4º Juzgado Civil de Santiago

RODRIGUEZ/CAAMAÑO

Rol

C-17252-2023

Fecha

2 de agosto de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 160, 170, 254, 346 N° 3, y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 1545, 1698 y 1977 del Código Civil; y Ley N° 18.101 y sus modificaciones de la Ley N° 19.866; más demás disposiciones que resulten aplicables; se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta en lo principal de folio 1, en cuanto se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, respecto del inmueble ubicado en Américo Vespucio N°0390, Torre A departamento 803, comuna de La Cisterna. II.- Que se acoge la acción de cobro de rentas en la forma dispuesta en el

Fundamentos

considerando quinto de esta sentencia. III.- Que se ordena a la demandada restituir el inmueble singularizado en el punto uno precedente, completamente desocupado, libre de familiares o dependientes, dentro de décimo día, contado desde que la presente sentencia cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con la fuerza pública, con el pago al día y hasta la restitución efectiva, de los gastos comunes y consumos básicos domiciliarios que Código: TBRXPPKTCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 correspondan, de conformidad a lo estipulado por las partes en la cláusula séptima del contrato de arrendamiento y lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley N° 18.101. IV. Que se condena en costas a la demandada. Pronunciada por Luis Eduardo Quezada Fonseca. Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dos de Agosto de dos mil veinticuatro. Código: TBRXPPKTCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-02T15:38:42-0400

Fallo

fallo cause ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública, todo ello con costas. En subsidio, y para el caso que la demanda enervare la acción pagando, solicita el desahucio de la demandada, pues es su deseo no perseverar en el contrato de arrendamiento. Código: TBRXPPKTCE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 A folio 10 se notificó la demanda y su proveído en la forma prevista por el artículo 44 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil. A folio 13, se celebró el comparendo de estilo, con la asistencia de la demandante con su apoderado, y en ausencia de la demandada. Se practicó la segunda reconvención de pago sin éxito, y se tuvo por evacuado el trámite de contestación en rebeldía. Además, el tribunal llamó a las partes a conciliación, la que no se produjo, debido a la inasistencia anotada, recibiendo posteriormente la causa a prueba, y rindiéndose por el demandante la que obra en autos. A folio 20, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO: Que ELCIRA PATRICIA RODRÍGUEZ CARIZ, dedujo demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en contra de CLAUDIA CAAMAÑO ROJAS, solicitando que en definitiva se declare terminado el vínculo contraído entre las partes, ordenándose la restitución del inmueble objeto de la convención, el pago de las rentas y consumos domiciliarios insolutos, más aquellos que se deven

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-17252-2023 CARATULADO : RODRIGUEZ/CAAMAÑO Santiago, dos de Agosto de dos mil veinticuatro VISTO. A folio 1 comparece Ramón Hernández Muñoz, abogado, en representación de ELCIRA PATRICIA RODRÍGUEZ CARIZ, técnico paramédico, ambos con domicilio para estos efectos en Antonio Varas número 855, departam

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