BANCO DE CHILE/BARBAS
Rol
C-3699-2024
Fecha
6 de agosto de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que comparecieron don Gaspar Cortes Moya, doña Camila Videla Concha y don Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica del giro de cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representada por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en Bandera 577 segundo piso, Santiago, quienes dedujeron demanda ejecutiva de cobro de pagaré, en contra de doña Patricia Carolina Barbas Barrios, en calidad de deudor principal, de quien se ignora profesión u oficio, con domicilio en Chipre 1244, La Florida, y solicitan se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $6.766.067.-, más intereses y costas. Señalaron que su representado es dueño y legítimo tenedor del pagaré que acompaña, suscrito en calidad de deudor principal, por doña Patricia Carolina Barbas Barrios, por un capital original de $ 6.766.067, al que se debe aplicar una tasa de interés mensual que indica dicho documento. El capital y los intereses se pagaran en 72 cuotas: 71 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $ 164.740, venciendo la primera de ellas el 24 de julio de 2023 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencerán Código: BUXMXPCTVKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada y una última cuota por el monto y con el vencimiento que se indica en el mismo título que sirve de fundamento a esta demanda. Se hace presente que como se estipuló en el mismo pagaré, el monto de cada una de las cuotas indicadas incluye pago de capital e intereses. Indicaron que en el mismo pagaré se estipuló que se acepta que el acreedor en forma exclusiva y privativa, podía destinar en cada opo
Fundamentos
fundamentos de derecho ya referidos que da por expresamente reproducidos a fin de evitar repeticiones y que en efecto, junto con ser inoponible el pagare de autos, la obligación en él contenida es nula. Refirió que la inoponibilidad se transforma en nulidad por la transgresión de las ideas fundantes de buene fe, probidad y conflicto de intereses, sanción que queda limitada a todo cuánto beneficia a la acreedora, esto es, al verse liberada del protesto y constituir un titulo ejecutivo, lo que perjudica al deudor mandante. El ejecutante evacuo el traslado el 15 de abril de 2024, solicitando el rechazo de las excepciones con costas. Código: BUXMXPCTVKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Sobre la primera excepción refirió que en ninguna parte del escrito de excepciones, la parte demandada ha negado adeudar a su representada, ni ha negado tampoco el haber suscrito efectivamente el pagare cuyo cobro se pretende en estos autos. Señalo que la parte contraria ha fundado la excepción señalando que “el mandatario obró fuera de los limites del mandato y fuera de las facultades conferidas por el mandante”, no obstante, el pagare fundante de esos autos ha sido firmado por el mismo deudor, por lo que dicho argumento esta fuera de lugar. Sobre la segunda excepción preciso que se remite a los antecedente de hecho y de derecho ya argumentados para establecer la improcedencia de las excepciones opuestas. Por resolución de 18 de abril de 2024, se tuvo por evacuado el traslado,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibieron a prueba Con fecha 2 de agosto de 2024, se citó a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que comparecieron don Gaspar Cortes Moya, doña Camila Videla Concha y don Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica del giro de cobranza a terceros, representante convencional del Banco de Chile, sociedad anónima bancaria, quienes dedujeron demanda ejecutiva de cobro de pagaré, en contra de doña Patricia Carolina Barbas Barrios, en calidad de deudor principal, y solicitan se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $6.766.067.-, más intereses y costas. Código: BUXMXPCTVKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Fundamentó su demanda ejecutiva sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que al comparecer la ejecutada, se opuso a la ejecución deduciendo las excepciones sobre la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidas en las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado y la nulidad de la obligación fundamentadas en la parte expositiva de esta sentencia. Tercero: Que el ejecutante evacuó el traslado de la excepción opuesta, solicitando rechazarla en todas sus partes, con expre
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1.(40) Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-3699-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/BARBAS Santiago, seis de Agosto de dos mil veinticuatro Vistos: Que comparecieron don Gaspar Cortes Moya, doña Camila Videla Concha y don Mauricio Araneda Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica del giro de cobranza a tercero
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