1º Juzgado Civil de Concepción

MONRROY/

Rol

V-38-2022

Fecha

31 de julio de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: La solicitud de folio 1, de CARMEN DE LAS MERCEDES MONRROY MEDINA, dueña de casa, domiciliada en Los Arrayanes 95, Cosmito, Comuna de Penco, en representación de su hijo Andrés Humberto Vidal Monrroy, estudiante, domiciliado en Los Arrayanes 95, Cosmito, Comuna de Penco, quien solicita se disponga la rectificación de la partida de nacimiento del mismo hijo. Funda su solicitud en que consta de certificado de nacimiento que su hijo fue inscrito bajo los nombres y apellidos de ANDRES HUMBERTO VIDAL MONRROY y que dicho nacimiento se produjo el 10 septiembre 2004, inscrito con el sexo masculino, siendo sus padres MARIO LUIS HUMBERTO VIDAL PARRA y CARMEN DE LAS MERCEDES MONRROY MEDINA. Añade que este nacimiento se inscribió en la Circunscripción del Servicio de Registro Civil e Identificación de la ciudad de Concepción bajo el número 2.096 del año 2004. Prosigue con que su relación sentimental con el padre biológico de su hijo llegó a su fin antes que este último naciera y que, en consecuencia, no formó ningún tipo de vínculo con esta persona, a quién sólo vio en contadas ocasiones. Sostiene que su hijo no se siente representado por el apellido de su padre biológico, incluso le produce rechazo, y se siente menoscabado moralmente con llevarlo, ya que de él nunca recibió nada, nunca se interesó en conocerlo, no le brindó cariño y tampoco algún tipo de ayuda económica. Cuenta que está casada hace 10 años con ANDRÉS EMILIO CISTERNAS CÁRDENAS quien se ha hecho cargo de su hijo Andrés desde los 7 años, cumpliendo el rol paterno. Agrega que el padre biológico se encuentra fallecido desde 20 Julio 2015, según consta en certificado de defunción. Indica que hoy su hijo tiene diecisiete años y es su deseo modificar su apellido paterno por el de la persona que lo ha criado y cumplido a cabalidad el rol de padre, Andrés Emilio Cisternas Cárdenas. Luego cita normativa legal que considera aplicable al caso y señala que su hijo, relaciona su primer apellido y su segundo nom

Fallo

en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en las normas legales que cita, pide tener por presentada solicitud de autorización de cambio de nombre, acogerla a tramitación y, en definitiva, dar lugar a ella declarando: 1. Que se autoriza el cambio de nombre de la partida de nacimiento de ANDRES HUMBERTO VIDAL MONRROY, cuyo nacimiento fue inscrito ante el señor Oficial del Registro Civil e Identificación de la circunscripción de Concepción bajo el número 2.096 del año 2004, en el sentido de cambiar su primer apellido por línea paterna, actualmente VIDAL por el de CISTERNAS y cambiar el segundo nombre actualmente HUMBERTO por el de BENJAMIN, quedando en definitiva el solicitante como ANDRES BENJAMIN CISTERNAS MONRROY. 2. Que una vez firme y ejecutoriada la sentencia definitiva que así lo declare, se ordene practicar las inscripciones y subinscripciones respectivas. En el folio 18, habiendo cumplido la mayoría de edad Andrés Humberto Vidal Monrroy, ratifica lo obrado en autos. Entraron los autos para fallo en el folio 56. Y TENIENDO PRESENTE: El mérito de los antecedentes, certificación de folio 12, información sumaria de testigos agregada a folio 22, informe N°4255, de fecha 31 de agosto de 2023, del Servicio de Registro Civil e Identificación rolante en folio 32; informe de Carabineros de Chile de folio 45, informe de la Fiscal Regional Región del Biobío de folio 47, informes de la Policía de Investigaciones de Chile de folio 48 y 50; y de conformidad con lo dispuesto en la

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FOJA: 50 .- cincuenta .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : V-38-2022 CARATULADO : MONRROY/ Concepci nó , treinta y uno de Julio de dos mil veinticuatro VISTO: La solicitud de folio 1, de CARMEN DE LAS MERCEDES MONRROY MEDINA, dueña de casa, domiciliada en Los Arrayanes 95, Cosmito, Comuna de Penco, en representación de su hijo Andrés Humberto Vi

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