SÁNCHEZ/COLCHONES DEL MUNDO SPA
Rol
O-465-2024
Fecha
3 de septiembre de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Por estas consideraciones 1, 2,7,10,41,58,63,160,162,163,168,171,173,183 a) y siguiente, 446 y siguientes del Código del Trabajo se resuelve lo siguiente: I.- Que se ACOGE la demandada deducida por doña IVANNA PAMELA SÁNCHEZ ROBLES ya individualizada en contra de COLCHONES DEL MUNDO SPA, representada legalmente por don ANIBAL RIOS MANZI declarando el autodespido procedente y condenando a esta última al pago de las siguientes prestaciones: a) La suma de $ 2.167.433 por remuneraciones pendientes b) La suma $ 937.000 por indemnización sustitutiva de aviso previo c) La suma de $ 414.467 por feriado proporcional d) Al pago de cotizaciones previsionales de FONASA, AFP y AFC por los periodos de Octubre 2023 a febrero 2024, debiendo oficiarse a las entidades previsionales respectivas para que procedan a las acciones de cobro y asimismo se le condena a la nulidad del despido debiendo pagar las remuneraciones y demás prestaciones contenidas en el contrato de trabajo a razón de $ 937.000 desde el auto despido, esto es, 19 de marzo de 2024 hasta su convalidación conforme lo prescribe el artículo 162 inciso 5° y 7° del código del Trabajo. II.- Que asímismo se condena a la demandada COMERCIAL ECCSA S.A. representada legalmente por don JUAN CUEVAS VILLEGAS, al pago de las prestaciones antes individuadas respecto de las cuales deberá responder solidariamente. Los montos antes señalados devengaran reajustes e intereses hasta la fecha de su pago efectivo conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas a la demandada por la suma de $1.000.000 debiendo responder cada una por la suma de $500.000.- Las partes quedan notificadas personalmente de las resoluciones dictadas en esta audiencia y la demandada principal toda vez que se encuentra rebelde afectándole las resoluciones que se dicten desde este momento. Dirigió y resolvió don CLAUDIO ALEJANDRO ÁLVAREZ RAMÍREZ, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja
Fallo
Por estas consideraciones 1, 2,7,10,41,58,63,160,162,163,168,171,173,183 a) y siguiente, 446 y siguientes del Código del Trabajo se resuelve lo siguiente: I.- Que se ACOGE la demandada deducida por doña IVANNA PAMELA SÁNCHEZ ROBLES ya individualizada en contra de COLCHONES DEL MUNDO SPA, representada legalmente por don ANIBAL RIOS MANZI declarando el autodespido procedente y condenando a esta última al pago de las siguientes prestaciones: a) La suma de $ 2.167.433 por remuneraciones pendientes b) La suma $ 937.000 por indemnización sustitutiva de aviso previo c) La suma de $ 414.467 por feriado proporcional d) Al pago de cotizaciones previsionales de FONASA, AFP y AFC por los periodos de Octubre 2023 a febrero 2024, debiendo oficiarse a las entidades previsionales respectivas para que procedan a las acciones de cobro y asimismo se le condena a la nulidad del despido debiendo pagar las remuneraciones y demás prestaciones contenidas en el contrato de trabajo a razón de $ 937.000 desde el auto despido, esto es, 19 de marzo de 2024 hasta su convalidación conforme lo prescribe el artículo 162 inciso 5° y 7° del código del Trabajo. II.- Que asímismo se condena a la demandada COMERCIAL ECCSA S.A. representada legalmente por don JUAN CUEVAS VILLEGAS, al pago de las prestaciones antes individuadas respecto de las cuales deberá responder solidariamente. Los montos antes señalados devengaran reajustes e intereses hasta la fecha de su pago efectivo conforme a los artículos 63 y 173 del
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada Semipresencial) FECHA 03 de septiembre de 2024 Registro de audio en remoto 4 RUC 24-4-0561976-4 RIT O-465-2024 MAGISTRADO CLAUDIO ALEJANDRO ÁLVAREZ RAMÍREZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Pamela Fabres Araya HORA DE INICIO 12:15 horas HORA DE TERMINO 13:50 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440561976-4-1343 D
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