4º Juzgado de Letras de Copiapó

MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA/

Rol

V-819-2024

Fecha

8 de agosto de 2024

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don David Herrera Arellano, chileno, casado, abogado, Rut N° 8.779.035-5, en representación de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, Rut N° 76.907.760-K, ambos domiciliados en Avenida Nueva Providencia N° 1881, oficina 2004, Providencia, Santiago, solicitó con fecha 15 de abril de 2024, la concesión de exploración denominada “SOBEK 38C”, sobre una superficie de 300 hectáreas, cuyo punto medio se sitúa en la comuna de Tierra Amarilla, provincia de Copiapó, región de Atacama. SEGUNDO: Que tal pedimento se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó, con fecha 24 de abril de 2024 a Fojas 1.140 vta. N° 633 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 43.849 el día 13 de mayo de 2024. TERCERO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido Norte-Sur, por 1.000 metros Este-Oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas UTM: V1 6.862.000,00 metros Norte 429.100,00 metros Este V2 6.862.000,00 metros Norte 430.100,00 metros Este V3 6.859.000,00 metros Norte 430.100,00 metros Este V4 6.859.000,00 metros Norte 429.100,00 metros Este Y correspondiendo su punto medio a la intersección de la coordenada 6.860.500,00 metros Norte con la abscisa 429.600,00 metros Este. CUARTO: Que a folio 7 rola informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó N° 3112 del 29 de julio de 2024, informando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes; que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y que esta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. SEXTO: Que en folio 9, se ordenó traer los autos para fallo. Por estas co

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto además con los artículos 1, 22, 34 y siguientes y 87 del Código de Minería, resuelvo: Declárese constituida la concesión de exploración “SOBEK 38C”, Rol Nacional N° 03203-I023-K, en favor de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, ya individualizada; y apruébese su plano. Código: DLXYXPDZRVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Publíquese esta sentencia y al efecto dese extracto. Inscríbase. Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Patricio Eduardo Vergara Mora, Juez Titular del Cuarto Juzgado de Letras de Copiapó. En Copiapó a ocho de agosto de dos mil veinticuatro. Notifíquese por el estado diario la sentencia que antecede. - avt Código: DLXYXPDZRVF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-08T10:16:14-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-819-2024 CARATULADO : MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA Copiapó, ocho de agosto de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don David Herrera Arellano, chileno, casado, abogado, Rut N° 8.779.035-5, en representación de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación

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