BANCO SANTANDER-CHILE S.A./GUTIÉRREZ
Rol
C-2653-2024
Fecha
7 de agosto de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 13 de febrero de 2024, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don Rodrigoé Ram rez Le n, abogado, en su calidad de mandatario judicial y ení ó representaci n, de ó Banco Santander- Chile, sociedad an nima bancaria,ó representada legalmente por don Rom n Blanco Reinosa, en su calidad deá Gerente General, Ingeniero Civil, pasaporte n mero PAK 752653, ambosú domiciliados en calle Bandera N 140, comuna y ciudad de Santiago, quienº interpone demanda ejecutiva en contra de don Felipe Alejandro Guti rrez C ceresé á , ignora profesi n, en su calidad de suscriptor,ó domiciliado en Jorge Inostroza 6027, Huechuraba, Regi n Metropolitana,ó solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargoó por la suma de $79.536.220-, m s intereses y costas.á Indica que don Felipe Alejandro Guti rrez C ceres, suscribi ené á ó Santiago, ante Notario y a la orden del Banco Santander-Chile, los siguientes pagar s: é a) Pagar N 650046277850, suscrito el 26 de enero de 2024 por laé ° suma de $ 19.973.746.- por concepto de capital, cantidad que se oblig a pagar el 31 de enero de 2024ó . Y que dicho pagar fueé suscrito por Santander Gesti n de Recaudaci n y Cobranzaó ó Limitada como mandatario de la deudora, don Felipe Alejandro Guti rrez C ceres, en virtud del mandato especial otorgado poré á ste, document ndose en dicho instrumento mercantil la deuda queé á el citado demandado tiene con el Banco Santander-Chile. En el Código: EXNWXPRUBCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2653-2024 Foja: 1 referido pagar se estipul que la deuda, en capital e intereses,é ó devengar a desde la fecha de mora o simple retardo, interesesí penales a la tasa de inter s m ximo convencional para operacionesé á de cr dito de dinero no reajustables que rija a la indicada fecha.é Llegada la fecha de vencimiento de pagar , la demandada no pagé ó la referida obligaci n, raz
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos, Banco Santander Chile deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar s en contra de don Felipe Alejandro Guti rrezé é C ceres, todos ya individualizados,á a fin de que pague la suma de $79.536.220.-, correspondiente al saldo insoluto de los pagar s materia deé estos autos, motivo por el que hace exigible a trav s de la demanda el totalé adeudado, m s intereses y costas.á SEGUNDO: Que, el demandado, debidamente representado, opuso las excepciones contempladas en los n meros 14 y 7 del art culo 464 delú í C digo de Procedimiento Civil, argumentando, la primera de ellas,ó b sicamente, que el mandato por medio del cual se suscribieron los pagar sá é es nulo, toda vez que el apoderado que los suscribi lo hizo ante notario yó liberando al tenedor de la obligaci n de protesto, lo que excede los l mitesó í del mandato y priva al documento de su m rito ejecutivo y lo vuelve nulo,é adem s de hacerlo inoponible al deudor; y la segunda excepci n, comoá ó primer argumento, que la nulidad del pagar por vicio del objeto traeé aparejado que el instrumento pierde su eficacia ejecutiva; y como segundo argumento, que el mandato es nulo y el pagar carece de m rito ejecutivoé é porque en l no se determin la cantidad de la deuda que el mandatarioé ó pod a reconocer en favor de un tercero, todos antecedentes que fueroní largamente rese ados en la parte expositiva de esta sentencia y que se danñ enteramente por reproducidos. TERCERO: Que, para el debido pronunciamiento de estas excepciones, en primer t rmino, cabe se alar que el ejecutado alega tanto laé ñ nulidad de la obligaci n como la falta de fuerza ejecutiva del t tulo, porqueó í el mandatario que suscribi el pagar fundante de la ejecuci n en suó é ó representaci n, se excedi de los t rminos del contrato al liberar al tenedoró ó é del documento de la obligaci n de protesto y firmarlo ante notario, raz nó ó por la que el pagar le ser a inoponible y carecer a de m rito ejecutivo,é í í é Código: EXNWXPRUBCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2653-2024 Foja: 1 adem s de ser el mandato nulo por vicio del objeto por haberse ejecutado elá encargo en t rminos gravosos, perjudic ndolo.é á CUARTO: Que la ejecutante sustent el presente juicio en entreó – otros- los siguientes documentos guardados en la custodia del tribunal bajo el N 2018-2024: a) Pagar N 650046277850, suscrito el 26 de enero de° é ° 2024 por la suma de $ 19.973.746; b) Pagar Cr dito En Moneda Nacionalé é No Reajustable en Cuotas Fijas, N 650038588626, suscrito el 16 de octubreº de 2020, por la suma de $ 108.000.000; c) Contrato de cr dito de consumo.é QUINTO: Que de los instrumentos rese ados ñ se observa que los t tulos ejecutivo de autos fueron suscrito en representaci n del deudor porí ó el Banco Santander Chile, en virtud de cl usula 13.2 del documentoá denominado, Contrato de cr dito de consumo, é “ De la misma forma facultan al Banco y/o Santander G
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa aprueba.ó Código: EXNWXPRUBCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2653-2024 Foja: 1 Con fecha 15 de julio de 2024 a folio 24, se cit a las partes a o ró í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos, Banco Santander Chile deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar s en contra de don Felipe Alejandro Guti rrezé é C ceres, todos ya individualizados,á a fin de que pague la suma de $79.536.220.-, correspondiente al saldo insoluto de los pagar s materia deé estos autos, motivo por el que hace exigible a trav s de la demanda el totalé adeudado, m s intereses y costas.á SEGUNDO: Que, el demandado, debidamente representado, opuso las excepciones contempladas en los n meros 14 y 7 del art culo 464 delú í C digo de Procedimiento Civil, argumentando, la primera de ellas,ó b sicamente, que el mandato por medio del cual se suscribieron los pagar sá é es nulo, toda vez que el apoderado que los suscribi lo hizo ante notario yó liberando al tenedor de la obligaci n de protesto, lo que excede los l mitesó í del mandato y priva al documento de su m rito ejecutivo y lo vuelve nulo,é adem s de hacerlo inoponible al deudor; y la segunda excepci n, comoá ó primer argumento, que la nulidad del pagar por vicio del objeto traeé aparejado que el instrumento pierde su eficacia ejecutiva; y como segundo argumento, que el mandato es nulo y el pagar carece de m ri
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C-2653-2024 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2653-2024 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE S.A./GUTI RREZÉ Santiago, siete de Agosto de dos mil veinticuatro Vistos: Que con fecha 13 de febrero de 2024, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don Rodrigoé Ram rez Le n, abogado, en
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