1º Juzgado de Letras de Calama

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CARVAJAL

Rol

C-1007-2024

Fecha

7 de agosto de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 22 de abril del a o 2024, compareciñ ó XIMENA ACU A VALDEBENITO, Ñ chilena, abogada, c dula nacional deé identidad N°10.034.154-9, en representaci n del ó BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES, Sociedad An nima Bancaria, representada legalmente por don Luisó Enrique Yarur Rey, factor de comercio, c dula nacional de identidadé N°5.196.456-K, ambos con domicilio en Avda. El Golf 125, Las Condes, Santiago; quien interpone demanda ejecutiva en contra de EDWIN DOMINGO CARVAJAL RODR GUEZ,Í c dula de identidad N°14.472.826-2, ignoraé profesi n, actividad u oficio, domiciliado en Pasaje Los Retamos N°641, comunaó de Calama y/o Antofagasta N°2851, comuna de Calama. Funda su demanda en un pagar la vista que fue suscrito con fecha 23 deé febrero de 2024 ante competente Notario P blico, por la suma de $1.621.575,ú devengando una tasa de inter s a raz n de la tasa m xima convencional que la leyé ó á permite estipular para operaciones en moneda nacional no reajustables. Se ala que la firma en el pagar aparece autorizada ante Notario P blico yñ é ú de conformidad a lo prescrito en el art culo 59 y siguientes y 79 y siguientes de laí Ley Nº18.092 sobre Letras de Cambio y Pagar s, con relaci n a lo dispuesto ené ó los art culos 434 Nº 4 en relaci n con el art culo 435 del C digo deí ó í ó Procedimiento Civil, el documento presentado a ejecuci n tiene m rito ejecutivoó é perfecto. A su vez, la obligaci n es l quida y actualmente exigible y a su vez laó í correspondiente acci n no se encuentra prescrita.ó SEGUNDO: Que, con fecha 23 de mayo de 2024 (folio 10), comparece MARIO ANDR S ESPINOSA VALDERRAMA, É abogado, en representaci n deó don EDWIN DOMINGO CARVAJAL RODR GUEZÍ , ambos domiciliados para Código: KPBJXPGEPMF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1007-2024 Foja: 1 estos efectos en Calle General Manuel Baquedano N° 50, oficina 804, comuna de Antofagasta, oponiendo a la ejecuci n la excepci n del numeral 7 del art culo 464ó ó í del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos oó condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva,í sea absolutamente, sea con relaci n al demandado. Fund la excepci n en el hechoó ó ó de no encontrarse la firma del suscriptor autorizada ante notario p blico deú conformidad a la Ley. En s ntesis, indic que su representado jam s concurri o compareci aí ó á ó ó estampar ante Notario la firma puesta en el pagar en que se funda la ejecuci n,é ó omiti ndose a su vez la forma c mo le consta al Sr. Notario la autenticidad deé – – ó la firma estampada en el instrumento cuyo cumplimiento se persigue en estos autos, verific ndose inobservancia de un requisito exigible a la autorizaci n notarial de laá ó firma estampada en el instrumento privado, en particular aqu l consistente en laé forma como debe visarse una firma y que tiene por objeto dejar debida constancia y hacer fe que

Fallo

se declararon admisibles las excepciones, recibi ndose la causa a prueba, rindi ndose aquella que consta ené é autos. QUINTO: Que, la parte ejecutante acompa o junto con su demanda soloñ prueba instrumental, consistente en los siguientes documentos: 1.- Pagar a la vista, de fecha 23 de febrero del a o 2024, por la suma deé ñ $1.621.575.-, el que se encuentra en custodia bajo el N° 696-2024. 2.- Copia de mandatos y otras disposiciones para la prestaci n de losó servicios bancarios. SEXTO: Que, la parte ejecutada no alleg prueba alguna al proceso.ó S PTIMO:É Que, es menester se alar que de acuerdo a las reglas del onusñ probandi, en m rito de lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil,é í ó corresponde al ejecutado acreditar sus excepciones en el juicio ejecutivo. En cuanto a la objeci n documental:ó OCTAVO: Que, con fecha 23 de mayo de 2024 (folio 10), compareció MARIO ESPINOSA VALDERRAMA, en representaci n de la parte ejecutada,ó quien en segundo otros de su presentaci n objet el pagar fundante de autos y elí ó ó é documento signado como “Contrato” por no constar su autenticidad ni integridad. NOVENO: Que, con fecha 31 de mayo de 2024 (folio 16), compareció XIMENA ACU A VALDEBENITO,Ñ en representaci n de la ejecutante, quien enó segundo otros de su presentaci n evacu el traslado respecto de la objeci n,í ó ó ó solicitando su rechazo. Código: KPBJXPGEPMF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1007-20

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C-1007-2024 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Calamaº CAUSA ROL : C-1007-2024 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/CARVAJAL Calama, siete de Agosto de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 22 de abril del a o 2024, compareciñ ó XIMENA ACU A VALDEBENITO, Ñ chilena, abogada, c dula nacional deé identidad N°1

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