1º Juzgado Civil de Viña del Mar

PARRA/PARRA

Rol

C-1782-2022

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por solicitud de fecha 16 de junio de 2022, folio 1, comparece don Steve Arochas Olivares, abogado, chileno, casado, domiciliado en calle 5 Norte N°816, oficina 25, Vi a del Mar, en representaci n de donñ ó Bernardo Claudio Parra Aspee, chileno, divorciado, trabajador independiente, domiciliado en calle Amunategui N°1946, departamento 802 E, Condominio Gran Oc ano, Vi a del Mar,é ñ solicitando se cite a una audiencia para designar un juez partidor a do a ñ Patricia Parra Aspee, con domicilio en Amunategui n.º 1946, departamento N°603 D, Condominio Gran Oc ano, Vi a del Mar, y a do aé ñ ñ M nica Parra Aspee, con domicilio en Beacuheff N°1325, departamento N°1408,ó Santiago, a fin que proceda a la partici n del bien com n.ó ú Funda su solicitud se alando que, ñ con fecha 20 de septiembre de 2001, junto a do a M nica Parra Aspee, Patricia Parra Aspee y do a Mar a Soledadñ ó ñ í Parra Aspee, compraron a do a Mar a Aspee Corrales, en partes iguales, elñ í departamento 702 correspondiente a la Torre B, del Condominio Gran Oc anoé ubicado en calle Amun tegui n.º 1946, de la comuna de Vi a del Mar, inscripci ná ñ ó que consta a fojas 6862 n mero 9471 del Registro de Propiedad del Conservadorú de Vi a del Mar del a o 2001. Que, la compraventa incluy adem s de losñ ñ ó á derechos que corresponden respecto de los espacios comunes de la propiedad de mayor extensi n, el estacionamiento n.º 214 y la bodega n.º 35, ambos ubicadosó en el nivel -1 del referido condominio. Refiere que, con fecha 18 de marzo de 2013 do a Mar a Soledad Parrañ í Aspee vendi cedi y transfiri su parte a do a M nica Parra Aspee, como constaó ó ó ñ ó a fojas 2200 n mero 2592 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesú Ra ces de Vi a del Mar del a o 2013.í ñ ñ Código: FMXTXPXFXNF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Expone que, en la actualidad do a M nica Parra Aspee re ne en su poderñ ó ú el 50% de los derechos respecto del inmueble individualizado, do a Patricia Parrañ Aspee y don Bernardo Claudio Parra Aspee re nen el 25%. cada unoú respectivamente. Destaca que, es el deseo de su representado no permanecer en la indivisi n,ó por lo que procede el nombramiento de un rbitro de derecho que efect e laá ú partici n del bien ya individualizado. ó En raz n de lo expuesto precedentemente y ó de acuerdo con lo dispuesto en los art culos 2.313 y 1.317 del C digo Civil, 227 N° 2º del C digo Org nico deí ó ó á Tribunales y 646 y 414 del C digo de Procedimiento Civil, solicita se sirva citar, aó los demandados ya individualizados, a una audiencia, se alando d a y hora alñ í efecto, a fin de acordar el nombramiento del rbitro partidor que solicito; o, aá falta de acuerdo o por inasistencia de una parte, se proceda a nombrarlo conforme al m rito del proceso.é Segundo: Que, notificada las demandadas de la audiencia fijada, esta se celebr con la asistencia virtual mediante plataforma zoom del abogad

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 222 yá í siguientes del C digo Org nico de Tribunales y los art culos 414 y siguientes deló á í C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó 1.- Que se hace lugar a la solicitud de 16 de junio de 2022, folio 1, y se nombra a do a ñ Claudia Marta Soza Volke abogada, domiciliada en 1 Norte 461, oficina 703, Vi a del Mar (tel fono 9-91735008, correo electr nicoñ é ó clsozav@gmail.com), como Jueza arbitro de derecho a fin de realizar la partici nó de los bienes comunes. Notif quese a la rbitro designada a fin de que acepte delí á cargo y preste juramento, conforme a derecho. La Sra. rbitro designada tendr elá á plazo m ximo de dos a os para evacuar su encargo, contado desde su aceptaci n.á ñ ó 2.- Que cada una de las partes pagar sus costas. Reg strese electr nicamente, notif quese a las í ó í partes y arch vese, en suí oportunidad. Pronunciada por do a Gabriela Guajardo Aguilera, Jueza Titular delñ Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar. ñ En Vi a del Marñ , a seis de Agosto de dos mil veinticuatro, se dio cumplimiento con lo dispuesto en el art culo 162 del C digo de Procedimientoí ó Civil. Código: FMXTXPXFXNF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-06T16:23:56-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 36 .- Treinta y seis .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-1782-2022 CARATULADO : PARRA/PARRA Vi a del Marñ , seis de Agosto de dos mil veinticuatro Visto y considerando: Primero: Que, por solicitud de fecha 16 de junio de 2022, folio 1, comparece don Steve Arochas Olivares, abogado, chileno, casado, domiciliado en calle 5 Norte N°816, o

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