AVILÉS/
Rol
V-3-2023
Fecha
30 de julio de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que durante la mayor parte de su vida ha sido conocida con esos nombres y apellido, constituyendo tal circunstancia un motivo plausible de conformidad al artículo 1ro, letra b) de la Ley 17.344, de igual forma, conforme a su relato de los hechos, y a lo indicado por el Registro Civil en su respuesta de oficio a folio 9, era una práctica común antes del funcionamiento de mecanismos automatizados para Código: XLLXXPQNXCC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 el otorgamiento de cédula de identidad que los nombres y apellidos que figuraban en ese documento no necesariamente coincidieran con aquellos consignados en el registro de nacimiento del interesado, toda vez que eran indicados por la persona como sus nombres y apellidos al momento de solicitar su cédula, y en ese acto muchas veces se omitía un nombre o se señalaba la escrituración de un nombre o de un apellido de un modo diferente al anotado en su partida, que quedaba así estampado en el documento identificatorio, en consecuencia todo parece indicar que por un error en la inscripción de la partida de nacimiento de la solicitante se escrituró su apellido con una letra zeta al final, pero que sin embargo toda su vida ha utilizado el nombre como CARMEN ROSA AVILÉS, y de tal forma es identificada por sus amistades y familia. SÉPTIMO: Que de conformidad a lo anterior, a juicio de esta sentenciadora concurre suficientemente la causal de la letra b) del artículo 1ro de la ley citada que autoriza el cambio de nombre cuando el solicitante haya sido conocido durante más de 5 años, por
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 20 de enero de 2023 doña CARMEN ROSA AVILÉS, pensionada, viuda, cédula nacional de identidad N°3.336.403-2, domiciliada en Calle Maipú N°1691, Molina, dedujo solicitud en gestión no contenciosa de CAMBIO DE APELLIDO, solicitando se le autorice a rectificar su partida de nacimiento en que se indica su nombre como CARMEN ROSA AVILEZ por el de “CARMEN ROSA AVILÉS”. Señala que consta en su partida de nacimiento que su nombre completo es CARMEN ROSA AVILEZ. Dicha partida data del año 1932 e indica fecha de nacimiento 04 de septiembre de 1931. Luego con fecha 22 de septiembre de 1951 contrajo nupcias con su fallecido esposo don RUBOAN GUAJARDO MOYA en Molina. En dicha partida se transcribió su nombre en forma errónea indicándose como CARMEN ROSA AVILÉS AVILÉS. Agrega que en su cédula de identidad actual aparece con el nombre de CARMEN ROSA AVILÉS, nombre con el cual ha actuado en los últimos años y siendo tal identificación la que ha ocupado para todos los trámites y actuaciones, y con aquella se le conoce, y ha utilizado desde hace mUchos años. Y es su intención mantener dicha identificación como la válida y definitiva para todos los efectos legales y personales. A fin de regularizar esta situación viene en solicitar conforme a lo dispuesto en el artículo 1 letra a y b de la Ley 17.344, que se ordene la rectificación de su partida de nacimiento que figura inscrita en la circunscripción de Molina, N° 184 del año 1932, en el sentido de cambiar su apellido por el correcto, CARMEN ROSA AVILES. Previos fundamentos de derecho y citas legales, solicita el cambio de su apellido, quedando en definitiva su nombre completo como “CARMEN ROSA AVILÉS”, que es el nombre con el cual ha sido conocida siempre. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar los supuestos de su petición el solicitante acompañó los siguientes antecedentes: 1.- Copia autorizada de partida de nacimiento de CARMEN ROSA AVILEZ. 2.- Copia autorizada de Partida de Matrimonio 3.- Copia de cédula de identidad de la solicitante 4.- Fotocopia de página 3 de libreta de familia del matrimonio entre don Ruboan Guajardo Moya y doña Carmen Rosa Avilés Avilés. TERCERO: Que, ofreció asimismo información sumaria de testigos consistente en la declaración ante ministro de fe que a folio 6 rindieron doña MARIA JAQUELINE Código: XLLXXPQNXCC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 GONZALEZ CORVALAN, RUT: 7.045.703-2, domicilio: calle Maipú Nº 1774. Molina, Dueña de casa, soltera y doña MARIA CECILIA ESPINOZA MANZOR RUT: 8.144.143-K Domicilio: Villa Magisterio, casa Nº 7. Molina, casada, dueña de casa, quienes previo juramento legal e interrogadas de acuerdo a lo que disponen las leyes vigentes, en forma sucesiva y separada expresan: “La Primera: Conozco a Carmen Rosa de toda la vida, porque de pequeña fui compañera en el colegio de una de sus hijas y yo actualmente tengo 66 años. Desde el primer día en que la co
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que, HA LUGAR, a la solicitud contenida en lo principal de folio 1, autorícese el cambio de apellido de la solicitante de CARMEN ROSA AVILEZ a CARMEN ROSA AVILÉS. II.- Rectifíquese la partida de nacimiento de la solicitante, CARMEN ROSA AVILEZ, cédula de identidad N°3.336.403-2 inscripción de nacimiento N°184 del año 1932, de la circunscripción de MOLINA quedando en definitiva como CARMEN ROSA AVILÉS. III.- Cúmplase lo ordenado precedentemente, por el Oficial Civil que resulte competente, en los términos dispuestos en el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, una vez ejecutoriada la presente resolución. IV.- Regístrese, notifíquese, dese copia autorizada a costa del solicitante, remítase copia vía Internet conforme Ley de Transparencia del Estado, y dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 828 del Código de Procedimiento Civil, en su oportunidad por el Jefe de Unidad de éste Tribunal. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad.- Rol N° 3-2023 Pronunciada por doña BÁRBARA CABELLO PARADA, Jueza Titular, quien suscribe con firma electrónica avanzada. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Molina, treinta de Julio de dos mil veinticuatro. Código: XLLXXPQNXCC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-30T16:15:07-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 48 .- cuarenta y ocho .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Molina CAUSA ROL : V-3-2023 CARATULADO : AVILÉS/ Molina, treinta de Julio de dos mil veinticuatro VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 20 de enero de 2023 doña CARMEN ROSA AVILÉS, pensionada, viuda, cédula nacional de identidad N°3.336.403-2, domiciliada en Calle Maipú N°1691, Molin
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