9º Juzgado Civil de Santiago

VALENZUELA/GODOY

Rol

C-3989-2024

Fecha

9 de agosto de 2024

Materia

HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece MIGUEL NGEL VALENZUELA CANALES,Á abogado, domiciliado en Mart n de Zamora Nro.4965, departamento 23,í comuna de Las Condes; interponiendo demanda de cobro de honorarios contra YOLANDA GODOY URIBE, ingeniera comercial, como representante de Yolanda Godoy Uribe Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, del giro de arriendo de veh culos, Rutí 76.798.762-5 con domicilio en Av. Alejandro Fleming N 9840, Casa I-4,º Cerro Apoquindo 2, Las Condes, ciudad de Santiago, Regi nó Metropolitana, sociedad esta ltima que se encuentra con t rmino de giro.ú é Solicita que se declare el derecho de recibir los honorarios por los servicios profesionales prestados desde el a o 2018 al a o 2024, oportunidadñ ñ que en forma imprevista y sin expresi n de causa, la demandada le revocó ó el patrocinio y poder en el juicio Rol C-3626-2018 del Sexto Juzgado Civil de Santiago, caratulado Eldu SpA en liquidaci n voluntaria .“ ó ” Indica que los honorarios a cobrar ascienden a la suma de $7.600.000 (siete millones seiscientos mil pesos) o la suma que se determine. En“ subsidio, solicita que en conformidad a lo dispuesto en el art culo 2117 delí C digo Civil en concordancia con los art culos 1560 a 1566 del mismoó í c digo se regulen los honorarios .ó ” Fundamenta su pretensi n en haberla representado en la causa sobreó liquidaci n voluntaria Rol C-3626-2018 caratulada /Eldu SpA, seguido anteó el 6 Juzgado Civil de Santiago, esto es, como apoderado de la empresa° individual de Responsabilidad Limitada, Yolanda Godoy Uribe, actualmente Código: KXEJXPHVYXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl con termino de giro, servicios profesionales que fueron contratados como persona natural por do a Yolanda Godoy Uribe.ñ Realizada la consulta p blica respecto de la situaci n tributaria deú ó terceros, el Servicio de Impuestos Internos inform que la empresaó individual de responsabilidad limitada de do a Yolanda Godoy Uribe,

Fundamentos

considerando cuarto de este fallo, c9onsistentesñ en actuaciones y gestiones efectuadas en la causal Rol 3626-.2018, es posible determinar que entre el demandante abogado don Miguel ngel ValenzuelaÁ Canales y la empresa Yolanda Godoy Uribe EIRL existi un encargoó profesional de asesor a legal para la defensa de los intereses de esta ltima,í ú en especial respecto de la verificaci n del cr dito que pose a la demandadaó é í en la liquidaci n voluntaria efectuada en el dicho rol.ó As , particularmente relevante es el certificado emitido con firmaí electr nica avanzada, de 6 de marzo de 2024, por el Liquidador Concursaló Titular, don Carlos Vald s Romero, designado por el Tribunal en la causaé C-3626-2018, caratulada "/Eldu SpA" en Liquidaci n Voluntaria, radicadaó en el 6 Juzgado Civil de Santiago, que da cuenta que el demandanteº represent por m s de 6 a os, los derechos verificados por la empresaó á ñ Yolanda Godoy Uribe EIRL, Rut N. 76798762-5, presentando verificaci nº ó de los cr ditos y asistiendo a todas las audiencias, y juntas de acreedores,é hasta la ltima realizada y hasta la revisi n de la propuesta de repartoú ó de enero de 2024. OCTAVO: Que de acuerdo con este certificado adem s apareceá expresamente que el demandante particip en la estructura de la juntas deó acreedores, habitualmente como secretario ad hoc, por acuerdo de la Código: KXEJXPHVYXH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Junta, en representaci n entre otros de los derechos de la acreedoraó do a Yolanda Godoy Uribe EIRL.ñ NOVENO: Que el monto solicitado por la parte demandante corresponde a $1.300.000 (un mill n trescientos mil pesos) por a o deó ñ gesti n calendario, que de acuerdo con el m rito del proceso aparece comoó é un monto razonable de acuerdo con la labor realizada por el demandante en representaci n de los intereses de la parte demandada, ya queó corresponde aproximadamente a $108.000 mensuales. D CIMO: Que de acuerdo con el art culo 1698 del C digo Civil,É í ó correspond a a la parte demandada acreditar el pago de lo reclamado o ení su defecto discutir el valor del monto, situaci n que no realiz en eló ó proceso por lo que se tendr por establecido que el monto de losá honorarios asciende a $ 1.300.000 por a o de servicios y dado el periodoñ respecto del cual se prestaron los servicios el monto total ser de $á 7.600.000, m s los reajustes, intereses.á UND CIMO: Que siendo vencida la parte demandada en suÉ totalidad, se condenar en costas.á En consecuencia y visto lo dispuesto en los art culos í 1560, 1561, 1562, 1563 1698, 2116, 2117 y 2118 del C digo Civil; y art culos 144, 170ó í y 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,

Fallo

por tanto, no posee activos paraé ñ responder como tal, siendo responsabilidad de do a Yolanda Godoy Uribeñ el pago de los honorarios profesionales demandados. El demandante prest servicios como abogado desde el mes de abriló de 2018 para lo cual redact y present la verificaci n del cr ditoó ó ó é en la causa antes indicada y se le otorg patrocinio y poder amplio ante ministroó de fe del tribunal con fecha 7 de mayo de 2018, participando de la defensa de los intereses de la demandada en al menos dos audiencias presenciales realizadas en la causa rol C 3626-2018 del 6 Juzgado Civil de Santiago. En° los mismos t rminos particip en 10 juntas ordinarias y extraordinariasé ó desde el a o 2018 al a o 2024.ñ ñ Se ala que su servicio no solo consisti en la asistencia las juntas, sinoñ ó que tambi n en la redacci n de escritos, hacer seguimiento al proceso,é ó consultar de manera permanente el estado de la causa. De esa forma existe el respaldo todas sus actuaciones con el fin de acreditar los honorarios reclamados y el v nculo jur dico profesional existente.í í Con fecha 27 de febrero de 2024 y sin haber liquidado los honorarios y con absoluta mala fe, la demandada sin previo aviso ni menos fundamento jur dico, le revoc el patrocinio y poder en la causa C 3626-í ó 2018 del Sexto Juzgado Civil de Santiago. Menciona que, el 8 de febrero de 2024, en la causa antes indicada se present proyecto de reparto de fondos que a n no se paga y que aló ú informarle a la demandada esta concurri a

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3989-2024 CARATULADO : VALENZUELA/GODOY Santiago, nueve de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: Comparece MIGUEL NGEL VALENZUELA CANALES,Á abogado, domiciliado en Mart n de Zamora Nro.4965, departamento 23,í comuna de Las Condes; interponiendo demanda de cobro de honorarios contra YOLANDA GODOY URIBE, ingeniera

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