1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GALLARDO/MARQUINA ALARCÓN ASESORES EMPRESARIALES SPA

Rol

O-8275-2023

Fecha

4 de septiembre de 2024

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y oído Primero: Que compareció ante este Pimer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña CECILIA JACQUELINE GALLARDO GUERRA, cédula de identidad número 18.027.574-6, soltera, domiciliada en Filomena Urbina Guzmán número 392, de la comuna de Buin, quien dedujo demanda de despido indirecto y cobro de prestaciones, en contra de MARQUINA ALARCÓN ASESORES EMPRESARIALES S.P.A., RUT N° 77.419.778-8, representada legalmente por don Luis Alberto Marquina Alarcón, ambos domiciliados, para estos efectos, en Huérfanos número 1044, departamento número 905, comuna de Santiago. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 9, 161, 162, 171, 160 N° 7, 420, 425, 456 y 459 del Código del Trabajo y demás nomas pertinentes, se resuelve: I.- Que, SE ACOGE la demanda deducida, por don Cecilia Jacqueline Gallado Guerra, en cuanto se declara la existencia de la relación laboral con Marquina Alarcón Asesores Empresariales SpA por el periodo comprendido desde el 1 de noviembre de 2021 hasta el 10 de noviembre de 2023 II.- Que el despido indirecto de la actora es justificado, toda vez que la demandada, incurrió en la causal prevista en el N° 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato por lo que se la condena al pago de las prestaciones que se detallarán: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por un monto de $1.952.922. b) Indemnización por 2 años de servicios, equivalente a $3.905.844. c) Recargo de un 80% sobre la indemnización por años de servicios, esto es la cantidad de $3.124.675. d) Feriado Proporcional, esto es la cantidad de 15,45 días equivalente a $1.101.349. e) Remuneración de mes de abril de 2023 por la suma de 1.952.922.- III.- Que las sumas antes mencionadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Que se condenan a la demandada a la suma de $100.000, por las costas de esta causa. V.- E

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 9, 161, 162, 171, 160 N° 7, 420, 425, 456 y 459 del Código del Trabajo y demás nomas pertinentes, se resuelve: I.- Que, SE ACOGE la demanda deducida, por don Cecilia Jacqueline Gallado Guerra, en cuanto se declara la existencia de la relación laboral con Marquina Alarcón Asesores Empresariales SpA por el periodo comprendido desde el 1 de noviembre de 2021 hasta el 10 de noviembre de 2023 II.- Que el despido indirecto de la actora es justificado, toda vez que la demandada, incurrió en la causal prevista en el N° 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato por lo que se la condena al pago de las prestaciones que se detallarán: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por un monto de $1.952.922. b) Indemnización por 2 años de servicios, equivalente a $3.905.844. c) Recargo de un 80% sobre la indemnización por años de servicios, esto es la cantidad de $3.124.675. d) Feriado Proporcional, esto es la cantidad de 15,45 días equivalente a $1.101.349. e) Remuneración de mes de abril de 2023 por la suma de 1.952.922.- III.- Que las sumas antes mencionadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Que se condenan a la demandada a la suma de $100.000, por las costas de esta causa. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA JUICIO Procedimiento Ordinario (Audiencia Telemática) FECHA Santiago, 3 de septiembre de 2024 RUC 23-4-0532569-1 RIT O-8275-2023 CARATULADO GALLARDO / MARQUINA ALARCÓN ASESORES EMPRESARIALES SPA MAGISTRADO CAROLINA DONOSO ORTEGA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CARLOS URZUA TORO HORA DE INICIO 11:45 HORA DE TERMINO 12:23 SALA

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