2º Juzgado Civil de San Miguel

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CERPA

Rol

C-4459-2023

Fecha

7 de agosto de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Se ha iniciado este proceso por acci n ejecutiva de cobro de pagaró é interpuesta el Banco de Cr dito e Inversionesé , sociedad an nima bancaria del giroó de su denominaci n, representado por Eugenio Von Chrismar Carvajal, ambosó domiciliados en Amunategui 277, oficina 500, comuna de Santiago, contra Romina Andrea Cerpa Miranda, ignora profesi n, domiciliada en Central 4290, comuna deó Pedro Aguirre Cerda. Expone el Banco que es due o de un ñ pagar a la vista, extendido el 27 de abrilé de 2023 por la suma de $1.170.42.-, m s inter sá é ; documento suscrito en representaci n de la ejecutada (seg n mandato conferido por esta al efecto).ó ú As , conforme a lo previsto en el art culo 254 y 434 N 4 del C digo deí í ° ó Procedimiento Civil; Ley 18.092 y Ley 18.010; pide se despache mandamiento de ejecuci n y embargo contra la ejecutada, por la suma de $1.170.442.- m s intereses yó á costas. A folio 13 consta la notificaci n de la acci n ejecutiva, conforme a lo previstoó ó en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil; y a folio 3 del cuaderno deí ó apremio, el requerimiento legal de pago, sin resultado. A folio 14 comparece la parte ejecutada y, oponi ndose a la ejecuci n dirigidaé ó en su contra, formula las siguientes excepciones : 1. La N 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil° í ó , esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente sea en relaci n con el demandadoí ó , por cuanto, alega, no aparece acreditado en el libelo el pago del impuesto previsto por el art culo 1 N 3 del Decreto Ley N 3.475, Ley de Timbres y Estampillas, loí º º º que en concordancia con el art culo 26 inciso 1 de la misma Ley, se sanciona con laí º falta de ejecutividad del documento, lo que esgrime; a ade que tal defecto debiñ ó impedir la tramitaci n de la demanda y obstar al despacho de mandamiento deó ejecuci n y embargo contra su parte.ó Código: MFVRXPKFRYF Este

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparece a estrados el Banco de Cr dito e Inversionesé , debidamente representado, interponiendo demanda ejecutiva contra Romina Andrea Cerpa Miranda, quien, notificada de la acci n dirigida en su contra, y requerida deó pago en forma legal, se opuso a la ejecuci n formulando las excepciones contenidasó en el art culo 464 N 7, N 14 (en dos l neas argumentales), y N 11, todas delí ° ° í ° C digo de Procedimiento Civil.ó Segundo: Que atento lo expuesto, no resultan ser hechos controvertidos entre los litigantes, que Romina Andrea Cerpa Miranda el 27 de abril de 2023, suscribió el denominado pagar a la vista, n mero de operaci n D05500186852, por la sumaé ú ó capital de $1.170.442.-, m s inter s indicado; ni controvierte esta que, presentado elá é documento a cobro, no solucion la deuda.ó As , la controversia la centra la ejecutada al alegar, precisamente, la falta deí ejecutividad del pagar , la nulidad de la obligaci n en aquel contenida y/o el hechoé ó de hab rsele concedido prorrogas o esperas para el cumplimiento de su obligaci n.é ó Finalmente, correspondiendo la prueba de las obligaciones o su extinci n aó quien alega aquellas o esta, la ejecutada, m s all de los asertos vertidos en su libeloá á Código: MFVRXPKFRYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4459-2023 Foja: 1 defensivo, y el ofrecimiento de prueba de toda ndole, para acreditarlos, ning ní ú elemento probatorio aparej al proceso. ó Tercero: Que con relaci n a la excepci n N ó ó ° 7 del C digo deó Procedimiento Civil, referida a la falta de ejecutividad del pagar por no haberseé pagado el impuesto que lo grava (atento DL 3.475), cabe se alar que el instrumentoñ fundante de la ejecuci n, que aparece firmado ante Notario P blico, contiene laó ú siguiente leyenda impresa “E1 impuesto de Timbres y Estampillas que grava este documento, se paga por ingresos mensuales de dinero en Tesorer a, seg n Decretoí ú Ley N 3.475, art. 15 N 2° ° (sic). ” Cuarto: Que, frente a lo anterior, huelga indicar que el art culo 26 de la Leyí de Timbres y Estampillas, en su inciso primero, dispone que, “Los documentos que no hubieren pagado los tributos a que se refiere el presente decreto ley, no podr ná hacerse valer ante las autoridades judiciales, administrativas y municipales, ni tendr ná m rito ejecutivo, mientras no se acredite el pago del impuesto con los reajustes,é intereses y sanciones que correspondan.”. Sin perjuicio, excepciona en su inciso segundo, precisamente y como es el caso, aquellos documentos cuyo impuesto se paga por ingreso de dinero en Tesorer a y que cumplan con los requisitos que establece laí Ley de Timbres y el Servicio de Impuestos Internos, al se alar que, ñ “Lo dispuesto en el presente art culo no ser aplicable respecto de los documentos cuyo impuesto seí á paga por ingreso en dinero en Tesorer a y que cumplan con los requisitos queí establece esta ley y el Servicio de Impuestos Interno

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, adem s, lo previsto en los art culos 144,á í 160, 170, 342 y 464 del C digo de Procedimiento Civil, 1437 y 1698 del C digoó ó Civil y 98, 100 y 107 de la ley 18.092, se declara que: Se rechazan la totalidad de las excepciones esgrimidas por la parte ejecutada, Romina Andrea Cerpa Miranda, y en consecuencia se ordena seguir adelante con la ejecuci n en su contra, hasta hacer entero y cumplido pago de laó obligaci n, con intereses y costas.ó Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidadí í í . Dictada por Carmen Gloria Escanilla P rez, Juez titular.é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, siete de Agosto de dos mil veinticuatro Código: MFVRXPKFRYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4459-2023 Foja: 1 Código: MFVRXPKFRYF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-07T12:04:43-0400

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C-4459-2023 Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-4459-2023 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/CERPAÉ San Miguel, siete de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos: Se ha iniciado este proceso por acci n ejecutiva de cobro de pagaró é interpuesta el Banco de Cr dito e Inversionesé , sociedad an nima bancaria del giroó

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