SU BUS CHILE S.A./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO CORDILLERA
Rol
I-52-2024
Fecha
29 de agosto de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos pacíficos: 1.- El haberse cursado la multa N°8657/24/21, por no otorgarse el descanso de 30 minutos dentro de la jornada, acorde las condiciones establecidas en el Ordinario N°5076/095 de fecha 29 de noviembre de 2010, a 10 trabajadores en ella individualizados el día 25 de junio de 2024, lo que se constató mediante los Boucher de servicio de la jornada en comento, los que no consignan dicho lapso de tiempo de descanso. 2.- Que los trabajadores consignados en la multa detentan la calidad de conductores. Hechos a probar: 1.- Si la reclamada incurrió en algún error de hecho y/o de derecho al aplicar la multa objeto de la presente causa. 2.- Si los trabajadores don Claudio Riquelme, don Sergio Cayuela, don Jimmy Moreno y don Juan Ahumada prestaron servicios el día 25 de junio de 2024. 3.- Documentación requerida por la fiscalizadora al momento de la fiscalización. MEDIOS DE PRUEBA a) Reclamante ofrece e incorpora el siguiente medio de prueba: I. Documental reclamante: 01. Resolución de Multa Nº8657/24/21 emitida por la Dirección del Trabajo y correo electrónico de notificación. (se desiste) 02. Contratos de trabajo y anexos de contrato de trabajo de los trabajadores individualizados en la Resolución de Multa N°8657/24/21. (se desiste) 03. Registros de asistencia correspondiente al mes de junio de 2024 de los trabajadores individualizados en la Resolución de Multa N°8657/24/21. 04. Vouchers de Servicios (HSB) correspondiente al día 25 de junio de 2024 de los trabajadores individualizados en la Resolución de Multa N°8657/24/21. 05. Resolución N°1442, de 13 de noviembre de 2008, emitida por la Dirección del Trabajo. 06. Resolución N°354, de 10 de marzo de 2014, emitida por la Dirección del Trabajo. 07. Resolución N°1172, de fecha 17 de abril de 2018, emitida por la Dirección del Trabajo. · Reclamada (solicitud de exclusión): Solicita la exclusión de los documentos N°5, N°6 y N°7 (Resoluciones emitidas por la Dirección del Trabajo) por impertinencia, toda
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos antes mencionados, y artículos 1, 33, 420 y siguientes, 454 y siguientes, 503, 506, del Código del Trabajo; artículos y demás normas pertinentes, se resuelve: I.- Que se acoge el reclamo interpuesto por SU BUS CHILE S.A., en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO CORDILLERA, ambas ya individualizadas, en contra de la resolución N°8657/24/21, en cuanto DE DEJA SIN EFECTO la misma. II.- Que no se condena en costas, únicamente por haber tenido la reclamada motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: I-52-2024 RUC: 24-4-0593364-7 Pronunciada por doña VILMA VALENTINA ARAVENA ABARZÚA, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto. Quedan las partes notificadas de todo lo obrado en la presente audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro.
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA EN PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE MULTA Y DEMÁS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS FECHA 29/08/2024 RUC 24-4-0593364-7 RIT I-52-2024 MAGISTRADA VILMA VALENTINA ARAVENA ABARZÚA ADMINISTRATIVO DE ACTAS RONALDO MATAMALA EFFICA SALA 2 MODALIDAD DE AUDIENCIA VIDEOCONFERENCIA HORA DE INICIO 10:11 HORA DE TÉRMINO 11:04 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440593364-7-1363-290824-0
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