Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

EMETEL LTDA./INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TALCA

Rol

I-42-2024

Fecha

29 de agosto de 2024

Materia

Costas, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia única en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit N° I-42-2024, compareciendo don Mauricio Duque González, abogado, en representación de SERVICIOS DE INGENIERÍA ELÉCTRICA LIMITADA-EMETEL LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por doña Mirta Molina Monardes, todos domiciliados en calle Huérfanos número 1160 oficina número 301 de la ciudad de Santiago, asistida legalmente por el abogado don Mauricio Duque González, y la demandada INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE BIO BIO, representada por el Inspector Provincial del Trabajo de Bio Bio don Patricio Pinilla Valencia, ambas domiciliadas en calle Mendoza número 276 de esta comuna, asistida por el abogado don Darío Molina Benavente.

Fundamentos

CONSIDERANDO:   PRIMERO: Que don Mauricio Duque González, en representación de Servicios de Ingeniería Eléctrica Limitada-Emetel Limitada, representada legalmente por doña Mirta Molina Monardes, interpuso reclamo en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio, representada por don Patricio Pinilla Valencia, solicitando se deja sin efecto la resolución recurrida, o en su defecto declarar que se rebaja al mínimo posible o rebajarla al monto que el Tribunal estime, con costas en caso de oposición. SEGUNDO: Que interpuesta la demanda referida, el Tribunal accedió a darle tramitación conforme a las normas del procedimiento monitorio, contempladas en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo, pero estimó que no existían suficientes antecedentes para emitir un pronunciamiento de plano, razón por la que se procedió a fijar audiencia única de contestación, conciliación y prueba. TERCERO: Que la demandada al contestar el libelo deducido en su contra, solicita desde ya el rechazo de esa acción de reclamación en todas sus partes, con expresa condenación en costas. CUARTO: Que se estableció como antecedente indubitado que por resolución de multa número 3420/24/32 de 12 de junio del año en curso la Inspección Provisional del Trabajo de Bio Bio impuso a la empresa reclamante Servicios de Ingeniería Eléctrica Limitada, la sanción que reza lo siguiente “No pagar en las remuneraciones del mes de abril 2024, de forma proporcional a los 3 últimos meses que fueron trabajados 30 días antes de haber estado con licencia, los bonos variables, situación que afecta al trabajador Jonathan Seguel Gajardo, al haber trabajado los días 18, 19, 20 de abril del 2024.” QUINTO: Que a fin de acreditar sus pretensiones la empresa demandante Servicios de Ingeniería Eléctrica Limitada produjo la siguiente prueba: 1.- DOCUMENTAL: a) Resolución de multa número 3420/24/32 de 12 de junio del presente año impuesta por la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio a la actora. b) Correo electrónico remitido el 21 de junio del año en curso que informa a la empresa reclamante término de fiscalización número 0803/2024/397, con multa administrativa. c) Liquidación de remuneraciones de don Jonathan Jaime Seguel Gajardo, correspondiente a abril del presente año. d) Reliquidación de remuneraciones de don Jonathan Jaime Seguel Gajardo, correspondiente a abril del año en curso. e) Copia de transferencia bancaria efectuada el 10 de julio del presente año a don Jonathan Jaime Seguel Gajardo. f) Certificado de pagos de cotizaciones previsionales de don Jonathan Jaime Seguel Gajardo, extendido el 22 de agosto del año en curso por Previred correspondiente al período que media entre agosto de 2021 y julio del presente año. g) Declaración y pago de las cotizaciones previsionales correspondientes don Jonathan Jaime Seguel Gajardo canceladas el 10 de julio del año en curso. h) Liquidaciones de remuneraciones de don Jonathan Jaime Seguel Gajardo correspondientes a julio, ag

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la reclamación deducida por don Mauricio Duque González, en representación de Servicios de Ingeniería Eléctrica Limitada-Emetel Limitada, representada legalmente por doña Mirta Molina Monardes, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Bio Bio, representada por don Patricio Pinilla Valencia, sólo en cuanto se rebaja a Veinte Unidades Tributarias Mensuales la sanción impuesta por la resolución de multa número 3420/24/32 de 12 de junio del presente año. II.- Que no se condena en costas a la demandada al no haber resultado totalmente vencida. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rit N° I-42-2024 Ruc N° 24-4-0591141-4 Téngase por notificados de esta sentencia a los litigantes atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 457 del Código del Trabajo. DICTADA POR DON SERGIO YÁÑEZ ARELLANO. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LOS ÁNGELES.

Texto Completo (Preview)

Los Ángeles, veintinueve de agosto de dos mil veinticuatro.      VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia única en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit N° I-42-2024, compareciendo don Mauricio Duque González, abogado, en representación de SERVICIOS DE INGENIERÍA ELÉCTRICA LIMITADA-EMETEL LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente p

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