1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MATURANA/UNIVERSIDAD DE SANTIAGO CHILE

Rol

M-1303-2024

Fecha

30 de agosto de 2024

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos acreditados y valoración de la prueba. Que apreciada la prueba rendida de acuerdo a las normas de la sana critica, esto es, respetando las razones jurídicas y simplemente lógicas, técnicas o de experiencia, en cuya virtud se ha asignado valor o se las ha desestimado, se ha tomado en especial consideración la multiplicidad, gravedad, precisión en concordancia o conexión de las pruebas con que se han presentado en el proceso la cual resulta coherente y armónica en sí misma como en conjunto es dable tener por acreditado lo siguiente: 1.- Que entre la actora y la Universidad de Santiago de Chile existió una relación contractual en virtud de la cual la actora prestó servicios para dicha institución desde el 1 de abril de 2013 hasta enero de diciembre de 2024. Durante este período, se suscribieron contratos a honorarios con la Universidad de Santiago de Chile, cuyo objeto consistía en la prestación de servicios como cantante contralto en el coro de la Universidad de Santiago de Chile (USACH). 2.- Qué los contratos celebrados lo eran para la realización de 6 presentaciones y 24 ensayos cada uno. 3.- Que el coro de la Universidad de Santiago de Chile estaba compuesto en su mayoría por cantantes voluntarios y la función de la actora consistía en apoyo a estos cantantes. 4.- Que la actora emitió boletas por la prestación de servicios a honorarios para la demandada por atención profesional cantante contralto Coro USACH. Cuarto. En cuanto a la relación laboral alegada. Que al respecto la Excelentísima Corte Suprema en Causa Rol 21.637-2017 señala: Séptimo: “El Código del Trabajo define el contrato individual de trabajo en el artículo 7 como “una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, este, a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquel a pagar por estos servicios una remuneración determinada.”. Para precisar, pues, si se está en presencia de un contrato de trabajo, será esencial desentrañar

Fallo

se resuelve. I.- Que se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por doña Marcela Damarys Maturana Toledo, cédula nacional de identidad 12.018.252-8 en contra de Universidad de Santiago de Chile, rol único tributario 60.911.000-7, representada legalmente por don Rodrigo Vidal Rojas, cédula nacional de identidad 8.900.392-K, todos previamente individualizados. II.- Que no se condena en costas a la parte demandante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : M-1303-2024 RUC : 24- 4-0560602-6 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a treinta de agosto de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia única en procedimiento monitorio en los autos RIT M-1303-2024 por declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta p

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