 de septiembre de 2024
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 63, 161, 162, 168, 420 a 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 459, 496, 500 y 501, todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se acoge la acción de despido injustificado interpuesta por GLORIA DEL CARMEN REYES ORTEGA, en contra de la empresa HOME ASISTANCE CONSULTORES EN RRHH LIMITADA y, por tanto, se declara que el despido del demandante de fecha 26 de septiembre de 2023, es injustificado. II. Se condena a la demandada HOME ASISTANCE CONSULTORES EN RRHH LIMITADA a pagar al demandante GLORIA DEL CARMEN REYES ORTEGA, indemnización sustitutiva del aviso previo, correspondiente a $468.672. Este monto deberá ser objeto de intereses y reajustes según dispone el artículo 173 del Código del Trabajo. III. Se acoge la acción de cobro de prestaciones, y por tanto se condena a la demandada HOME ASISTANCE CONSULTORES EN RRHH LIMITADA, a pagar al demandante GLORIA DEL CARMEN REYES ORTEGA: a) Remuneración del mes de septiembre de 2023, por $ 408.268; b) Feriado correspondiente a la suma de $390.560; c) Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses, según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales y, por tanto, se condena a la demandada HOME ASISTANCE CONSULTORES EN RRHH LIMITADA a pagar al demandante GLORIA DEL CARMEN REYES ORTEGA remuneraciones desde la época del despido, ocurrido el 26 de septiembre de 2023, a razón de $468.672 mensuales. Para efectos de la convalidación del despido, deberá acreditarse el pago de las cotizaciones de salud, vejez y cesantía por toda la relación laboral, esto es, desde el 1 de diciembre de 2022 hasta el 26 de septiembre de 2023. V. Que se condena en costas al demandado, en razón de haber sido totalmente vencido. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia, remítase los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral
Fallo
se resuelve: I. Se acoge la acción de despido injustificado interpuesta por GLORIA DEL CARMEN REYES ORTEGA, en contra de la empresa HOME ASISTANCE CONSULTORES EN RRHH LIMITADA y, por tanto, se declara que el despido del demandante de fecha 26 de septiembre de 2023, es injustificado. II. Se condena a la demandada HOME ASISTANCE CONSULTORES EN RRHH LIMITADA a pagar al demandante GLORIA DEL CARMEN REYES ORTEGA, indemnización sustitutiva del aviso previo, correspondiente a $468.672. Este monto deberá ser objeto de intereses y reajustes según dispone el artículo 173 del Código del Trabajo. III. Se acoge la acción de cobro de prestaciones, y por tanto se condena a la demandada HOME ASISTANCE CONSULTORES EN RRHH LIMITADA, a pagar al demandante GLORIA DEL CARMEN REYES ORTEGA: a) Remuneración del mes de septiembre de 2023, por $ 408.268; b) Feriado correspondiente a la suma de $390.560; c) Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses, según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales y, por tanto, se condena a la demandada HOME ASISTANCE CONSULTORES EN RRHH LIMITADA a pagar al demandante GLORIA DEL CARMEN REYES ORTEGA remuneraciones desde la época del despido, ocurrido el 26 de septiembre de 2023, a razón de $468.672 mensuales. Para efectos de la convalidación del despido, deberá acreditarse el pago de las cotizaciones de salud, vejez y cesantía
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 04/09/2024 RUC 23- 4-0538186-9 RIT M-36-2023 MAGISTRADO Diego Fuentes Rolack ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jmh HORA DE INICIO 09:33 HORA DE TERMINO 09:52 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340538186-9 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE Gloria del Carmen Reyes Ortega ABOGADO Adolfo Vargas Flores FORMA DE NOTIFICACION C
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