2º Juzgado de Letras de Iquique

I. MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE/INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMÁS LIMITADA

Rol

C-400-2023

Fecha

8 de agosto de 2024

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1 y posterior rectificación de folio 5, comparece KAREN VALDÉS PÉREZ, abogada de la Dirección de Asesorías Jurídica de la Ilustre Municipalidad de Iquique, en representación de dicho municipio, el cual a su vez es representado por Mauricio Soria Macchiavello, alcalde, ambos domiciliados en calle Serrano N°134 de la ciudad de Iquique, quien interpone demanda ejecutiva en contra del INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOMAS LIMITADA, representado legalmente por ENRIQUE JAVIER GOMEZ BRADFORD, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Avenida Héroes de la Concepción N°2885 de la ciudad de Iquique. Expone que el ejecutado adeuda a su representada el pago por concepto de patente comercial N°223366-5 por los periodos que se singularizan en el certificado de deuda de patente comercial N°207/2022 de fecha 21 de diciembre de 2022, emitido por el Secretario Municipal. Señala que conforma lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley de Rentas Municipales, Decreto Ley 3063 de 1979, el certificado antes dicho tiene mérito ejecutivo, por lo que es una deuda líquida, actualmente exigible y su acción no se encuentra prescrita. Por lo tanto, al mérito de lo expuesto y previas normas que indica, solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del deudor por la suma de $48.856.014.- valor que incluye reajustes, intereses, interés penal del 1 ½ % mensual por cada mes o fracción de mes, según lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Rentas Municipales en relación a los artículos 53, 54 y 55 del Código Código: KFPGXPJDMSG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Tributario y ordenar seguir adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. A folio 12, comparece Gabriela Morales Reveco, abogado, en representación de la parte ejecutada, oponiéndose a la ejecución mediante las excepciones previstas en los N°4, 7, 14 y 17 del artículo 464 del Código de Proc

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Karen Valdés Pérez, abogada de la Dirección de Asesorías Jurídica de la Ilustre Código: KFPGXPJDMSG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Municipalidad de Iquique, quien por los motivos señalados en la parte expositiva interpone demanda ejecutiva en contra del Instituto Profesional Santo Tomás Limitada, representada legalmente por Juan Pablo Guzmán Aldunate, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del deudor por la suma de $48.856.014.- valor que incluye reajustes, intereses, interés penal del 1 y medio % mensual por cada mes o fracción de mes, según lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Rentas Municipales en relación a los artículos 53, 54 y 55 del Código Tributario y ordenar seguir adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que a folio 12, comparece Gabriele Morales Reveco, abogado, en representación de la parte ejecutada, oponiéndose a la ejecución mediante las excepciones N°4, 7, 14 y 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando el total rechazo de la demanda interpuesta, con costas, por los motivos señalados en la parte expositiva. TERCERO: Que la parte ejecutante a fin de acreditar su pretensión acompañó los siguientes documentos: 1. Certificado N°207/2022 de fecha 21 de diciembre del año 2022, emitido por el Secretario Municipal, donde consta la deuda municipal de la parte ejecutada. 2. Consulta de Situación Tributaria de Terceros, emitido por el Servicio de Impuestos Internos con fecha 20 de diciembre de 2023. El documento N°1 se tuvo por acompañado en calidad de título ejecutivo, el restante con citación, no objetado. CUARTO: Que la parte ejecutada acompañó los siguientes documentos: 1. Certificado de Término de Giro Folio Nº950896935 emitido por el Servicio de Impuestos Internos respecto a la disuelta Instituto Profesional Santo Tomás Limitada. Código: KFPGXPJDMSG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2. Certificado Nº871 emitido con fecha 31 de julio de 2020 por el Secretario Municipal de la Ilustre Municipalidad de Santiago, don Carlos Bravo Castillo, respecto a la casa matriz de Corporación Instituto Profesional Santo Tomás. 3. Copia de la sentencia dictada por el Juzgado de Policía Local de Puerto Montt en los autos Rol N°13.246-2021. 4. Copia de la sentencia dictada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta conociendo el recurso de ilegalidad interpuesto en los autos Ingreso Corte 5-2023. 5. Copia de la escritura de Mandato Judicial donde consta poder para actuar en representación de Corporación Instituto Profesional Santo Tomás. Documentos acompañados con citación, no objetados. QUINTO: Que a folio 23, se decretó medida para mejor resolver, la que se tuvo por cumplida a folio XXX. SEXTO: Que a efectos de determinar si concur

Fallo

se declaran admisibles las excepciones opuestas, recibiéndose la causa a prueba, fijándose los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. A folio 22, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Karen Valdés Pérez, abogada de la Dirección de Asesorías Jurídica de la Ilustre Código: KFPGXPJDMSG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Municipalidad de Iquique, quien por los motivos señalados en la parte expositiva interpone demanda ejecutiva en contra del Instituto Profesional Santo Tomás Limitada, representada legalmente por Juan Pablo Guzmán Aldunate, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del deudor por la suma de $48.856.014.- valor que incluye reajustes, intereses, interés penal del 1 y medio % mensual por cada mes o fracción de mes, según lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Rentas Municipales en relación a los artículos 53, 54 y 55 del Código Tributario y ordenar seguir adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que a folio 12, comparece Gabriele Morales Reveco, abogado, en representación de la parte ejecutada, oponiéndose a la ejecución mediante las excepciones N°4, 7, 14 y 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando el total rechazo de la demanda interpuesta, con costas, por los motivos señalados en la parte expositiva. TERCERO: Que la par

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FOJA: 26 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-400-2023 CARATULADO : I. MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE/INSTITUTO PROFESIONAL SANTO TOM S LIMITADAÁ Iquique, ocho de Agosto de dos mil veinticuatro VISTO: A folio 1 y posterior rectificación de folio 5, comparece KAREN VALDÉS PÉREZ, abogada de la Dirección de Asesorías Jurídica de la Ilustre Municipalidad

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