1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DONOSO/VIÑA CONCHA Y TORO S.A.

Rol

T-2049-2023

Fecha

30 de agosto de 2024

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos permiten colegir que fue objeto de vulneración de derechos fundamentales de la garantía constitucional establecida en el artículo 19 nº1 de la Constitución Política de la República, en concordancia con los artículos 171 y 160 número nº 1 letra F, nº 5 y nº 7 del Código del Trabajo. Solicita se declare en sentencia definitiva. Que la denunciada ha vulnerado su derecho fundamental, esto es, la integridad psíquica, protegido en los numeral 1° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, de acuerdo a los hechos relatados en la demanda, condenando al pago de Indemnización adicional, establecida en el inciso tercero del artículo 489, por 11 remuneraciones en la suma $21.996.810 o en las remuneraciones que estime conveniente dentro del marco legal de la norma referida. Pago de Mes de Aviso equivalente a la cantidad de $1.999.710. Pago de Años de Servicios equivalente a la cantidad de $3.999.420. Pago de recargo legal; establecido en el artículo 168 letra c) del 80%, del Código del Trabajo, equivalente a la cantidad $3.199.536 y recargo establecido en el artículo 168 letra b) del 50%, del Código del Trabajo, equivalente a la cantidad $1.999.710. Feriado proporcional, por 5,7 días, equivalentes a $111.159. Feriado Legal, correspondiente a los periodos del años 2022, equivalente a la cantidad de $389.058. Remuneración pendiente, correspondiente 7 días de julio, equivalente a la cantidad de $466.599. Medidas reparativas, proponiendo como medida reparativa una declaración pública ofreciendo disculpas ante todo el personal de la empresa y una capacitación sobre respeto de derechos fundamentales para todos los trabajadores y gerencia de la empresa. Todo con reajustes, intereses y costas. En subsidio presenta demanda por despido indirecto fundado en los mismos antecedentes. Segundo. Contesta demanda. Que la demandada Viña Concha y Toro S.A contesta la denuncia y demanda subsidiaria. Indica que niega y controvierte expresamente todos y cada uno de los hech

Fundamentos

considerando los haberes permanentes. En este caso, los meses a considerar son: junio de 2023, con una remuneración de $1.509.104; mayo de 2023, con $1.299.548; y abril de 2023, con $1.999.710. Por lo tanto, la remuneración para efectos indemnizatorios asciende a $1.602.787. Décimo tercero. En cuanto a los feriados demandados. Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 67 y 73 del Código del Trabajo, una vez terminada la relación laboral, el trabajador tiene derecho a una compensación por los días de feriado que no haya hecho uso. Si el trabajador deja de pertenecer a la empresa por cualquier motivo, el empleador deberá compensar el tiempo correspondiente al feriado que le hubiera correspondido cuya carga probatoria corresponde a la parte empleadora. En este caso, se dictó sentencia parcial en estos autos mediante la cual se compensó al actor por el feriado proporcional, sin embargo, también se demandó el feriado legal correspondiente al periodo 2022. Al respecto la demandada ha acompañado un comprobante de feriado que no se encuentra suscrito por el actor en señal de aceptación, lo que le resta valor probatorio, razón por la cual se ordenará compensar el feriado demandado en lo resolutivo en base a la remuneración acreditada precedentemente por la suma de $312.068. Décimo cuarto. En cuanto a la remuneración del mes de Julio de 2023. Que habiendo sido dictada sentencia parcial en la cual se pagó al actor la suma de $176.206 por concepto de remuneración del mes de Julio de 2023 no obstante en esta causa se tuvo por cierto que la base de cálculo para efectos indemnizatorios ascendía a la suma de $1.602.787 se le adeuda al actor por concepto de diferencias en la remuneración la suma de $ 197.776. Décimo quinto. Que toda la prueba incorporada ha sido analizada de acuerdo a las reglas de la sana crítica y aquella no mencionada en nada hace variar los hechos precedentemente establecidos en estos autos. Y vistos además lo dispuesto en los artículos 19 de la Constitución Política de la República, artículos 1, 3, 5, 7, 9,10, 11, 41, 63, 66, 67, 73, 160, 171, 173, 453, 454, 485, 489 y siguientes del Código del Trabajo,

Fallo

se resuelve; I.- Que se rechaza la denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido indirecto deducida por don Vicente Alonso Muñoz, cédula nacional de identidad 20.219.574-1, en contra de Viña Concha y Toro S.A, rol único tributario 90.227.000-0, representada legalmente por doña Cecilia Cobos Zepeda, cédula nacional de identidad 6.867.267-8, todos previamente individualizados. II.- Que se acoge parcialmente la demanda por despido indirecto y cobro de prestaciones interpuesta por don Vicente Alonso Muñoz, cédula nacional de identidad 20.219.574-1, en contra de Viña Concha y Toro S.A, rol único tributario 90.227.000-0, representada legalmente por doña Cecilia Cobos Zepeda, cédula nacional de identidad 6.867.267-8, todos previamente individualizados sólo cuánto se condena a la demandada a pagar al actor lo siguiente: a) $ 312.068, por concepto de feriado legal. b) $ 197.776, por concepto de diferencia en la remuneración del mes de Julio de 2023. III.- Que las sumas antes señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes que establece el artículo 63 del Código del Trabajo. IV.- Qué se rechaza la demanda en todo lo demás. V.- Que no habiendo sido ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagará sus costas. VI.- Ejecutoriada que sea la presente resolución cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, de lo contrario remítase los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago para su cumplimiento

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, treinta de agosto de dos mil veinticuatro. Vistos. Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT T -2049-2023, por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido indirecto. En subsidio despido indirecto y cobro de prestaciones. La demanda fue interpu

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