1º Juzgado Civil de San Miguel

GONZÁLEZ/

Rol

V-282-2023

Fecha

6 de agosto de 2024

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece do a Mirtha Viviana Gonz lez Bravo, comerciante, domiciliada enñ á Calle Brisas del Maipo N 836, casa F, comuna de La Cisterna, quien en conformidad al° art culo 18 del Reglamento del Conservador de Bienes Ra ces, deduce reclamo contra laí í negativa del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, respecto de la escrituraí p blica de compraventa otorgada en la Notar a de San Miguel del Notario P blico donú í ú Omar Retamal Becerra, Repertorio N 846 del a o 2014 y su respectiva escritura p blica° ñ ú de complementaci n, aclaraci n y rectificaci n, otorgada en la misma notar a,ó ó ó í Repertorio N 268 del a o 2015. ° ñ Indica que con fecha 28 de julio del a o 2014, se otorg en la Notar a de Sanñ ó í Miguel, del Notario P blico don Omar Retamal Becerra, la escritura p blica deú ú compraventa, respecto de la propiedad ubicada en la calle Cacique Pelantaro N 10311,° que corresponde al Lote N 104, de la poblaci n Santa Laura, comuna del Bosque,° ó cuyos deslindes son los siguientes; AL NORTE: Lote ciento tres; AL SUR: Lote ciento cinco; AL ORIENTE: pasaje Pelantaro; y AL PONIENTE: parte de Lote ciento dos, anotada en el repertorio N 846, del a o 2014. En dicha escritura la abogada encargada° ñ de la redacci n do a Ivonnette Ar valo Bonnet incurri en un error al consignar eló ñ é ó estado civil de la vendedora, como divorciada, en circunstancias de que, a la poca delé otorgamiento de dicha escritura, do a Carolina Gladys Bravo Arenas era viuda. Enñ raz n de lo anterior, la escritura p blica repertorio N 846, del a o 2014 fueó ú ° ñ complementada, aclarada y rectificada mediante escritura p blica de fecha 11 de marzoú de 2015, otorgada en la misma notar a de don Omar Retamal Becerra, repertorio Ní ° 268 del a o 2015, en la que, en su cl usula primera, se rectific el estado civil de lañ á ó vendedora, do a Carolina Gladys Bravo Arenas, precis ndose que su estado civil era elñ á de viuda. A ade que, uñ na vez subsanado el error, procedi a inscribir ambas es

Fundamentos

motivos expuestos solicita se tenga por interpuesta reclamo a la negativa del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel a inscribir la compraventa celebradaí por escritura p blica de fecha 28 de julio de 2014, Repertorio N 846, del a o 2014 y suú ° ñ respectiva escritura de complementaci n, aclaraci n y rectificaci n, Repertorio N 268ó ó ó ° del a o 2015, como tambi n a su negativa de rectificar por v a administrativa el estadoñ é í civil de quien le vendi y transfiri la propiedad, y se le ordene al conservador se aladoó ó ñ proceda efectuar una nota aclaratoria al margen de la inscripci n de dominio de Fojasó 17.328 N 15.532 del Registro de Propiedad, del a o 2006, a su cargo, en el sentido de° ñ que el inmueble singularizado en dicha inscripci n fue adquirido por do a Carolinaó ñ Gladys Bravo Arenas, bajo su estado civil de viuda, a fin de que consecuencialmente, pueda proceder a la inscripci n a su nombre de la compraventa referida.ó A folio 4, se dio curso a la solicitud de autos y dispuso requerir informe al Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.í A folio 7, la apoderada de la parte reclamante complement su solicitudó indicando que el rechazo de inscripci n por el cual reclama corresponde a car tula deó á ingreso N 088321 del a o 2014 y que dio lugar a la anotaci n presuntiva N 6051 de° ñ ó ° fecha 6 de abril de 2015. A folio 9, el Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel evacu informe alí ó tenor de lo solicitado por el tribunal. A folio 12, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece do a Mirtha Viviana Gonz lez Bravo quien enñ á conformidad al art culo 18 del Reglamento del Conservador de Bienes Ra ces, deduceí í reclamo contra la negativa del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, a fin deí que se le ordene inscribir la escritura p blica de compraventa otorgada en la Notar a deú í San Miguel del Notario P blico don Omar Retamal Becerra, Repertorio N 846 del a oú ° ñ 2014 y su respectiva escritura p blica de complementaci n, aclaraci n y rectificaci n,ú ó ó ó otorgada en la misma notar a, Repertorio N 268 del a o 2015, como tambi n reclama aí ° ñ é la negativa de rectificar por v a administrativa el estado civil de quien le vendi yí ó transfiri la propiedad, y se le ordene al conservador se alado proceda efectuar una notaó ñ aclaratoria al margen de la inscripci n de dominio de fojas 17.328 N 15.532 deló ° Registro de Propiedad del a o 2006, a su cargo, en el sentido de que el inmuebleñ singularizado en dicha inscripci n fue adquirido por do a Carolina Gladys Bravoó ñ Arenas, bajo su estado civil de viuda, a fin de que consecuencialmente, pueda proceder a la inscripci n a su nombre de la compraventa referida.ó Funda su solicitud en los antecedentes expuesto en la parte expositiva de esta sentencia. Código: QTBJXPXLXXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEGUNDO: Que, el art culo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio

Fallo

se resuelve:í ú I.- Que, se acoge el reclamo por negativa de inscripci n del Conservador deó Bienes Ra ces de San Miguel, en consecuencia, se le ordena a este ltimo proceder aí ú efectuar una anotaci n marginal en la inscripci n de fojas 17.328, N 15.532 del a oó ó ° ñ 2006 del Registro de Propiedad en el sentido de se alar que do a Carolina Gladysñ ñ Bravo Arenas, tiene a la fecha de la celebraci n de la compraventa que dio origen a laó inscripci n conservatoria el estado civil de viuda y a inscribir y/o practicar lasó subinscripciones que correspondan, respecto de las escrituras p blicas de compraventaú otorgada en la Notar a de San Miguel del Notario P blico don Omar Retamal Becerra,í ú Repertorio N 846 del a o 2014 y su respectiva escritura p blica de complementaci n,° ñ ú ó aclaraci n y rectificaci n, otorgada en la misma notar a, Repertorio N 268 del a o 2015.ó ó í ° ñ Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidadí í í . Rol V-282-2023 DICTADA POR DO A SUSANA CHAC N ARANCIBIA, JUEZA TITULAR.Ñ Ó Código: QTBJXPXLXXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, seis de Agosto de dos mil veinticuatro Código: QTBJXPXLXXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-06T12:43:10-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-282-2023 CARATULADO : GONZ LEZ/Á San Miguel, seis de Agosto de dos mil veinticuatro VISTOS: Comparece do a Mirtha Viviana Gonz lez Bravo, comerciante, domiciliada enñ á Calle Brisas del Maipo N 836, casa F, comuna de La Cisterna, quien en conformidad al° art culo 18 del Reglamento del Cons

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