BANCO DEL ESTADO DE CHILE/URRUTIA
Rol
C-1286-2023
Fecha
1 de agosto de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio N 1, comparece don Felipe Cataldo Moya, abogado,° mandatario judicial en representaci n convencional de Banco del Estado deó Chile, representado legalmente por su gerente general ejecutivo, don scarÓ Ra l Antonio Gonz lez Narbona, ingeniero civil, quien deduce demandaú á ejecutiva en contra de Inmobiliaria e Inversiones Fejo Ltda, representada legalmente por don Jos Luis Urrutia Acevedo, ignora profesi n u oficio; y,é ó en contra de don Jos Luis Urrutia Acevedo, ignora profesi n u oficio, ené ó calidad de avalista y codeudor solidario. En el folio N 21, consta la notificaci n legal de la demanda al° ó demandado. En lo principal de folio N 23, el ejecutado opone a la ejecuci n las° ó excepciones del art culo 464, n meros 7, 2, 4 y 11, del C digo deí ú ó Procedimiento Civil. En el folio N 31, la ejecutante evac a el traslado a las excepciones° ú opuestas. En el folio N 32, se declaran admisibles las excepciones opuestas y se° las recibe a prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Felipe Cataldo° Moya, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representaci n convencional de Banco del Estado De Chile,ó empresa aut noma de cr ditos del Estado, domiciliado en Avda. Libertadoró é Bernardo O Higgins N 1111, piso 8 , comuna de Santiago, representado´ º º legalmente por su gerente general ejecutivo, don scar Ra l AntonioÓ ú Gonz lez Narbona, ingeniero civil, de su mismo domicilio, quien deduceá demanda ejecutiva en contra de Inmobiliaria e Inversiones Fejo Ltda., ignora giro, representada legalmente por don Jos Luisé Urrutia Acevedo, ignora profesi n u oficio, ambos domiciliados en Buenos Aires 693, Villaó Alemana, y en contra de don Jos Luis Urrutia Acevedo, ignora profesi n ué ó oficio, en calidad de avalista y codeudor solidario, domiciliado en Buenos Aires 693, Villa Alemana. Se ala que, su representado, Banco del Estado de Chile, es due o delñ ñ pagar que fue suscrito en calidad de deudor principal por Inmobiliaria eé Inversiones Fejo Ltda, representada legalmente por don Jos Luis Urrutiaé Código: DQCSXPJYCED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Acevedo y por este ltimo, en calidad de avalista y codeudor solidario de laú primera. El pagar fue suscrito por la suma de $8.466.980 (ocho millonesé cuatrocientos sesenta y seis mil novecientos ochenta pesos), por concepto de capital, m s un inter s de 0,5800% mensual, que el deudor se oblig aá é ó pagar en 29 cuotas mensuales y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagar suscrito, el que ené este punto se da expresamente por reproducido. Se estableci en el pagar que en caso de mora o simple retardo en eló é pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor est obligado aá pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al m ximoá convencional seg n las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de losú dem s derechos del acreedor, quedando facultado Banco del Estado deá Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligaci n.ó El deudor se oblig a pagar la comisi n legal de 0,0000% anual sobreó ó el capital garantizado que Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garant a para Peque os Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona elí ñ cr dito con una tasa de garant a de 85% del saldo capital. é í El deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento, al d aí 06 de febrero de 2023, inclusive, y todas las posteriores,
Fallo
se declaran admisibles las excepciones opuestas y se° las recibe a prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Felipe Cataldo° Moya, abogado, domiciliado en San Diego 81, piso 8, Santiago, mandatario judicial en representaci n convencional de Banco del Estado De Chile,ó empresa aut noma de cr ditos del Estado, domiciliado en Avda. Libertadoró é Bernardo O Higgins N 1111, piso 8 , comuna de Santiago, representado´ º º legalmente por su gerente general ejecutivo, don scar Ra l AntonioÓ ú Gonz lez Narbona, ingeniero civil, de su mismo domicilio, quien deduceá demanda ejecutiva en contra de Inmobiliaria e Inversiones Fejo Ltda., ignora giro, representada legalmente por don Jos Luisé Urrutia Acevedo, ignora profesi n u oficio, ambos domiciliados en Buenos Aires 693, Villaó Alemana, y en contra de don Jos Luis Urrutia Acevedo, ignora profesi n ué ó oficio, en calidad de avalista y codeudor solidario, domiciliado en Buenos Aires 693, Villa Alemana. Se ala que, su representado, Banco del Estado de Chile, es due o delñ ñ pagar que fue suscrito en calidad de deudor principal por Inmobiliaria eé Inversiones Fejo Ltda, representada legalmente por don Jos Luis Urrutiaé Código: DQCSXPJYCED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Acevedo y por este ltimo, en calidad de avalista y codeudor solidario de laú primera. El pagar fue suscrito por la suma de $8.466.9
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-1286-2023. CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/URRUTIA MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. Valpara so, uno de agosto de dos mil veinticuatro.í VISTO: En el folio N 1, comparece don Felipe Cataldo Moya, abogado,° mandatario judicial en representaci n convencional de Banco del Estado deó Chile, representado legal
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