14º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/PEZOA

Rol

C-18501-2023

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Comparece don Octavio Calle vila, abogado, domiciliado en Agustinas 1291, 6 piso,Á ° oficina H, de esta ciudad, como mandatario judicial y en representaci n de Banco deó Cr dito e Inversiones, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n,é ó ó representado a su vez por su Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, ambos domiciliados en El Golf 125, Las Condes, quien interpone demanda ejecutiva en contra de don Mario Israel Pezoa Mu oz, desconoce profesi n uñ ó oficio, domiciliado en Miguel de Cervantes N 6634, comuna de Cerro Navia, Regi nº ó Metropolitana, seg n los siguientes antecedentes:ú Refiere que, con fecha 23 de Agosto de 2023, do a Patricia Salas Marticorena, suscribiñ ó pagar a la vista N D14799995370 en favor de Banco de Cr dito e Inversiones, por uné ° é capital de $14.888.303 y que presentado a su cobro, el mencionado documento no fue pagado. A ade que do a Patricia Salas Marticorena, suscriptor del pagar , act a comoñ ñ é ú apoderado del Banco de Cr dito e Inversiones, el que, asimismo, act a en representaci né ú ó del demandado, don Mario Israel Pezoa Mu oz, conforme se faculta en el mandatoñ otorgado por la demandada al Banco, el cual consta en el punto 8, p gina 5, delá Contrato Planes Servicios Bancarios. Dicho mandato, el cual indica acompa ar en elñ segundo otros , autoriza al Banco a suscribir, por s o a trav s de terceros especialmenteí í é designados para esos efectos, a suscribir o aceptar, ante Notario P blico, uno o m sú á pagar s a la orden del Banco en nombre y representaci n de su mandante, es decir laé ó demandada. Sostiene que se estableci en el pagar que en caso de mora o simple retardo en el pagoó é de alguna de las cuotas de capital y/o inter s comprendidos en la obligaci n, dar aé ó í derecho al acreedor a exigir de inmediato y anticipadamente el pago total del saldo insoluto adeudado a la fecha de la constituci n en mora, consider ndose las obligacionesó á Código: EWXSXPSXJKF Este docum

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Octavio Calle vila, abogado, en representaci n delÁ ó Banco de Cr dito e Inversiones, quien deduce demanda ejecutiva en contra de doné Mario Israel Pezoa Mu oz; fundando su acci n en los antecedentes de hecho y deñ ó derecho rese ados en lo expositivo de esta sentencia y que se dan por reproducidos enñ este considerando. SEGUNDO: Que legalmente notificado y requerido de pago, el abogado don Rodrigo del Ni o Jes s Silva Montes, en representaci n del ejecutado don Mario Israel Pezoañ ú ó Mu oz, opone a la ejecuci n las excepciones de los n meros 4, 7 y 11 del art culo 464ñ ó ú í del C digo de Procedimiento Civil.ó TERCERO: Que, a fin de acreditar su pretensi n, el ejecutante acompa los siguientesó ñó documentos: 1.- Pagar a la Vista N de operaci n D14799995370 a la orden de Banco de Cr dito eé ° ó é Inversiones, por la suma de $ 14.888.303, suscrito por do a Patricia Salas Marticorenañ en representaci n del Banco de Cr dito e Inversiones y ste a su vez en representaci nó é é ó de don Mario Israel Pezoa Mu oz.ñ Hay autorizaci n notarial de do a Mar a Ang lica Gal n Bauerle, Notario P blico de laó ñ í é á ú D cimo S ptima Notar a de Santiago, con fecha 23 de agosto de 2023.-é é í 2.- Copia Contrato Planes Personas Servicios Bancarios BCI, suscrito por don Mario Israel Pezoa Mu oz.ñ Hay autorizaci n notarial de don Cristian del Fierro Ruedlinger, Notario P blicoó ú Suplente de la Cuadrag sima Cuarta Notar a de Santiago, con fecha 6 de marzo deé í 2018.- 3.- Copia autorizada Acuerdos Comit Ejecutivo del Directorio Acta N 2699 del Bancoé ° de Cr dito e Inversiones, de fecha 25 de agosto de 2010, otorgado ante do a Mar aé ñ í Loreto Zald var Grass, Notario P blico Suplente de la D cimo Octava Notar a deí ú é í Santiago. Repertorio N 12591-2010.-° 4.- Copia autorizada Acta N 690 del Banco de Cr dito e Inversiones, de fecha 17 de° é julio de 2023, otorgado ante don Alberto Moz Aguilar, Notario P blico Titular de laó ú Cuadrag sima Notar a de Santiago. Repertorio N 3849-2023.-é í ° CUARTO: Que la parte demandada no aport prueba alguna a fin de justificar suó defensa. Código: EWXSXPSXJKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-18501-2023 Foja: 1 QUINTO: Que, en cuanto a la excepci n opuesta del Nro. 7 del art culo 464 deló í C digo de Procedimiento Civil, y que la ejecutada funda en dos argumentaciones, seró á rechazada en base a las consideraciones que se expondr n.á a) Respecto al primer argumento fundamentado en la circunstancia de no encontrarse acreditado el pago del impuesto de timbres y estampillas, aqu lla ser rechazada, puesé á del examen del pagar por este sentenciador, se aprecia que el pago del impuestoé aparece de manifiesto con la menci n que se ala el mismo en su parte final deló ñ instrumento, con la rese a El impuesto de Timbres y Estampillas que grava esteñ “ documento se paga por ingresos mensuales de dinero en Tesorer a seg n Decreto

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se rechazan, en todas sus partes, las excepciones opuestas por el ejecutado don Mario Israel Pezoa Mu oz.ñ II.- Que se ordena seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer a la ejecutante, entero yó cumplido pago de lo adeudado en capital e intereses. III.- Que habiendo sido completamente vencida, se condena en costas a la parte ejecutada. REG STRESE.-Í NOTIF QUESE PERSONALMENTE O POR C DULA.-Í É Rol C-18501-2023 DICTADA POR DON MARCELO REYES POZO, JUEZ DEL D CIMOÉ CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Código: EWXSXPSXJKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-18501-2023 Foja: 1 Autoriza do a Paulina Saavedra Quintanilla, Secretaria.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, seis de Agosto de dos mil veinticuatro Código: EWXSXPSXJKF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-06T13:43:44-0400

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C-18501-2023 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18501-2023 CARATULADO : BANCO DE CR DITO E INVERSIONES/PEZOAÉ Santiago, seis de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS Comparece don Octavio Calle vila, abogado, domiciliado en Agustinas 1291, 6 piso,Á ° oficina H, de esta ciudad, como mandatario judicial y en representaci n de

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