LOZADA/CONDOMINIO ALTO LAS REJAS II
Rol
M-1829-2024
Fecha
27 de agosto de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, hace efectiva la facultad del artículo 453 N°1 inciso 7° en el sentido de tener por tácitamente admitidas las alegaciones de la demanda y procede a dictar sentencia de manera inmediata. Sentencia Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016. Artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 41, 162, 163, 163 bis, 420, 425 y siguientes, 459 del Código del Trabajo; y artículos 1698, 1545 y 1546 del Código Civil se declara; I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña EVA LOZADA, cédula de identidad Venezolana N°7562902 en contra de CONDOMINIO ALTO LAS REJAS II, RUT N°53.325.235-4, representada legalmente por Gonzalo Emmanuel Leyes, cédula de identidad N° 22.679.812-9, todos ya individualizados, declarándose que entre las partes existió una relación de naturaleza laboral, la que se inició el día 12 de septiembre de 2021 y que terminó el día 08 de enero de 2024, que el despido realizados el día ya señalado es injustificado y como consecuencia de lo anterior se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- A la suma de $193.148, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- A la suma de $579.444, por concepto de indemnización por años de servicios aumentada en un 50% por disposición del artículo 168 B del Código del trabajo. 3.- Al pago de feriado legal por una suma de $233.377. 4.- Al pago de las cotizaciones previsionales, de salud y AFC devengadas durante toda la relación laboral teniendo como base una remuneración ascendente a $193.148. II. Que atendido que al momento del despido no se encontraban pagadas las cotizaciones previsionales, de salud y AFC, se condena a la demandada al pago
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 41, 162, 163, 163 bis, 420, 425 y siguientes, 459 del Código del Trabajo; y artículos 1698, 1545 y 1546 del Código Civil se declara; I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña EVA LOZADA, cédula de identidad Venezolana N°7562902 en contra de CONDOMINIO ALTO LAS REJAS II, RUT N°53.325.235-4, representada legalmente por Gonzalo Emmanuel Leyes, cédula de identidad N° 22.679.812-9, todos ya individualizados, declarándose que entre las partes existió una relación de naturaleza laboral, la que se inició el día 12 de septiembre de 2021 y que terminó el día 08 de enero de 2024, que el despido realizados el día ya señalado es injustificado y como consecuencia de lo anterior se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- A la suma de $193.148, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- A la suma de $579.444, por concepto de indemnización por años de servicios aumentada en un 50% por disposición del artículo 168 B del Código del trabajo. 3.- Al pago de feriado legal por una suma de $233.377. 4.- Al pago de las cotizaciones previsionales, de salud y AFC devengadas durante toda la relación laboral teniendo como base una remuneración ascendente a $193.148. II. Que atendido que al momento del despido no se encontraban pagadas las cotizaciones previsionales, de salud y AFC, se condena a la demandada al pago de las remuneraciones devengadas desde la fecha del
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES RUC 24-4-0568606-2 RIT M-1829-2024 MAGISTRADO YANIRA MARIA GONZALEZ VALDERRAMA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 10:22 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:40 HORAS
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