FUENTES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES
Rol
C-782-2024
Fecha
31 de julio de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1.- A folio 1, comparece don H CTOR HUGO FUENTESÉ SEP LVEDAÚ , se desconoce profesi n u oficioó , domiciliada para estos efectos en Poblaci n Miguel de Cervantes, pasaje Oc ano rtico, N 0337ó é Á ° , de la comuna de Linares, deduciendo demanda de prescripci n extintiva ó de las acciones y derechos municipales por derechos de aseo domiciliario que actualmente se adeudan a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, Corporaci n Aut noma deó ó Derecho P blico con personalidad jur dica y patrimonio propio, Rut N 69.130.300-ú í º 4, representada por su Alcalde don Mario Alejandro Meza V squezá , chileno, casado, c dula nacional de identidad N 14.389.148-8; ambos domiciliados en calle Kurté º Moller, N 391, de la comuna de Linares.° Refiere que es due o de un veh culo, tipo REMOLQUE, marca TREMAC,ñ í Chasis 9018, A o 1994, color VERDE, PPU JE.4699-0. El remolque en cuesti n señ ó encontraba mec nicamente inutilizado al momento de adquirirlo desde hac a muchoá í tiempo, por ende, con la totalidad de sus papeles atrasados, los cuales poco a poco se han ido regularizando. Código: XKLHXPGHFKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 El veh culo tipo remolque adeuda permisos de circulaci n para con elí ó Municipio antes referido desde el a o ñ 2012, hasta el a o 2023, alcanzando añ acumular en tal per odo, la suma de $4.900.709.- (cuatro millones novecientos milí setecientos nueve pesos). Que el veh culo adeuda permisos de circulaci n desde hace varios a os y ení ó ñ consecuencia Tesorer a estima que deben pagarse todas las patentes adeudadas, loí que resulta imposible realizar, dado el alto costo de ellas en relaci n al precioó comercial del cami n y dada su actual situaci n econ mica.ó ó ó En cuanto a derecho, indica que el inciso primero del art culo 2521 delí C digo Civil, regula la prescripci n en toda clase de impuestos municipales y por loó ó tanto todas las acciones derivadas de los permisos de cir
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece don H CTOR HUGO FUENTESÉ SEP LVEDAÚ , presentando demanda de prescripci n de derechos de permiso deó circulaci n en contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada por suó alcalde, don Mario Meza V squez, en virtud de las razones de hecho y de derechoá que se consignaron en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO : A folio 6, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Certificado de deuda del veh culo tipo remolque marca tremac, a o 1994,í ñ PPU JE 4699-0. 2.- Certificado de Inscripci n y anotaciones vigentes del veh culo ó í tipo remolque marca tremac, a o 1994, PPU JE 4699-0.ñ C UARTO : Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes. QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tiene comoó ó principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan aí los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relacionesí no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo para eló actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por el actor en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que el demandante presenta una deuda por concepto de derechos de permiso de circulaci n del veh culo aludido, correspondienteó í a los periodos desde el a o 2012 al a o 2023ñ ñ , ambos inclusive. SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los derechos deó aseo domiciliario, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento, inici ndose desde esa poca, y para cada una de ellas, el lapso de inactividad delá é acreedor necesario para la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó Código: XKLHXPGHFKC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que en este contexto, y atendido a la fecha de la notificaci n de la presenteó demanda, es dable establecer que ha transcurrido ntegramente el plazo deí prescripci n que establece el art culo 2521 del C digo Civil respecto de las deudasó í ó indicadas en el documento no objetado de folio 1, que van desde el a o 2012 hastañ el a o 2020, toda vez ñ las acciones de las Municip
Fallo
Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 24 de abril de 2024. Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado “Fuentes con I. Municipalidad de Linares” Procedimiento Juicio Ordinario. Demandante H ctoré Hugo Fuentes Sep lvedaú C.I 8.398.242-k Abogado Paulina del Campo Almuna C.I. 12.791.363-3 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares. Rut 69.130.300-4 Abogado Gonzalo Rebolledo Gonz lezá . C.I. 16.537.110 -0 Juez Paula Luengo Montecino. Cit. O r Sentenciaí 29 de julio de 2024. Linares, treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: 1.- A folio 1, comparece don H CTOR HUGO FUENTESÉ SEP LVEDAÚ , se desconoce profesi n u oficioó , domiciliada para estos efectos en Poblaci n Miguel de Cervantes, pasaje Oc ano rtico, N 0337ó é Á ° , de la comuna de Linares, deduciendo demanda de prescripci n extintiva ó de las acciones y derechos municipales por derechos de aseo domiciliario que actualmente se adeudan a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, Corporaci n Aut noma deó ó Derecho P blico con personalidad jur dica y patrimonio propio, Rut N 69.130.300-ú í º 4, representada por su Alcalde don Mario Alejandro Meza V squezá , chileno, casado, c dula nacional de identidad N 14.389.148-8; ambos domiciliados en calle Kurté º Moller, N 391, de la comuna de Linares.° Refiere que es due o de un veh culo, tipo REMOLQUE, marca TREMAC,ñ í Chasis 9018, A o 1994, color VERDE, PPU JE.4699-0. El remolque en cuesti n señ ó encontraba mec nicamente inutilizado al momento de adquirirlo desde ha
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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-782-2024 CARATULADO : FUENTES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-782-2024 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 24 de abril de 2024. Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado “Fuentes con I. Municipalidad de Linares” Procedimiento Juicio Ordinario. Demandante H ctor
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