7º Juzgado Civil de Santiago

SAN SEBASTIAN INMOBILIARIA S.A./INOSTROZA

Rol

C-8389-2024

Fecha

31 de julio de 2024

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: El mérito de los antecedentes, documentos acompañados y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 de la ley 19.281; 223 y 232 del Código Orgánico de Tribunales; 414, 417 y 628 del Código de procedimiento Civil, se declara: - Que ha lugar a lo solicitado en la demanda por don Rodrigo Cifuentes Ramírez, cédula de identidad N°11.605.773-5, abogado en representación de San Sebastián Inmobiliaria S.A. y se designa Árbitro de derecho, a don CARLOS LARRAÍN PENTZ, abogado, domiciliado en calle Phillips 15, Oficina H, SANTIAGO, teléfono 226328360, correo electrónico clarrain@cuadralarrainypererira.cl - Póngase en conocimiento de las partes y téngase por aprobada la designación si no fuere objetada dentro de tercero día. - Regístrese y Notifíquese al árbitro a fin de que acepte el cargo en forma legal. Resolvió doña Paulina Valenzuela Negrete, Jueza Suplente Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Julio de dos mil veinticuatro Código: HDXQXPTGBUC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:clarrain@cuadralarrainypererira.cl C-8389-2024 Foja: 1 Código: HDXQXPTGBUC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-31T21:45:06-0400

Fallo

se declara: - Que ha lugar a lo solicitado en la demanda por don Rodrigo Cifuentes Ramírez, cédula de identidad N°11.605.773-5, abogado en representación de San Sebastián Inmobiliaria S.A. y se designa Árbitro de derecho, a don CARLOS LARRAÍN PENTZ, abogado, domiciliado en calle Phillips 15, Oficina H, SANTIAGO, teléfono 226328360, correo electrónico clarrain@cuadralarrainypererira.cl - Póngase en conocimiento de las partes y téngase por aprobada la designación si no fuere objetada dentro de tercero día. - Regístrese y Notifíquese al árbitro a fin de que acepte el cargo en forma legal. Resolvió doña Paulina Valenzuela Negrete, Jueza Suplente Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Julio de dos mil veinticuatro Código: HDXQXPTGBUC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:clarrain@cuadralarrainypererira.cl C-8389-2024 Foja: 1 Código: HDXQXPTGBUC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-31T21:45:06-0400

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C-8389-2024 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8389-2024 CARATULADO : SAN SEBASTIAN INMOBILIARIA S.A./INOSTROZA Santiago, treinta y uno de Julio de dos mil veinticuatro Visto: El mérito de los antecedentes, documentos acompañados y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 de la ley 19.281; 223 y 232 del Código Orgá

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