BANCO ITAU CHILE S.A/ALÉ
Rol
C-4110-2024
Fecha
2 de agosto de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que compareció don Juan Pablo Gutiérrez Silva, abogado, domiciliado en calle Coronel Pereira N° 72, oficina 1002, Las Condes, en representación convencional de Banco Itaú Chile, empresa bancaria, cuyo representante legal es don Gabriel Amado de Moura, administrador de empresas, todos domiciliados en Av. Presidente Riesco N° 5537, piso 20, Las Condes en su calidad de continuador legal de Itau Corpbanca, quien dedujo demanda ejecutiva por cobro de pagaré, conforme a la Ley N° 20.027 y su Reglamento, en contra de don Jose Luis Alé Mellado, ignora profesión, con domicilio en Pehuen 145 Villa Los Jardines, Los Angeles y en Pehuen 145 Villa Los Jardines, Los Angeles, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma 7,8924 Unidades de Fomento, equivalente en pesos al 27 de febrero de 2024, por la cantidad de $290.746.-, más intereses y costas. Señaló que los títulos cuyo cobre se persiguen con la demanda consisten en: 1) pagaré de monto capital equivalente a 0,7892 unidades de fomento, con vencimiento el 12 de febrero de 2024; y 2) pagaré de monto capital equivalente a 7,1032 unidades de fomento, con vencimiento el 12 de febrero de 2024. Sostuvo que los pagarés se encuentran garantizados de conformidad con las disposiciones de la ley 20.027 que establece normas para el financiamiento de estudios de educación superior. Código: DVWEXPBJGDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4110-2024 Foja: 1 Indicó que en los pagarés se estipuló que el capital adeudado devengará el interés máximo convencional a partir de la fecha de su suscripción, hasta la fecha de su pago efectivo. Expuso que se liberó al acreedor de la obligación de protesto, y añade que la firma del representante del suscriptor de los pagarés se encuentra autorizada por notario público, por lo que el titulo tiene mérito ejecutivo; la deuda es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuen
Fundamentos
fundamentos tanto de hecho y de derecho que motivan la presente ejecución y se realiza una correcta individualización de las partes, el tribunal ante quien se entable y las peticiones que se someten al
Fallo
fallo del tribunal, en definitiva se cumplen todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil. Por resolución de 6 de mayo de 2024, se declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibió la causa a prueba, solo respecto al numeral 7, 11 y 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. El 2 de agosto de 2024 se citó a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que compareció don Juan Pablo Gutiérrez Silva, abogado, en representación convencional de Banco Itaú Chile, empresa bancaria, en su calidad de continuador legal de Itau Corpbanca, quien dedujo demanda ejecutiva por cobro de pagaré, conforme a la Ley N° 20.027 y su Reglamento, en contra de don Jose Luis Alé Mellado, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma 7,8924 Unidades de Fomento, equivalente en pesos al 27 de febrero de 2024, por la cantidad de $290.746.-, más intereses y costas. Código: DVWEXPBJGDE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4110-2024 Foja: 1 Fundamentó su demanda ejecutiva sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que al comparecer el ejecutado Jose Luis Alé Mellado, se opuso a la ejecución y deduce la excepción sobre la concesión de esperas o la prórroga del plazo, la falta de alguno de los requisit
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C-4110-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-4110-2024 CARATULADO : BANCO ITAU CHILE S.A/ALÉ Santiago, dos de Agosto de dos mil veinticuatro Vistos: Que compareció don Juan Pablo Gutiérrez Silva, abogado, domiciliado en calle Coronel Pereira N° 72, oficina 1002, Las Condes, en representación convencional de Banco Itaú Chile, empresa banc
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