11º Juzgado Civil de Santiago

ALVI SUPERMERCADOS MAYORISTAS S.A./BUENO

Rol

C-18081-2023

Fecha

30 de julio de 2024

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Que compareció don Sebastián Romero Santibáñez, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Alvi Supermercados Mayoristas S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, todos domiciliados para estos efectos Amunategui N° 232, oficina 2001, comuna y ciudad ce Santiago, deduciendo demanda ejecutiva de obligación de dar, en contra de doña Sara Eugenia Bueno Inzunza, comerciante, con domicilio en Aracari N° 118, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, a fin que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $ 2.472.244, más intereses y costas. Manifestó que su representada es dueña de las siguientes facturas: 1. Factura N°25873286, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 4 de mayo de 2023, por un valor total de $384.532.- 2. Factura N°2949539, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A, con fecha de emisión 26 de mayo de 2023, por un valor total de $20.729.- 3. Factura N°26175879, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 5 de junio de 2023, por un valor total de $386.099.- 4. Factura N°2949585, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 23 de junio de 2023, por un valor total de $28.321.- 5. Factura N°26177014, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 4 de julio de 2023, por un valor total de $386.582.- 6. Factura N°2953444, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 26 de julio de 2023, por un valor total de $37.705.- 7. Factura N°26754365, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 7 de agosto de 2023, por un valor total de $385.961. 8. Factura N°2953480, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 28 de agosto de 2023, por un valor total de $36.932. Código: VHCCXPWFDEC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 9. Factura N°26755678, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 6 de septiembre de 2023, por un valor total de $387.205.- 10. Fac

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareció don Sebastián Romero Santibáñez, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Alvi Supermercados Mayoristas S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, todos domiciliados para estos efectos Amunategui N°232, oficina 2001, comuna y ciudad de Santiago, quien dedujo demanda ejecutiva de obligación de dar, en contra de doña Sara Eugenia Bueno Inzunza, comerciante, con domicilio en Aracari N°118, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, a fin que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $ 2.472.244, más intereses y costas.. Fundó la demanda ejecutiva interpuesta en los antecedentes de hecho y de derecho ya expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que al comparecer la ejecutada se opuso a la ejecución deduciendo las excepciones de la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre y la concesión de espera y o la prórroga del plazo, establecidos respectivamente en los numerales 2 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, fundamentadas en la parte expositiva de esta sentencia. Tercero: Que el ejecutante evacuó el traslado de la excepción opuesta, solicitando rechazarla en todas sus partes, con expresa condenación en costas, conforme los antecedentes de hecho y de derecho ya expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Cuarto: Que la ejecutada no acompañó prueba alguna tendiente a justificar el fundamento de sus resistencias. Código: VHCCXPWFDEC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Quinto: Que, por su parte, la ejecutante acompañó la siguiente prueba documental: 1. Factura N° 25873286, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 4 de mayo de 2023, por un valor total de $384.532.- 2. Registro de Aceptación o Reclamo DTE emitido por el Servicio de Impuestos Internos Folio N°25873286. 3. Factura N° 2949539, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A, con fecha de emisión 26 de mayo de 2023, por un valor total de $20.729.- 4. Registro de Aceptación o Reclamo DTE emitido por el Servicio de Impuestos Internos Folio N°2949539. 5. Factura N° 26175879, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A, con fecha de emisión 05 de junio de 2023, por un valor total de $386.099.- 6. Registro de Aceptación o Reclamo DTE emitido por el Servicio de Impuestos Interno Folio N°26175879. 7. Factura N° 2949585, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A, con fecha de emisión 23 de junio de 2023, por un valor total de $28.321.- 8. Registro de Aceptación o Reclamo DTE emitido por el Servicio de Impuestos Internos Folio N°2949585. 9. Factura N° 26177014, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de emisión 04 de julio de 2023, por un valor total de $386.582.- 10. Registro de Aceptación o Reclamo DTE emitido por el Servicio de Impuestos Internos Folio N°26177014. 11. Factura N° 2953444, emitida por ALVI SUP.MAYORISTAS S.A., con fecha de

Fallo

se declararon admisibles las excepciones, recibiendo la causa a prueba por el término legal, y se citó a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que compareció don Sebastián Romero Santibáñez, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Alvi Supermercados Mayoristas S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, todos domiciliados para estos efectos Amunategui N°232, oficina 2001, comuna y ciudad de Santiago, quien dedujo demanda ejecutiva de obligación de dar, en contra de doña Sara Eugenia Bueno Inzunza, comerciante, con domicilio en Aracari N°118, comuna de Maipú, ciudad de Santiago, a fin que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $ 2.472.244, más intereses y costas.. Fundó la demanda ejecutiva interpuesta en los antecedentes de hecho y de derecho ya expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que al comparecer la ejecutada se opuso a la ejecución deduciendo las excepciones de la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre y la concesión de espera y o la prórroga del plazo, establecidos respectivamente en los numerales 2 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, fundamentadas en la parte expositiva de esta sentencia. Tercero: Que el ejecutante evacuó el traslado de la excepción opuesta, solicitando rechazarla en todas sus partes, con expresa condenación en costas, conforme los antecedentes de hecho y de derecho ya expues

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-18081-2023 CARATULADO : ALVI SUPERMERCADOS MAYORISTAS S.A. / BUENO Santiago, treinta de julio de dos mil veinticuatro. Visto: Que compareció don Sebastián Romero Santibáñez, abogado, en su calidad de mandatario judicial de Alvi Supermercados Mayoristas S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, todos do

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